Acuerdo de puesta a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN), el terreno nacional denominado Santa Anita Fracción 2, ubicado en el Municipio de Los Cabos, Estado de Baja California Sur, con una superficie de 68-01-93.18 hectáreas, para que sea destinado al servicio de la Secretaría de Turismo, por conducto del Fondo Nacional de Fomento al Turismo.

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EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial.- Dirección General de la Propiedad Rural.- Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural.

ACUERDO DE PUESTA A DISPOSICION

Visto el estado que guarda el expediente de terrenos nacionales número 738745, relativo al terreno nacional denominado "SANTA ANITA FRACCION 2", ubicado en el municipio de Los Cabos, estado de Baja California Sur, con una superficie de 68-01-93.18 hectáreas, así como los oficios números DG/041/2017, DG/043/2017 y DG/017/2018 del treinta y uno de octubre y tres de noviembre, ambos de dos mil diecisiete, y siete de marzo de dos mil dieciocho, por los que el Director General del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR), solicita la puesta a disposición a su favor a través de la de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN) del predio anteriormente; y,

RESULTANDO

  1. - Mediante escrito presentado por Narciso Agúndez Montaño el veintisiete de agosto de mil novecientos noventa y ocho, recibido el cinco de octubre del mismo año, en la Delegación Agraria de la entonces Secretaría de la Reforma Agraria, actualmente Delegación de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano en el estado de Baja California Sur (foja 1), solicitó la enajenación onerosa de un terreno presuntamente propiedad de la Nación denominado "SANTA ANITA (FRACCION RANCHO SAN JUAN)", ubicado en el municipio de Los Cabos, en el estado de Baja California Sur, con una superficie aproximada de 100-00-00 hectáreas.

  2. - A través de los oficios números 0334, 0339 y 0340 todos del once de febrero de dos mil dos (fojas 8, 10, 16 del expediente), la Representación Estatal de la entonces Secretaría de la Reforma Agraria en Baja California Sur, actualmente Delegación Estatal de Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano en Baja California Sur, solicitó al Director del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del municipio de Los Cabos, al Director del Catastro en el municipio de Los Cabos y al Delegado del Registro Agrario Nacional en Baja California Sur, la investigación de antecedentes registrales del predio denominado "SANTA ANITA FRACCION 2", ubicado en el municipio de Los Cabos, en el estado de Baja California Sur; los cuales fueron debidamente contestados a través de los oficios: 066/2002 (foja 9) del doce de marzo de dos mil dos, en el cual el Director del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del municipio de Los Cabos, informó lo siguiente:

    "...Por lo anterior expuesto esta Dirección del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, informa usted, que habiéndose hecho una minuciosa y detallada revisión en los libros y archivos de esta dependencia, NO SE ENCONTRO REGISTRO ALGUNO DEL PREDIO SANTA ANITA FRACCION 2, MUNICIPIO DE LOS CABOS B.C.S..." (sic).

    Asimismo, a través de oficio 276/DCM (foja 11) del ocho de octubre de dos mil dos, el Director Municipal de Catastro de Los Cabos, informó que:

    "...Al respecto me permito informar a Usted, habiéndose realizado una búsqueda en los archivos de la propiedad raíz de este Municipio, se encontraron las siguientes propiedades a nombre del C. Narciso Agúndez Montaño en el predio antes mencionado..." (sic).

    Nombre del Predio
    Clave Catastral
    Superficie
    Santa Anita
    4-01-029-0048
    100-00-00 Has.

    Finalmente, mediante oficio 0693 del veinticinco de abril de dos mil dos (foja 19), el Delegado Estatal del Registro Agrario Nacional en Baja California Sur, informó lo siguiente:

    "...Al respecto le comunicó, que una vez realizada una minuciosa búsqueda en el archivo registral de esta Delegación a mi cargo, así como en oficio DNR/1037/2002, Folio 005095 de fecha 26 de marzo de 2002, suscrito por el C. Director de Normatividad Registral, le informo que no se localizaron antecedentes registrales de los Predios antes citados ..." (sic).

  3. - En este tenor, el veinticinco de febrero de dos mil dos (foja 20), la Representación Estatal de la entonces Secretaría de la Reforma Agraria en Baja California Sur, actualmente Delegación Estatal de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano en Baja California Sur, emitió Acuerdo de Procedencia de la Solicitud, del veintisiete de agosto de mil novecientos noventa y ocho, presentada por Narciso Agúndez Montaño, respecto del predio denominado "SANTA ANITA FRACCION 2 (SAN JUAN)", ubicado en el municipio de Los Cabos, en el estado de Baja California Sur, con una superficie de 273-56-60.343 hectáreas.

  4. - Derivado de lo anterior, la entonces Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, actualmente Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, mediante oficio VII-107-B 142797 (foja 104), del siete de agosto de dos mil dos, autorizó el folio número 04561 para la realización de los trabajos de medición y deslinde del predio denominado "SANTA ANITA FRACCION 2 (SAN JUAN)", ubicado en el municipio de Los Cabos, en el estado de Baja California Sur; en este tenor, el catorce de agosto de dos mil dos, se llevaron a cabo las notificaciones respecto de los trabajos de deslinde (fojas 109 a 124); los cuales se realizaron el dieciséis del mismo mes y año (fojas 125 a la 130).

  5. - Mediante oficio número 2322 del treinta y uno de agosto de dos mil dos (fojas 136 y 137) la Representación Estatal de la entonces Secretaría de la Reforma Agraria en Baja California Sur, actualmente Delegación Estatal de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano en Baja California Sur, remitió a la entonces Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, actualmente Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, el expediente de trabajos técnicos de integración, medición, deslinde y validación de campo; a efecto de ser revisados por la citada Dirección; en este tenor, mediante oficio número VII-107-B 142773 del ocho de abril de dos mil tres (foja 138 y 139), la entonces Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, actualmente Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, devolvió a la Representación Estatal de la entonces Secretaría de la Reforma Agraria en Baja California Sur, actualmente Delegación Estatal de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano en Baja California Sur, el expediente en cita, a efecto de subsanar diversas irregularidades detectadas en la documentación remitida, ello para estar en condiciones de continuar con el trámite correspondiente.

  6. - En este orden de ideas, mediante oficio número 2538 del treinta y uno de mayo de dos mil seis (fojas 161 a 187), la Representación Estatal de la entonces Secretaría de la Reforma Agraria en Baja California Sur, actualmente Delegación Estatal de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano en Baja California Sur, remitió nuevamente el expedientillo, a la entonces Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, actualmente Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, para su revisión y trámite subsecuente. Cabe destacar, que mediante oficio VII-107-B 143490 del tres de agosto...

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