Acuerdo número 20/12/17 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento de la Calidad Educativa para el ejercicio fiscal 2018. (Continúa en la Sexta Sección).
Fecha de disposición | 27 Diciembre 2017 |
Fecha de publicación | 27 Diciembre 2017 |
Emisor | SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA |
Sección | QUINTA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. OTTO RENÉ GRANADOS ROLDÁN, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, fracciones XI, XIV, XXI, XXII y antepenúltimo y penúltimo párrafos, 15, fracción V, 22, 24, 27, 28, 29, 38, 39, 41 y Anexos 10, 13, 17, 18, 26, 27 y 30.1 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2018; 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con el objeto de asegurar que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y aquellos programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación, así como los criterios generales aplicables a las mismas;
Que asimismo, el referido precepto prevé que las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las Reglas de Operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria;
Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2018 establece en sus artículos 3, fracción XXI y 28 que los programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación son aquéllos señalados en su Anexo 26;
Que las Reglas de Operación a que se refiere el presente Acuerdo cuentan con la autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con el dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, y
Que en cumplimiento de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 20/12/17 POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA CALIDAD EDUCATIVA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018
ÚNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento de la Calidad Educativa para el ejercicio fiscal 2018, las cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2018.
Ciudad de México, 15 de diciembre de 2017.- El Secretario de Educación Pública, Otto René Granados Roldán.- Rúbrica.
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA CALIDAD EDUCATIVA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018
ÍNDICE
GLOSARIO
-
INTRODUCCIÓN
-
OBJETIVOS
2.1. General
2.2. Específicos
-
LINEAMIENTOS
3.1. Cobertura
3.2. Población objetivo
3.3. Beneficiarios
3.3.1. Requisitos
3.3.2. Procedimiento de selección
3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)
3.4.1 Devengo, aplicación y reintegro de los recursos
3.4.1.1 Devengos
3.4.1.2 Aplicación
3.4.1.3 Reintegros
3.5. Derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o reintegro de los recursos
3.6. Participantes
3.6.1. Instancia(s) ejecutora(s)
3.6.2. Instancia(s) normativa(s)
3.7. Coordinación institucional
-
OPERACIÓN
4.1. Proceso
4.2. Ejecución
4.2.1. Avances físicos y financieros
4.2.2. Acta de entrega-recepción
4.2.3. Cierre de ejercicio
-
AUDITORÍA, CONTROL Y SEGUIMIENTO
-
EVALUACIÓN
6.1. Interna
6.2. Externa
-
TRANSPARENCIA
7.1. Difusión
7.2. Contraloría social
-
QUEJAS Y DENUNCIAS
ANEXOS
Tipo básicoNo.
Denominación1A
Carta Compromiso Única2A
Convenio y Lineamientos Internos de Coordinación para el Desarrollo de los Programas3A
Guía para la elaboración del Plan Anual de Trabajo (PAT) del Programa Fortalecimiento de la Calidad Educativa4A
Formato: Informe Trimestral físico presupuestario5A
Formato: Informe Trimestral técnico pedagógico6A
Base de datos de escuelas públicas participantes en el Programa7A
Diagrama de flujoTipo superior
1B
Listado de Institución(es) de Educación Superior Pública(s) (IES) que conforman la población objetivo del ProgramaDirección General de Educación Superior Universitaria (DGESU)Coordinación General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas (CGUTyP)Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación (DGESPE)2B
Formatos de seguimiento académico y financieroDGESUCGUTyPDGESPE3B
Diagramas de flujoDGESUCGUTyP4B
Criterios, requisitos y formatos para formular y presentar solicitudes de transferencias de productos financieros, remanentes y reprogramacionesDGESU5B
ConvocatoriasDGESUCGUTyPDGESPE6B
ReprogramaciónDGESU7B
Modelos de convenioDGESUCGUTyPDGESPE8B
Acta de entrega-recepción de documentosDGESUCGUTyPDGESPE9B
Formato de oficio de liberaciónDGESUCGUTyPDGESPE10B
Esquema de contraloría socialDGESUCGUTyPDGESPEGLOSARIO
Acta entrega-recepción de documentos: Documento que suscriben las Instituciones de Educación Superior y las unidades responsables que participan en este Programa, para formalizar la entrega de los documentos de actualización y proyectos integrales.
AEFCM: Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, Órgano Administrativo Desconcentrado del Ramo 25 "Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos", con autonomía técnica y de gestión, que tiene por objeto prestar los servicios de educación inicial, básica -incluyendo la indígena-, especial, así como la normal y demás para la formación de maestras/os de educación básica en el ámbito de la Ciudad de México.
AEL: Autoridad Educativa Local, al/el titular de la Secretaría de Educación, dependencia o entidad homóloga de cada uno de los Estados de la Federación, que cuente con atribuciones para el desempeño de la función social educativa. Para efectos de las presentes Reglas de Operación, quedará incluida la AEFCM.
En el tipo superior se hace referencia a la Secretaría de Educación o su equivalente en los Estados.
Alumno/a: Es el niño, niña, adolescente o joven en edad de cursar los servicios educativos del tipo básico y superior matriculada/o en cualquier grado de los diversos niveles, tipos y servicios educativos que se brindan como parte del Sistema Educativo Nacional.
Apoyo técnico: Conjunto de acciones, asesoría y acompañamiento que brinda la Dirección General de Desarrollo Curricular en conjunto con las AEL para dar cumplimiento a los objetivos del Programa Fortalecimiento de la Calidad Educativa.
Aprendizajes clave: En la educación básica es el conjunto de contenidos, prácticas, habilidades y valores fundamentales que contribuyen sustancialmente al crecimiento de la dimensión intelectual y personal del estudiante. Se desarrollan de manera significativa en la escuela. Favorecen la adquisición de otros aprendizajes en futuros escenarios de la vida y están comprendidos en los campos formativos y asignaturas, el desarrollo personal y social, y la Autonomía curricular. Sientan las bases cognitivas y comunicativas que permiten la incorporación a la sociedad del siglo XXI. Los aprendizajes clave fortalecen la organización disciplinaria del conocimiento, y favorecen la integración inter e intra asignaturas y campos de conocimiento, mediante tres dominios organizadores: eje, componente y contenido central.
Asesor/a técnico pedagógico: Es un/a docente capacitado/a por su formación o experiencia quien se encarga de brindar asesorías técnico pedagógicas a las maestras y los maestros de las escuelas del subsistema de educación indígena.
ASF: Auditoría Superior de la Federación.
Autonomía curricular: En la educación básica, es la facultad que posibilita a la escuela el decidir un porcentaje de los contenidos programáticos de acuerdo con las necesidades educativas específicas de sus educandos/as. Se ejerce en cinco posibles ámbitos (1. Ampliar la formación académica, 2. Potenciar el desarrollo personal y social, 3. Nuevos contenidos relevantes, 4. Conocimientos regionales, con microhistoria; taller de tecnología y artesanías locales; cultivo, hortalizas y plantas medicinales de la localidad; educación ambiental contextualizada, y lenguas originarias, y 5. Proyecto de impacto social, con limpieza de basura; potabilización del agua; cuidado de la salud; huertos y elaboración de composta, y herbolaria), con base en las horas lectivas que cada escuela tenga disponibles y los lineamientos que expida la SEP para normar sus espacios curriculares. Este componente facilita reorganizar al alumnado por habilidad o interés, y propicia la convivencia en un mismo espacio curricular de estudiantes de grados y edades diversas.
Avance físico presupuestario: Para el tipo básico, es aquel documento que realizan las AEL, en donde informa de manera trimestral a la Instancia normativa el...
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