Acuerdo por el que se notifica la revocación de poderes otorgados por el Instituto de Administración de Bienes y Activos, sus empresas y/o encargos con fundamento en los artículos 2597 y 2598 del Código Civil Federal y sus correlativos en los Códigos Civiles de los Estados de la República Mexicana.

Fecha de disposición29 Noviembre 2019
Fecha de publicación29 Noviembre 2019

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración de Bienes y Activos.

ACUERDO POR EL QUE SE NOTIFICA LA REVOCACIÓN DE PODERES OTORGADOS POR EL INSTITUTO DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y ACTIVOS, SUS EMPRESAS Y/O ENCARGOS CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 2597 Y 2598 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL Y SUS CORRELATIVOS EN LOS CÓDIGOS CIVILES DE LOS ESTADOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA.

MAXIMILIANO CARDENAS DENHAM, Director Corporativo Jurídico y Fiduciario del Instituto de Administración de Bienes y Activos, organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con fundamento en los artículos transitorios Primero y Séptimo, del Decreto por el que se expide la Ley Nacional de Extinción de Dominio, y se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, de la Ley de Concursos Mercantiles y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2551, fracción I, 2553, 2554, 2595 fracción I, 2597 y 2598 del Código Civil Federal y sus correlativos de los Estados de la República Mexicana; 76 y 78, fracción XII de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público; Octavo Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público y se adiciona el Código Federal de Procedimientos Penales, publicado el 19 de diciembre de 2002 en el Diario Oficial de la Federación; y 13 fracción I, 17 fracción I y XII, XIII, XV y XIX del Estatuto Orgánico del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, y

CONSIDERANDO

Que el 19 de diciembre de 2002, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, en donde se crea el organismo descentralizado del Gobierno Federal denominado Servicio de Administración y Enajenación de Bienes;

Que el 09 de agosto de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley Nacional de Extinción de Dominio, y se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, de la Ley de Concursos Mercantiles y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el...

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