Acuerdo número 18/12/17 por el que se determinan los Lineamientos a que se sujetará el procedimiento para autorizar el uso de libros de texto destinados a escuelas secundarias del Sistema Educativo Nacional.

Fecha de disposición13 Diciembre 2017
Fecha de publicación13 Diciembre 2017
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. OTTO RENÉ GRANADOS ROLDÁN, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 12, fracciones IV y V de la Ley General de Educación; 4, fracción I, 5, fracción XVI y 30, fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 3o., párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos mandata que el Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos;

Que el artículo 12, fracciones IV y V de la Ley General de Educación establece que corresponde de manera exclusiva a la autoridad educativa federal autorizar el uso de libros de texto, entre otros, para la educación secundaria, así como fijar para dicho nivel lineamientos generales para el uso de material educativo;

Que el Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública dispone como facultad indelegable del Secretario de Educación Pública fijar los lineamientos de carácter general que la Ley General de Educación atribuye a la referida dependencia y ordenar su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Y, que para la mejor distribución y desarrollo del trabajo, podrá conferir aquellas facultades que sean delegables a servidores públicos subalternos, sin perjuicio de su ejercicio directo, expidiendo los acuerdos relativos que deberán ser publicados en el referido órgano informativo;

Que asimismo, el mencionado ordenamiento reglamentario confiere a la Dirección General de Materiales Educativos la atribución de analizar y resolver las solicitudes de autorización para el uso de libros de texto y emitir lineamientos para el uso de otros materiales educativos destinados a la educación básica;

Que el 17 de julio de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 689 por el que se establecen los lineamientos a que se sujetará el procedimiento de evaluación para autorizar el uso de obras destinadas a servir como libros de texto en las escuelas secundarias del Sistema Educativo Nacional que se sometan a consideración de la Secretaría de Educación Pública, mismo que fue modificado mediante el diverso número 26/12/16, publicado en el referido órgano informativo el 28 de diciembre de 2016, conforme a los cuales se han evaluado y autorizado los libros de texto para este nivel educativo, dando certeza jurídica a todos los involucrados en dicho proceso y garantizando el apego y cumplimiento de estos libros al plan y los programas de estudio correspondientes;

Que el 11 de octubre de 2017 se publicó en el referido órgano informativo el Acuerdo número 12/10/17 por el que se establece el plan y los programas de estudio para la educación básica: aprendizajes clave para la educación integral (ACUERDO 12/10/17), el cual establece que la concreción del nuevo currículo exige la disponibilidad de materiales educativos de calidad, diversos y pertinentes, por lo que se hace necesario contar con normativa actualizada y alineada a dicho instrumento;

Que asimismo, el referido ACUERDO 12/10/17 en su transitorio Tercero señala los ciclos escolares en que deberá implementarse el plan y los programas de estudio en todas las escuelas de educación básica del país, y

Que la calidad de la educación secundaria depende de factores de distinta naturaleza, como la pertinencia de los libros de texto, fundada en un proceso planeado de evaluación que asegure su revisión y evite su obsolescencia, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO NÚMERO 18/12/17 POR EL QUE SE DETERMINAN LOS LINEAMIENTOS A QUE SE SUJETARÁ EL PROCEDIMIENTO PARA AUTORIZAR EL USO DE LIBROS DE TEXTO DESTINADOS A ESCUELAS SECUNDARIAS DEL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL

ARTÍCULO ÚNICO

Se emiten los Lineamientos a que se sujetará el procedimiento para autorizar el uso de libros de texto destinados a escuelas secundarias del Sistema Educativo Nacional, los cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario...

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