Acuerdo número 513 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Escuela Segura

Fecha de disposición29 Diciembre 2009
Fecha de publicación29 Diciembre 2009
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónDECIMA TERCERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

ALONSO JOSE RICARDO LUJAMBIO IRAZABAL, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 8o., 32, 33, fracciones I, IX y XIII, 38, 42 y 69 de la Ley General de Educación; 6o., 7o., 8o., 10, 19, fracciones I y IV y 69 al 80 de la Ley General de Desarrollo Social; 7o. y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1o., 75, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176, 178, 179 y 181 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1o., 3o., fracción XVIII, 19, fracción V, 29, 30, 44 y Anexos 18 y 28 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2010; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que las Reglas de Operación establecen disposiciones a las que deben sujetarse determinados programas y fondos federales con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados a los mismos, las cuales deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el 31 de diciembre anterior al ejercicio;

Que en el marco de lo anterior la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en su artículo 77 que con el objeto de que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y aquellos programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación, así como los criterios generales aplicables a las mismas;

Que bajo dicho contexto las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las Reglas de Operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquéllas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria;

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2010 establece en su artículo 29 que los programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación son aquéllos señalados en su Anexo 18. Asimismo, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrá incluir otros programas que, por razones de su impacto social, deban sujetarse a reglas de operación, y

Que en cumplimiento de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO NUMERO 513 POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE ESCUELA SEGURA

UNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa de Escuela Segura, las cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el primero de enero de dos mil diez.

México, Distrito Federal, a 18 de diciembre de 2009.- El Secretario de Educación Pública, Alonso José Ricardo Lujambio Irazábal.- Rúbrica.

REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA ESCUELA SEGURA

1 Introducción

2 Objetivos

2.1 General

2.2 Específico

3 Lineamientos

3.1 Cobertura

3.2 Población Objetivo

3.3 Beneficiarios

3.3.1 Requisitos

3.3.2 Procedimiento de selección

3.4 Características de los Apoyos (tipo y monto)

3.5 Derechos y Obligaciones

3.6 Participantes

3.6.1 Ejecutores

3.6.2 Instancia Normativa

3.7 Coordinación Institucional

4 Operación

4.1 Proceso

4.2 Ejecución

4.2.1 Avances físico-financieros

4.2.2 Acta de Entrega-Recepción

4.2.3 Cierre de ejercicio

4.2.4 Recursos no devengados

5 Auditoría, Control y Seguimiento

6 Evaluación

6.1 Interna

6.2 Externa

7 Transparencia

7.1 Difusión

7.2 Contraloría Social

8 Quejas y Denuncias

  1. Introducción

    En México, la existencia de ambientes seguros en las escuelas públicas de educación del tipo básico es una condición indispensable para garantizar el aprovechamiento escolar en niños y adolescentes. El bienestar, el interés y entusiasmo de los alumnos deben ser preservados por los responsables de impartir el servicio educativo en un ambiente de aprendizaje que asegure el respeto a su dignidad e integridad.

    En nuestros días, existen factores como la violencia, la delincuencia y las adicciones que ponen en riesgo las condiciones de bienestar necesarias para que las escuelas públicas de educación del tipo básico realicen su labor. Estos factores ponen en riesgo la seguridad dentro y fuera de la escuela y deben ser erradicados.

    Las escuelas públicas del tipo básico están vinculadas a la dinámica del entorno y son afectadas por factores de riesgo que deterioran el tejido social, y consecuentemente, contra la integridad de la comunidad escolar, provocando un clima de incertidumbre y desconfianza. Entre dichos factores se encuentra la presencia de grupos delictivos, como los vinculados al narcomenudeo y a la realización de actos ilícitos, que merman las posibilidades de una convivencia solidaria, respetuosa y democrática.

    De esta manera, el PES apunta al fortalecimiento de estrategias y acciones que impulsen una cultura de la prevención del riesgo escolar sustentada en el desarrollo de competencias ciudadanas en los alumnos y en la construcción de ambientes democráticos en las escuelas públicas a través del currículo escolar, la gestión escolar y la participación social. En el PES es fundamental promover la participación y el involucramiento de los integrantes de la comunidad escolar en asuntos de interés colectivo y resolver los conflictos por vías no violentas como el diálogo y la negociación. Asimismo, en una escuela segura debe prevalecer un ambiente escolar democrático y armónico, que facilite la toma de decisiones en un marco de equidad y respeto, en torno a medidas preventivas ante situaciones de riesgo.

    Acrónimos y Glosario

    AEL. Autoridad Educativa Local (Secretaría de Educación o su equivalente en los Estados).

    AFSEDF. Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal. Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal, con autonomía técnica y de gestión, encargada de la prestación de servicios de educación básica en el Distrito Federal.

    Agenda de Seguridad Escolar. Es el documento formulado en el seno del CEPS de cada escuela, define las acciones para atender los principales problemas identificados en la autoevaluación. Forma parte del PAT o de la planeación escolar anual.

    Centros de Atención Múltiple. Centro educativo que ofrece servicios escolarizados a alumnos y alumnas que presentan necesidades educativas especiales asociadas con discapacidad múltiple.

    CEPES. Coordinación Estatal del Programa Escuela Segura.

    CEPS. Consejo Escolar de Participación Social en la Educación.

    CEPSE. Consejo Estatal de Participación Social en la Educación.

    CNPES. Coordinación Nacional del Programa Escuela Segura adscrita a la Dirección General de Desarrollo de la Gestión e Innovación Educativa de la Subsecretaría de Educación Básica de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

    Comunidad Escolar. Se refiere a los actores involucrados en la escuela: directivos, docentes, personal de apoyo y asistencia, alumnos y padres de familia.

    CONEVAL. Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

    DGDGIE. Dirección General de Desarrollo de la Gestión e Innovación Educativa adscrita la Subsecretaría de Educación Básica de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

    ENTIDADES FEDERATIVAS: Los 31 Estados y el Distrito Federal, para los efectos de las presentes Reglas de Operación.

    Escuela Abierta a la Comunidad: Centro escolar que contribuye a la educación de la comunidad, desarrollando actividades educativas, culturales, deportivas y recreativas para los estudiantes, los padres de familia y la sociedad en general.

    Escuela Beneficiada. Escuela pública de educación básica incorporada al PES, que desarrolla acciones de prevención y recibe apoyos del mismo.

    Escuela Pública de Educación Básica. Escuelas de educación preescolar, primaria y secundaria operadas por las AEL y para el caso del Distrito Federal por la AFSEDF.

    PAT: Programa Anual de Trabajo.

    PES. Programa Escuela Segura.

    Plan Estatal de Seguridad Escolar. Documento de planeación estatal a través del cual se describen las estrategias que la CNPES o la CPESDF establecerán para garantizar el cumplimiento de metas en materia de prevención y seguridad escolar.

    Reglas de Operación. Las presentes Reglas de operación del PES.

    Responsables: Son las personas o instancias encargadas de instrumentar las acciones propuestas.

    RI. Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005.

    SEB. Subsecretaría de Educación Básica, de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

    Seguimiento: Observación y recolección sistemática de datos sobre la ejecución de acciones, logro de metas y el ejercicio presupuestal del PES.

    SEP. Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

    SFP: Secretaría de la Función Pública del Gobierno Federal

    SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público del Gobierno Federal

    TESOFE. Tesorería de la Federación.

  2. O...

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