Acuerdo A/OIC/001/2020 por el que se declara la suspensión del cómputo de plazos, términos de ley, celebración de diligencias y actuaciones en el Órgano Interno de Control de la Fiscalía General de la República, por el período que comprende del lunes 23 de marzo al domingo 19 de abril de 2020.

Fecha de disposición19 Abril 2020
Fecha de publicación26 Marzo 2020
EmisorFISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA
SecciónUNICA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Fiscalía General de la República.- Órgano Interno de Control.

ACUERDO A/OIC/001/2020

ACUERDO A/OIC/001/2020 POR EL QUE SE DECLARA LA SUSPENSIÓN DEL CÓMPUTO DE PLAZOS, TÉRMINOS DE LEY, CELEBRACIÓN DE DILIGENCIAS Y ACTUACIONES EN EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, POR EL PERÍODO QUE COMPRENDE DEL LUNES 23 DE MARZO AL DOMINGO 19 DE ABRIL DE 2020.

LIC. ARTURO SERRANO MENESES, Titular del Órgano Interno de Control de la Fiscalía General de la República, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 102 Apartado A y 109 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 14 fracción X y 34 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, y

CONSIDERANDO

Que los artículos 102 Apartado A y 109 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establecen que el Ministerio Público de la Federación se organizará en una Fiscalía General de la República, como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio; asimismo que los servidores públicos y particulares que incurran en responsabilidad frente al Estado serán sancionados administrativamente, para lo cual los entes públicos tendrán órganos internos de control con las facultades que determine la ley para prevenir, corregir e investigar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas;

Que el 14 de diciembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expidió la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, misma que prevé en su artículo 34 al Órgano Interno de Control como un órgano dotado de autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su funcionamiento y resoluciones;

Que con fecha 09 de mayo de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo A/009/19 por el cual se instala el Órgano Interno de Control de esta Institución, y del cual en su artículo PRIMERO señala que además de las funciones, facultades y obligaciones previstas en los artículos 34, 37 y 39 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, tendrá a su cargo los procedimientos de remoción;

Que con fecha 5 de septiembre de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo A/014/19, por el que se crean las unidades administrativas del Órgano Interno de Control, mismo que establece en sus artículos Cuarto y...

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