Acuerdo por el que se reducen los plazos de resolución y prevención para los trámites de pasaportes expedidos en las delegaciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores que se enlistan.

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EmisorSecretaría de Relaciones Exteriores

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores. LUIS VIDEGARAY CASO, Secretario de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2 fracción I, 12, 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, 69-C, 69-N y 69-Q de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje; 1, 3, 5, 35 y 51 bis del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores y demás disposiciones aplicables, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece en su Estrategia Transversal "ii) Gobierno Cercano y Moderno" que las políticas y acciones de gobierno inciden directamente en la calidad de vida de las personas, por lo que es imperativo contar con un gobierno eficiente, con mecanismos de evaluación que permitan mejorar su desempeño y la calidad de los servicios; que simplifique la normatividad y trámites gubernamentales, y rinda cuentas de manera clara y oportuna a la ciudadanía;

Que el Programa Sectorial de Relaciones Exteriores 2013-2018 (PSRE) establece la obligación de modernizar los procesos en la emisión del pasaporte mexicano en las Delegaciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores, por lo que se hace necesario, entre otras acciones, mejorar los tiempos de respuesta y facilitar el acceso directo al seguimiento de los trámites.

Que a efecto de evaluar las acciones que se instrumenten en materia de mejora regulatoria, el PSRE estableció el indicador "Porcentaje de reducción de la carga administrativa impuesta a los particulares en la realización de trámites y servicios ante la Secretaría de Relaciones Exteriores", con el que se pretende evaluar la eficiencia de las acciones de mejora regulatoria instrumentadas por la Cancillería para agilizar la gestión y resolución de los trámites inscritos por la Dependencia en el Registro Federal de Trámites y Servicios;

Que el 5 de enero de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Estrategia Integral de Mejora Regulatoria del Gobierno Federal y de Simplificación de Trámites y Servicios, la que se ha planteado, entre otros, el objetivo de promover la mejora del acervo regulatorio y de sus procesos de instrumentación, a través de la reducción progresiva del costo de la aplicación de trámites del Gobierno Federal, en coordinación con las autoridades de la Administración Pública Federal, las entidades federativas, municipios y órganos político administrativos de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México;

Que en la prestación del servicio de emisión de pasaporte mexicano es posible instrumentar medidas adicionales que contribuyan a la reducción del costo de la regulación, agilizando la gestión y resolución de los trámites.

Que para lograr lo anterior, en el artículo 69-C de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo se establece la facultad de los titulares de las dependencias de la Administración Pública Federal de emitir regulación para establecer plazos de respuesta menores dentro de los máximos previstos en leyes o reglamentos, y no exigir la presentación de datos y documentos previstos en las disposiciones...

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