Acuerdo número 29/12/17 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Educación Inicial y Básica Comunitaria para el ejercicio fiscal 2018.

Fecha de disposición30 Diciembre 2017
Fecha de publicación30 Diciembre 2017
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónOCTAVA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. OTTO RENE GRANADOS ROLDAN, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, fracciones XI, XXI, XXII y antepenúltimo y penúltimo párrafos, 15, fracción V, 24, 27, 28, 29, 38 y Anexos 10, 18, 26 y 27 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2018; 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con el objeto de asegurar que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y aquellos programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación, así como los criterios generales aplicables a las mismas;

Que asimismo, el referido precepto prevé que las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las Reglas de Operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria;

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2018 establece en sus artículos 3, fracción XXI y 28 que los programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación son aquéllos señalados en su Anexo 26;

Que las Reglas de Operación a que se refiere el presente Acuerdo cuentan con la autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con el dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, y

Que en cumplimiento de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO NUMERO 29/12/17 POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA EDUCACION INICIAL Y BASICA COMUNITARIA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018

UNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa Educación Inicial y Básica Comunitaria para el ejercicio fiscal 2018, las cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2018.

Ciudad de México, 26 de diciembre de 2017.- El Secretario de Educación Pública, Otto René Granados Roldán.- Rúbrica.

REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA EDUCACION INICIAL Y BASICA COMUNITARIA PARA EL

EJERCICIO FISCAL 2018

INDICE

GLOSARIO

  1. INTRODUCCION

  2. OBJETIVOS

    2.1. General

    2.2. Específicos

  3. LINEAMIENTOS

    3.1. Cobertura

    3.2. Población objetivo

    3.3. Beneficiarios/as

    3.3.1. Requisitos

    3.3.2. Procedimiento de selección

    3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)

    3.4.1 Devengo, aplicación y reintegro de los recursos

    3.4.1.1 Devengos

    3.4.1.2 Aplicación

    3.4.1.3 Reintegros

    3.5. Derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o reintegro de los recursos

    3.6. Participantes

    3.6.1. Instancia(s) ejecutora(s)

    3.6.2. Instancia(s) normativa(s)

    3.7. Coordinación institucional

  4. OPERACION

    4.1. Proceso

    4.2. Ejecución

    4.2.1. Avances físicos y financieros

    4.2.2. Acta de entrega-recepción

    4.2.3. Cierre de ejercicio

  5. AUDITORIA, CONTROL Y SEGUIMIENTO

  6. EVALUACION

    6.1. Interna

    6.2. Externa

  7. TRANSPARENCIA

    7.1. Difusión

    7.2. Contraloría social

  8. QUEJAS Y DENUNCIAS

    ANEXOS

    No.
    Nombre
    1
    Trámites para la instalación de los servicios de educación básica comunitaria
    2
    Trámites de solicitud para formar parte como figuras educativas y movimientos administrativos del SED
    3
    Matriz de asignación de convenios
    4
    Tarjeta para el registro de la permanencia del Líder para la Educación Comunitaria
    5
    Procesos
    6
    Funciones, derechos, obligaciones, causas de suspensión y cancelación del servicio por parte de las figuras educativas
    7
    Formatos de informes finales de distribución de útiles escolares, material para el aula, material de formación, auxiliares didácticos y equipamiento

    GLOSARIO

    Abandono escolar: Porcentaje del número de alumnas/os que abandonaron las actividades escolares antes de concluir algún grado o nivel educativo.

    AC: Asesor/a Comunitario/a, figura educativa encargada de la formación de madres y padres de familia en escuelas beneficiadas con AGE, que tiene la función de promover y fortalecer la participación social en el mejoramiento del ambiente escolar, así como para la aplicación de un fondo económico asignado como Apoyo a la Gestión Escolar.

    ADC: Asesor/a para el Desarrollo Comunitario, figura educativa de 18 a 35 años de edad, puede ser mujer u hombre cuyas actividades son formar, monitorear y brindar seguimiento tanto a los procesos educativos de la estrategia "Caravanas por el Desarrollo Comunitario" como en los proyectos de desarrollo social, coordinados por el líder para la educación comunitario y las promotoras educativas en las comunidades atendidas por el Consejo Nacional de Fomento Educativo.

    AE: Asistente Educativo, figura educativa seleccionada, por la delegación del Consejo Nacional de Fomento Educativo correspondiente, de entre las/los mejores capacitadoras/es tutoras/es. Esta figura participa apoyando en el proceso de formación de las figuras educativas y coordinando las actividades que realiza la/el capacitadora/or tutora/or.

    ALEC: Aspirante a Líder para la Educación Comunitaria, es la o el joven que motivado/a por la labor que desarrolla el Consejo Nacional de Fomento Educativo, tiene interés en prestar un servicio social educativo impartiendo educación básica a niñas/os y jóvenes de comunidades rurales de alto y muy alto rezago social o marginación.

    Alumna/o: Persona matriculada en cualquier grado de las diversas modalidades, tipos, niveles y servicios educativos del Sistema Educativo Nacional.

    Alumna/o con necesidades educativas especiales: Persona que presenta un desempeño escolar significativamente distinto al de sus compañeras/os de grupo; por lo que requiere que se incorporen a su proceso educativo, diferentes recursos pedagógicos, con el fin de lograr su participación y aprendizaje para alcanzar los propósitos educativos, conforme la disponibilidad presupuestaria.

    Ambiente escolar: Relaciones sociales entre figuras educativas, alumnas/os y madres y padres de familia que conviven en el espacio físico de la escuela.

    APEC: Asociación Promotora de Educación Comunitaria, es la representación de madres y padres de familia, tutoras/es y personas de la comunidad atendida por el Consejo Nacional de Fomento Educativo, la cual tiene por objeto promover la impartición de los diferentes niveles de educación básica y la difusión cultural, así como colaborar y contribuir, en la medida de sus posibilidades, en el establecimiento y desarrollo de los servicios educativos.

    APF: Asociación de Padres de Familia, grupo de personas constituido por madres, padres de familia, tutoras/es o quienes ejercen la patria potestad de las/os alumnas/os inscritas/os en una escuela de educación preescolar, primaria o secundaria del Sistema Educativo Nacional, que tiene por objeto representar ante las autoridades escolares los intereses que en materia educativa sean comunes a los asociados, así como colaborar en el mejoramiento de la comunidad escolar.

    API: Asesor/a Pedagógico/a Itinerante, figura educativa egresada de alguna institución formadora o actualizadora de docentes que conviene con la delegación del Consejo Nacional de Fomento Educativo para colaborar en la estrategia de asesoría pedagógica itinerante; atenderá escuelas primarias multigrado del universo compensado por el Consejo Nacional de Fomento Educativo de dos localidades generales e indígenas seleccionadas; apoyará de manera personalizada, a las niñas y niños con desventajas en el desempeño escolar, previa aplicación de un instrumento de evaluación diagnóstica.

    Asesoría pedagógica itinerante: Es una estrategia de intervención pedagógica que opera en el modelo comunitario y como parte de los programas compensados a cargo del Consejo Nacional de Fomento Educativo, plantea contribuir a la mejora del aprendizaje de las niñas y niños con bajo rendimiento académico, así como colaborar con el personal docente para el diseño de estrategias que permitan fortalecer los procesos pedagógicos que suceden en el aula y el fomento de la participación dinámica y colaborativa de los padres de familia en la educación, mediante acciones de intervención pedagógica con profesionales de la docencia o egresados de otra licenciatura afín.

    Aula compartida: Estrategia operativa, donde se atiende en un mismo espacio escolar a niñas y niños de preescolar y primaria, considerando un mínimo de 4 y un máximo 14 alumnas/os.

    CA: Coordinador/a Académico/a, servidor/a...

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