Acuerdo número 34/12/19 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Educación para Adultos (INEA) para el ejercicio fiscal 2020.

Fecha de disposición29 Diciembre 2019
Fecha de publicación29 Diciembre 2019
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. ESTEBAN MOCTEZUMA BARRAGÁN, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4, fracciones XI, XXI, XXII y penúltimo párrafo, 25, 29, 30, 36 y Anexos 10, 14, 17, 18, 19, 25 y 26 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2020; 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia, así como los criterios generales aplicables a las mismas;

Que asimismo, el referido precepto prevé que las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las reglas de operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria;

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2020 establece en sus artículos 4, fracción XXI y 29, primer párrafo que los programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquéllos señalados en su Anexo 25;

Que las Reglas de Operación a que se refiere el presente Acuerdo cuentan con la autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con el dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, y

Que en cumplimiento de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO NÚMERO 34/12/19 POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA EDUCACIÓN PARA ADULTOS (INEA) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020

ÚNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa Educación para Adultos (INEA) para el ejercicio fiscal 2020, las cuales se detallan en el Anexo del presente Acuerdo.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2020.

Ciudad de México, 20 de diciembre de 2019.- El Secretario de Educación Pública, Esteban Moctezuma Barragán.- Rúbrica.

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA EDUCACIÓN PARA ADULTOS (INEA) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020

ÍNDICE

GLOSARIO

  1. INTRODUCCIÓN

  2. OBJETIVOS

    2.1. General

    2.2. Específicos

  3. LINEAMIENTOS

    3.1. Cobertura

    3.2. Población objetivo

    3.3. Beneficiarios/as

    3.3.1. Requisitos

    3.3.2. Procedimiento de selección

    3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)

    3.4.1 Devengos, aplicación y reintegro de los recursos

    3.4.1.1 Devengos

    3.4.1.2 Aplicación

    3.4.1.3 Reintegros

    3.5. Derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o reintegro de los recursos

    3.6. Participantes

    3.6.1. Instancia(s) ejecutora(s)

    3.6.2. Instancia(s) normativa(s)

    3.7. Coordinación institucional

  4. OPERACIÓN

    4.1. Proceso

    4.2. Ejecución

    4.2.1. Avance físico financiero

    4.2.2. Acta de entrega-recepción

    4.2.3. Cierre de ejercicio

  5. AUDITORÍA, CONTROL Y SEGUIMIENTO

  6. EVALUACIÓN

    6.1. Interna

    6.2. Externa

    6.3 Indicadores

  7. TRANSPARENCIA

    7.1. Difusión

    7.2. Contraloría Social

  8. QUEJAS Y DENUNCIAS

    ANEXOS

Anexo 1 Registro del Beneficiario o de la Beneficiaria
Anexo 2 Convenio de Colaboración para el Desarrollo del Programa Educación para Adultos
Anexo 3 Convenio Específico de Colaboración con los Institutos Estatales para la Educación de los Adultos (IEEA)
Anexo 4 Apoyos económicos a figuras solidarias por incorporación, atención y avance
Anexo 5 Diagrama de Flujo
Anexo 6 Costo promedio material educativo
Anexo 7 Convenio Modificatorio de Colaboración con los Institutos Estatales para la Educación de los Adultos (IEEA)
Anexo 8 Tablas de Equivalencia

GLOSARIO

Para efectos de las presentes Reglas de Operación (RO), se entenderá por:

Acreditación.- Acción y efecto de dar cumplimiento a los requisitos establecidos en las disposiciones correspondientes para el reconocimiento oficial de la aprobación de un módulo o nivel educativo, en los términos de los Lineamientos de control escolar relativos a la inscripción, reincorporación, acreditación y certificación de alfabetización, primaria y secundaria del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA). Disponibles en la siguiente liga: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/351770/LINEAMIENTOS_INSCRIPCI_N_REINCORPORACION_ACREDITACI_N_Y_CERTIFICACI_N_2018-_FINAL.pdf

Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.- Es un plan de acción en favor de las personas, el planeta y la prosperidad. También tiene por objeto fortalecer la paz universal dentro de un concepto más amplio de la libertad. Se reconoce que la erradicación de la pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el mayor desafío a que se enfrenta el mundo y constituye un requisito indispensable para el desarrollo sostenible.

APF.- Administración Pública Federal.

Asesor/a educativo/a.- Denominación genérica para referirse a las figuras solidarias que facilitan el aprendizaje, conforme lo establecido en el Anexo 4 Apoyos económicos a figuras solidarias por incorporación, atención y avance, de las presentes Reglas de Operación.

Asesoría educativa.- Proceso de facilitación y acompañamiento del aprendizaje de las/os educandas/os, desde que se incorporan hasta que completan sus estudios de alfabetización, en educación primaria o educación secundaria, mediante el cual se procura que las personas discutan, reflexionen, resuelvan dudas y reciban retroalimentación. Puede darse en las diferentes Unidades Operativas del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA), a través de los Institutos Estatales de Educación para los Adultos (IEEA) y Unidades de Operación del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA), así como en las Plazas Comunitarias en el Exterior.

Avance físico financiero.- Documento que realiza la Autoridad Educativa Local, para informar de manera trimestral a la Instancia normativa el avance del ejercicio presupuestario detallando la aplicación del recurso ministrado y ejercido, así como el cumplimiento de las acciones comprometidas.

Atención educativa.- Proceso mediante el cual se dota de material didáctico a las/los beneficiarias/os y se les brindan asesorías en las modalidades grupales (participación en círculo de estudio), atención individualizada o como educando/a que realiza su proceso educativo por cuenta propia, en alguna vertiente del Modelo Educación para la Vida y el Trabajo (MEVyT) y se verifica la calidad del mismo.

Beneficiario/a.- El/La educando/a que recibe los servicios educativos, de acreditación y certificación que brinda el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA) a través de las Unidades de Operación del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA) y se apoya en los servicios que prestan los Institutos Estatales de Educación para los Adultos (IEEA).

Campaña de Difusión.- Planeación, producción y difusión de un conjunto de mensajes derivados de la Estrategia Anual de Comunicación Social, a través de medios de comunicación con una vigencia determinada.

Cartilla de estudiante migrante binacional.- Documento que otorga reconocimiento oficial a los estudios de Educación Básica que realiza la población migrante que viaja con frecuencia entre México y Estados Unidos y viceversa, facilitándoles su ubicación en la escuela receptora, de acuerdo a su edad y al grado que le corresponde.

Certificación.- Proceso mediante el cual se otorga reconocimiento oficial a la acreditación y conclusión de los estudios realizados por los/as educandos/as en algún nivel educativo, conforme al Plan y Programas de Estudio de Educación para Adultos.

Certificado de estudios.- Documento oficial válido en los Estados Unidos Mexicanos que no requiere trámites adicionales de legalización, diseñado por la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación (DGAIR) de la Secretaría de Educación Pública y que el Instituto Nacional para la Educación de Adultos...

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