Acuerdo número 21/12/16 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para el Ejercicio Fiscal 2017. (Continúa de la Novena Sección)

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EmisorSecretaría de Educación Pública

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ACUERDO número 21/12/16 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para el Ejercicio Fiscal 2017. (Continúa de la Novena Sección) (Viene de la Novena Sección)

  1. SOBRE LOS APOYOS

    II.1. Los apoyos para la reincorporación de exbecarios PROMEP podrán ser de cuatro tipos conforme lo establecen las RO en el numeral 3.4 Características de los apoyos (tipo y monto):

    1. Apoyo para elementos individuales de trabajo básicos para la labor académica.

    2. Apoyo de fomento a la permanencia institucional.

    3. Reconocimiento a la trayectoria académica.

    4. Fomento a la generación o aplicación innovadora del conocimiento o fomento a la investigación aplicada o desarrollo tecnológico.

    II.2. Las características de los/as aspirantes según grado académico, conceptos, montos y periodo de cada rubro se detallan en la normativa disponible en http://www.dgesu.ses.sep.gob.mx/PRODEP.aspx.

  2. PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Y EVALUACION

    III.1. Los términos de la presente convocatoria se basan en la normativa vigente.

    III.2. Los formatos de solicitud para participar en ésta y en todas las convocatorias de carácter individual emitidas por el Programa se encuentran disponibles en las páginas https://promepca.sep.gob.mx/solicitudesv3 y https://promep.sep.gob.mx/solicitudesv3. El/La candidato/a deberá llenar su solicitud completa en formato electrónico. Este apoyo se encuentra inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios con las siguientes modalidades i) Profesores de Universidades Públicas Estatales, de Apoyo Solidario y Federales (SEP-23-006-A), ii) Profesores de Universidades Tecnológicas (SEP-23-006-B), iii) Profesores de Universidades Politécnicas (SEP-23-006-C), iv) Profesores de Institutos Tecnológicos (SEP-23-006-D), v) Profesores de Escuelas Normales Públicas (SEP-23-006-E) y vi) Profesores de Universidades Interculturales (Trámite con Homoclave de registro ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria : SEP-23-006-F).

    III.3.La fecha de apertura para el llenado de las solicitudes en línea será el ___ de ________ de 20__, mientras que la fecha de cierre del sistema será el ____ de ____________ del presente.

    III.4. La IES por conducto del RIP entregarán en las oficinas del Programa el oficio de presentación de las solicitudes y una relación de éstas acompañadas de los documentos que se mencionan en la normativa vigente.

    III.5. El otorgamiento de los apoyos estará en función del presupuesto aprobado.

    III.6. El Programa informará a las instituciones sobre los dictámenes a las solicitudes 90 días naturales después del cierre de la semana de recepción correspondiente. En caso de rechazo se indicarán las razones.

    III.7. La evaluación y selección de los/as beneficiarios/as se hará con el apoyo de comités de pares, de las áreas del conocimiento de los concursantes, convocados para tal efecto por la SES. Los/as expertos/as integrantes de los comités de pares serán seleccionados/as preferentemente entre los académicos de alto nivel y con probada experiencia en evaluación del SNI, de la Secretaría de Cultura y del CONACYT.

    III.8. En caso de que se presenten impugnaciones a las notificaciones señaladas en el punto anterior, éstas deberán presentarse a la DSA dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de notificación de los resultados a la institución y se atenderán conforme a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo para dicho recurso y conforme a lo establecido en la normativa vigente.

    III.9. Los aspectos no contemplados en esta convocatoria serán resueltos por el Programa de conformidad con lo estipulado en la normativa vigente.

    Esta Convocatoria entrará en vigor al día siguiente de la publicación de las RO en el DOF.

    "Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".

    Apoyo a la incorporación de nuevos/as profesores/as de tiempo completo

    El objetivo principal del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para el tipo Superior es profesionalizar a los/as profesores de tiempo completo para que alcancen las capacidades de investigación-docencia, desarrollo tecnológico e innovación y, con responsabilidad social, se articulen y consoliden en cuerpos académicos y con ello generen una nueva comunidad académica capaz de transformar su entorno. Para alcanzar este objetivo la SEP, a través de la SES, ha emprendido en el marco del Programa varias acciones enfocadas a promover a que se integren los/as profesores/as de tiempo completo en CA y con ello sustentar la formación de profesionales de buena calidad, responsables y competitivos.

    La SEP, a través de la SES, convoca a las IES participantes del Programa a presentar solicitudes para que los/as nuevos/as profesores/as de tiempo completo, al incorporarse a su institución cuenten con las condiciones básicas de trabajo que faciliten el cumplimiento eficaz de sus funciones académicas, así como apoyar el desarrollo y/o la consolidación del cuerpo académico al que pertenecen conforme a las siguientes:

    BASES

  3. CARACTERISTICAS DE LOS/AS PROFESORES/AS

    En las Universidades Públicas Estatales, de Apoyo Solidario y Federales.

    Los/las profesores/as contratados/as por primera vez con el tiempo completo independientemente de la categoría o nivel a partir del 1 de marzo del año inmediato anterior a la publicación de esta convocatoria, que al momento de su contratación cuenten con el grado de doctorado y que no hayan participado dentro de esta convocatoria dentro de la misma institución.

    En las Universidades Politécnicas, Institutos Tecnológicos, Escuelas Normales Públicas y Universidades Interculturales.

    Los/as profesores/as contratados/as por primera vez con el tiempo completo independientemente de la categoría o nivel a partir del 1 de marzo del año inmediato anterior a la publicación de esta convocatoria, que al momento de su contratación cuenten con el grado de doctorado y que no hayan participado dentro de esta convocatoria dentro de la misma institución.

    En las Universidades Tecnológicas.

    Los/as profesores/as contratados/as con la categoría de tiempo completo contratados/as a partir del 1 de marzo de año inmediato anterior a la publicación de esta convocatoria con especialidad tecnológica, con el grado de maestría y excepcionalmente con el grado de doctorado.

  4. SOBRE LOS APOYOS

    II.1. Los apoyos para la incorporación de nuevos/as profesores/as de tiempo completo podrán ser de cuatro tipos conforme lo establecen las RO en el numeral 3.4 Características de los apoyos (tipo y monto):

    1. Apoyo para elementos individuales de trabajo básicos para la labor académica.

    2. Apoyo de fomento a la permanencia institucional.

    3. Reconocimiento a la trayectoria académica.

    4. Fomento a la generación o aplicación innovadora del conocimiento o fomento a la investigación aplicada o desarrollo tecnológico.

    Los/as profesores/as beneficiados/as en convocatorias anteriores de Apoyo a la incorporación de nuevos profesores de tiempo completo con el grado de maestría y que no hayan recibido el apoyo del fomento a la generación o aplicación innovadora del conocimiento o fomento a la investigación aplicada o desarrollo tecnológico que hayan concluido en tiempo y forma con el compromiso establecido con el Programa y que hayan obtenido el doctorado dentro de los tres años anteriores a la presentación de la solicitud, podrán concursar por este apoyo.

    II.2. Las características de los/as aspirantes según grado académico, conceptos, montos y periodo de cada rubro se detallan en la normativa disponible en

    http://www.dgesu.ses.sep.gob.mx/PRODEP.aspx.

  5. PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Y EVALUACION

    III.1. Los términos de la presente convocatoria se basan en la normativa vigente.

    III.2. Los formatos de solicitud para participar en ésta y en todas las convocatorias de carácter individual emitidas por Programa se encuentran disponibles en las páginas https://promepca.sep.gob.mx/solicitudesv3 y https://promep.sep.gob.mx/solicitudesv3. El candidato deberá llenar su solicitud en formato electrónico. Este apoyo se encuentra inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios en sus modalidades: i) Profesores de Universidades Públicas Estatales, de Apoyo Solidario y Federales (SEP-23-005-A); ii) Profesores de Universidades Politécnicas (SEP-23-005-B), iii) Profesores de Institutos Tecnológicos (SEP-23-005-C), iv) Profesores de Universidades Tecnológicas (SEP-23-005-D), v) Profesores de Escuelas Normales Públicas (SEP-23-055-E) y vi) Profesores de Universidades Interculturales (SEP23-002-F).

    III.3. La fecha de apertura para el llenado de las solicitudes en línea será el ___ de ________ de 20__, mientras que la fecha de cierre del sistema será el ____ de ____________ del presente.

    III.4. La IES por conducto del RIP entregarán en las oficinas del Programa el oficio de presentación de las solicitudes y una relación de éstas acompañadas de los documentos que se mencionan en la normativa vigente.

    III.5. El otorgamiento de los apoyos estará en función del presupuesto aprobado.

    III.6. El Programa informará a las instituciones sobre los dictámenes a las solicitudes 90 días naturales después del cierre de la semana de recepción correspondiente. En caso de rechazo se indicarán las razones.

    III.7. La evaluación y selección de los/as beneficiarios/as se hará con el apoyo de comités de pares, de las áreas...

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