Acuerdo número 11/2020, de quince de junio de dos mil veinte, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se determina el procedimiento para integrar la terna que será propuesta a la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, para la designación de una Magistrada o Magistrado de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que ocupará el cargo del once de septiembre de dos mil veinte al diez de septiembre de dos mil veintinueve.

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EmisorSuprema Corte de Justicia de la Nación

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.

ACUERDO NÚMERO 11/2020, DE QUINCE DE JUNIO DE DOS MIL VEINTE, DEL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, POR EL QUE SE DETERMINA EL PROCEDIMIENTO PARA INTEGRAR LA TERNA QUE SERÁ PROPUESTA A LA CÁMARA DE SENADORES DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, PARA LA DESIGNACIÓN DE UNA MAGISTRADA O MAGISTRADO DE LA SALA REGIONAL ESPECIALIZADA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, QUE OCUPARÁ EL CARGO DEL ONCE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTE AL DIEZ DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTINUEVE.

CONSIDERANDO:

PRIMERO. El veintitrés de mayo de dos mil catorce se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en cuyo artículo Tercero se prevé que se reforman el artículo 185; los párrafos primero y segundo del artículo 192; el encabezado del primer párrafo del artículo 195, y se adicionan un inciso h) a la fracción III del artículo 186; un tercer párrafo al artículo 195; una fracción II y una fracción XXXI, recorriéndose la subsecuente en su orden, al artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO. En términos de lo previsto en el reformado artículo 192 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, "(...) el Tribunal Electoral contará con siete Salas Regionales y una Sala Regional Especializada que se integrarán por tres magistrados electorales, cada una; cinco de las Salas Regionales tendrán su sede en la ciudad designada como cabecera de cada una de las circunscripciones plurinominales en que se divida el país, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 53 de la Constitución y la ley de la materia, la sede de las dos Salas Regionales restantes, será determinada por la Comisión de Administración, mediante acuerdo general y la Sala Regional Especializada tendrá su sede en el Distrito Federal. Los Magistrados de las Salas Regionales y de la Sala Regional Especializada durarán en su encargo nueve años improrrogables, salvo si fueren promovidos a cargos superiores. La elección de los magistrados será escalonada. (...)";

TERCERO. El veintiséis de mayo de dos mil catorce el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó el Acuerdo número 14/2014, por el que se determinó el procedimiento para integrar tres ternas de candidatos a Magistrados de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que fueron propuestas a la Cámara de Senadores;

CUARTO. El veinte de octubre de dos mil dieciséis, la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión designó a los Magistrados que integrarían la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, entre otros, al Magistrado Felipe de la Mata Pizaña, en virtud de lo cual se generó la vacante respectiva en la Sala Regional Especializada en la que este último se encontraba designado como titular hasta el diez de septiembre de dos mil veinte;

QUINTO. Derivado de la generación de diversas vacantes en el cargo de Magistrado Electoral de Sala Regional, entre otras, la referida en el Considerando Cuarto anterior, el veintiocho de noviembre de dos mil

dieciséis el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó el Acuerdo número 14/2016, por el que se determinó el procedimiento para integrar tres ternas de candidatos a Magistrados de la Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que fueron propuestas a la Cámara de Senadores. Posteriormente, el veintitrés de febrero de dos mil diecisiete, el Senado de la República designó a la ciudadana María del Carmen Carreón Castro, como Magistrada de la Sala Especializada del Tribunal Electoral por el periodo comprendido del veintitrés de febrero de dos mil diecisiete al diez de septiembre de dos mil veinte;

SEXTO. Ante la próxima existencia de una vacante de Magistrado Electoral de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, este Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe adoptar las medidas que le permitan proponer oportunamente al Senado de la República la terna respectiva, tomando en cuenta, incluso, la situación derivada de la emergencia sanitaria generada por la epidemia del virus SARS-CoV2 (COVID-19) decretada por acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación del...

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