Acuerdo número 15/10/17 por el que se emiten los Lineamientos para la organización y funcionamiento de los Consejos Técnicos Escolares de Educación Básica.

Fecha de disposición10 Octubre 2017
Fecha de publicación10 Octubre 2017
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

AURELIO NUÑO MAYER, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 7o., 8o., 9o., 12, fracción XIV y 22 de la Ley General de Educación; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 26 de febrero de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman los artículos 3o. en sus fracciones III, VII y VIII; y 73, fracción XXV, y se adiciona un párrafo tercero, un inciso d) al párrafo segundo de la fracción II y una fracción IX al artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos mediante el cual se mandata que el Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos;

Que el referido Decreto, en su Transitorio Quinto, fracción III, inciso a), dispone que el Congreso de la Unión y las autoridades competentes deberán prever, entre otros aspectos, las adecuaciones al marco jurídico para fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas ante los órdenes de gobierno que corresponda con el objetivo de mejorar su infraestructura, comprar materiales educativos, resolver problemas de operación básicos y propiciar condiciones de participación para que alumnos, maestros y padres de familia, bajo el liderazgo del director, se involucren en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en su Meta Nacional III "México con Educación de Calidad", apartado de "Enfoque transversal (México con Educación de Calidad)", Estrategia II. "Gobierno Cercano y Moderno", señala entre sus líneas de acción: actualizar el marco normativo general que rige la vida de las escuelas de Educación Básica, con el fin de que las autoridades educativas estatales dispongan de los parámetros necesarios para regular el quehacer de los planteles, y se establezcan con claridad deberes y derechos de los maestros, los padres de familia y los alumnos;

Que el Programa Sectorial de Educación 2013-2018, en su Objetivo 1. "Asegurar la calidad de los aprendizajes en la educación básica y la formación integral de todos los grupos de la población", Estrategias 1.2. "Fortalecer las capacidades de gestión de las escuelas, en el contexto de su entorno, para el logro de los aprendizajes; 1.4. "Fortalecer la formación inicial y el desarrollo profesional docente centrado en la escuela y el alumno", y 1.7. "Fortalecer la relación de la escuela con su entorno para favorecer la educación integral" establecen, respectivamente, entre sus líneas de acción: normar e impulsar la operación adecuada de los consejos técnicos escolares, para la buena planeación, seguimiento de los procesos educativos y fomento del trabajo colaborativo; fortalecer el Consejo Técnico Escolar como el espacio idóneo para el aprendizaje docente dentro de la escuela y promover mecanismos de información y rendición de cuentas a la comunidad por parte de las escuelas;

Que con fecha 7 de marzo de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 717 por el que se emiten los lineamientos para formular los Programas de Gestión Escolar, mismos que establecen en su artículo Sexto, inciso h) que los programas y acciones generados por las autoridades educativas locales y municipales para el fortalecimiento de la autonomía de gestión de las escuelas deberán fortalecer los Consejos Técnicos Escolares y de Zona para que se consoliden como espacios donde de manera colegiada se autoevalúa, analiza, identifica, prioriza, planea, desarrolla, da seguimiento y evalúa las acciones que garanticen el mayor aprendizaje de todos los estudiantes de su centro escolar, y

Que una educación de calidad requiere poner la escuela al centro de la tarea educativa, como se establece en la visión actual del trabajo en Educación Básica y para ello el fortalecimiento a los Consejos Técnicos Escolares es una condición indispensable, con la concurrencia y corresponsabilidad de la supervisión escolar y las autoridades educativas, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO NÚMERO 15/10/17 POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS TÉCNICOS ESCOLARES DE EDUCACIÓN BÁSICA

ARTÍCULO ÚNICO

Se emiten los Lineamientos para la organización y funcionamiento de los Consejos Técnicos Escolares de Educación Básica, los cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Se deroga el "Capítulo IV. Del desarrollo de una planeación anual de actividades", del Acuerdo número 717 por el que se emiten los Lineamientos para formular los Programas de Gestión Escolar, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de marzo de 2014.

Se derogan las demás disposiciones administrativas que se opongan al presente Acuerdo.

Ciudad de México, 2 de octubre de 2017.- El Secretario de Educación Pública, Aurelio Nuño Mayer.- Rúbrica.

LINEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS TÉCNICOS ESCOLARES DE EDUCACIÓN BÁSICA

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Primero. Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer las disposiciones que deben cumplirse para la organización y el funcionamiento de los Consejos Técnicos Escolares de Educación Básica.

Segundo. Los presentes lineamientos serán de observancia obligatoria para las autoridades educativas federal, locales y escolares de las escuelas públicas y particulares de Educación Básica del sistema educativo nacional.

Tercero. El Consejo Técnico Escolar (CTE) es el órgano colegiado de mayor decisión técnico pedagógica de cada escuela de Educación Básica, encargado de tomar y ejecutar decisiones enfocadas a alcanzar el máximo logro de los aprendizajes del alumnado de la misma. Está integrado por el o la directora y el personal docente frente a grupo, incluido el de Educación Física, Especial, Inglés, Cómputo y de asesoría técnico pedagógica, entre otros, así como el que se encuentra directamente relacionado con los procesos de enseñanza y aprendizaje del alumnado.

Cuarto. Cualquier situación no prevista en los presentes lineamientos será resuelta por la Autoridad Educativa Federal a través de Dirección General de Desarrollo de la Gestión Educativa en acuerdo con la correspondiente Autoridad Educativa Local.

Quinto. Para efectos del presente Acuerdo se entenderá por:

Acompañamiento. Es la acción que realiza el supervisor de manera sistemática y permanente, de estar a un lado de los directores de la escuela y docentes para identificar problemáticas y necesidades educativas, lo que implica asistir a la escuela y al aula para obtener información en torno a los aprendizajes del alumnado con el fin de orientar la toma y ejecución de decisiones que contribuyan a la mejora de la práctica docente y el funcionamiento de la escuela, a través de un diálogo profesional.

Aprendizaje entre escuelas. Tarea sistemática de intercambio y colaboración horizontal entre dos o más colectivos docentes, encaminada a superar problemáticas educativas comunes en función de los objetivos de la Ruta de Mejora Escolar (RME) y sustentada en evidencias que propicien la reflexión, el análisis y la toma de decisiones en las sesiones del CTE.

Asesoría. Dictamen que el Supervisor Escolar de zona emite, a través de un diálogo sustentado, al personal docente y directivo, en lo individual y lo colectivo, para centrar su tarea en atender las problemáticas o necesidades educativas detectadas en la escuela.

Autoevaluación Diagnóstica. Primer elemento de la planeación de la RME en la cual el CTE observa y analiza los resultados educativos de la escuela considerando los factores internos y externos, para sustentar sus decisiones sobre la mejora escolar.

Colectivo Docente. Se conforma con el personal con funciones de dirección, el personal docente frente a grupo, incluyendo los de Educación Física, Especial...

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