Acuerdo que reforma el diverso por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno.

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EmisorSecretaría de la Función Pública

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.

ARELY GÓMEZ GONZÁLEZ, Secretaria de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 37, fracciones I, II, III y IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y 1 y 7 fracciones I y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, aprobado por Decreto publicado el 20 de mayo de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, establece cinco metas nacionales y tres estrategias transversales para llevar a México a su máximo potencial. Estas estrategias son: Democratizar la Productividad, Gobierno Cercano y Moderno, y Perspectiva de Género;

Que la estrategia transversal "Gobierno Cercano y Moderno" tiene como propósito promover un gobierno con políticas y programas enmarcados en una administración pública orientada a resultados, que sea eficiente y tenga mecanismos de evaluación que mejoren su desempeño, que optimice el uso de los recursos públicos, que simplifique la normatividad y trámites gubernamentales, que rinda cuentas de manera clara y oportuna a la ciudadanía, y que utilice las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones;

Que en el artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria se prevé que el Ejecutivo Federal, deberá establecer un programa de mediano plazo para promover la eficiencia y eficacia en la gestión pública de la Administración Pública Federal (APF), a través de acciones que modernicen y mejoren la prestación de los servicios públicos, promuevan la productividad en el desempeño de las funciones de las dependencias y entidades, y reduzcan gastos de operación;

Que el 30 de agosto de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno, que contempla cinco objetivos, 28 estrategias y 209 líneas de acción. Estos objetivos son: 1. Impulsar un gobierno abierto que fomente la rendición de cuentas en la APF, 2. Fortalecer el presupuesto basado en resultados de la APF, incluyendo el gasto federalizado, 3. Optimizar el uso de los recursos en la APF, 4. Mejorar la gestión pública gubernamental en la APF y 5. Establecer una Estrategia Digital Nacional que acelere la inserción de México en la Sociedad de la Información y del Conocimiento.

Que el objetivo 4. Mejorar la gestión pública gubernamental en la APF, consiste en transformar el funcionamiento de las dependencias y entidades de la APF, a través de la mejora en la prestación de bienes y servicios a la población, el incremento en la eficiencia de su operación mediante la simplificación de sus procesos y normas; el mejor aprovechamiento de los recursos, la eficiencia de los procesos vinculados a las contrataciones que realiza el Estado; así como el incremento en el desempeño de los servidores públicos;

Que en las estrategias 4.1 Transformar los procesos de las dependencias y entidades y 4.5 Simplificar la regulación del objetivo 4. Mejorar la gestión pública gubernamental en la APF, se establecen como líneas de acción 4.1.3 Estandarizar procesos con fines similares para homologar su operación y garantizar la calidad de sus resultados, y 4.5.4 Mejorar la calidad de las disposiciones normativas para simplificar la operación de los procesos;

Que la Secretaría cuenta con atribuciones para organizar y coordinar el sistema de control interno de las dependencias y entidades de la APF, así como para expedir las normas que regulen los instrumentos y procedimientos de control interno;

Que el día 3 de noviembre de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno, con objeto de establecer las Disposiciones, que las dependencias y entidades paraestatales de la APF, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, los órganos reguladores coordinados en materia energética y la Procuraduría General de la República deberán observar para el establecimiento, supervisión, evaluación, actualización y mejora continua de su Sistema de Control Interno Institucional;

Que el artículo quinto del Acuerdo a que alude el considerando anterior, establece que las disposiciones y procedimientos contenidos en el citado manual deberán revisarse cuando menos una vez al año, por la Unidad de Control y Evaluación de la Gestión Pública de la Secretaría, para efectos de su actualización de resultar procedente;

Que durante el proceso de revisión efectuado por la Unidad de Control y Evaluación de la Gestión Pública a las disposiciones y el manual de referencia, se ha observado que resulta conveniente precisar algunos

aspectos que permitirán contribuir en mayor medida a la mejora del marco jurídico que regula la materia de control interno, así como a la eficiencia y eficacia de la gestión de las dependencias y entidades de la APF, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, los órganos reguladores coordinados en materia energética y la Procuraduría General de la República, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO QUE REFORMA EL DIVERSO POR EL QUE SE EMITEN LAS DISPOSICIONES Y EL MANUAL ADMINISTRATIVO DE APLICACIÓN GENERAL EN MATERIA DE CONTROL INTERNO

ARTÍCULO PRIMERO

SE REFORMAN en las disposiciones 2. DEFINICIONES, la fracción XV; 4. DESIGNACIÓN DE COORDINADOR DE CONTROL INTERNO Y ENLACES, el párrafo tercero; 5. DE SU VIGILANCIA Y ASESORÍA; 9. NORMAS GENERALES, PRINCIPIOS Y ELEMENTOS DE CONTROL INTERNO, en su norma QUINTA. SUPERVISIÓN Y MEJORA CONTINUA, el párrafo primero; 10. RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES, en las fracciones III. DEL COORDINADOR DE CONTROL INTERNO, los incisos a) y g), V. DEL ENLACE DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS, el inciso g), y VII. DEL ÓRGANO FISCALIZADOR, en su denominación; 11. DE LA EVALUACIÓN DEL SCII, el párrafo quinto, y en su norma QUINTA. SUPERVISIÓN Y MEJORA CONTINUA, el numeral 33; 12. EVALUACIÓN DE ELEMENTOS DE CONTROL ADICIONALES, el párrafo segundo; 13. DE SU PRESENTACIÓN, la fracción I; 16. INTEGRACIÓN DEL PTCI Y ACCIONES DE MEJORA, el párrafo segundo; 17. ACTUALIZACIÓN DEL PTCI, 18. REPORTE DE AVANCES TRIMESTRAL DEL PTCI., en las fracciones I, el inciso d) y II, el inciso a); 19. INFORME DE EVALUACIÓN DEL ÓRGANO FISCALIZADOR AL REPORTE DE AVANCES TRIMESTRAL DEL PTCI, en su denominación y el párrafo primero; la Sección IV. Evaluación del Órgano Fiscalizador al Informe Anual y PTCI, en su denominación; 20. INFORME DE RESULTADOS, el párrafo primero; 21. DE SU CONTENIDO Y CRITERIOS PARA SU ELABORACIÓN, los párrafos primero y segundo; 22. INICIO DEL PROCESO; 23. FORMALIZACIÓN Y ETAPAS DE LA METODOLOGÍA, en las fracciones III, en el inciso a), el párrafo segundo, y VII. DEFINICIÓN DE ESTRATEGIAS Y ACCIONES DE CONTROL PARA RESPONDER A LOS RIESGOS, el inciso a); 27. PROGRAMA DE TRABAJO DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS, el párrafo primero; 28. REPORTE DE AVANCES TRIMESTRAL DEL PTAR, en el párrafo segundo, el inciso a); 29. EVIDENCIA DOCUMENTAL DEL PTAR; 30. INFORME DE EVALUACIÓN DEL ÓRGANO FISCALIZADOR AL REPORTE DE AVANCES TRIMESTRAL DEL PTAR, en su denominación y el párrafo primero; 32. DE LOS OBJETIVOS DEL COMITÉ, la fracción VI; 33. DE LA INTEGRACIÓN DEL COMITÉ, en el párrafo primero, las fracciones II y III. Vocales, en el inciso b) En las entidades, en el numeral 1. Entidades Sectorizadas el subinciso b), y el inciso c) En los órganos administrativos desconcentrados, y el tercer párrafo; 37 DE LAS ATRIBUCIONES DEL COMITÉ, en las fracciones II, el inciso c), y III, el inciso d); 38. DE LAS FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ, la fracción IV; 40. DE LAS FUNCIONES DEL VOCAL EJECUTIVO, la fracción IV; 44. DEL CALENDARIO DE SESIONES, el párrafo segundo; y 47. DE LA ORDEN DEL DÍA, las fracciones IV, X, los incisos a) y c), y XI. Proceso de Administración de Riesgos Institucional, el inciso c); y 55. DEL ACCESO AL SISTEMA INFORMÁTICO, el párrafo segundo; SE ADICIONAN en las disposiciones 10. RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES, en la fracción III. DEL COORDINADOR DE CONTROL INTERNO, el inciso o) y se recorren en su orden los actuales incisos o), p) y q), para pasar a ser los incisos p), q) y r), y la fracción VII. DEL ÓRGANO FISCALIZADOR, en su denominación y el inciso h); y 47. DE LA ORDEN DEL DÍA, en la fracción VII. Desempeño Institucional, en el inciso d), un párrafo segundo; y SE DEROGA en la disposición 2 DEFINICIONES, la fracción XXXVII; de las Disposiciones en Materia de Control Interno, para quedar como sigue:

"2. DEFINICIONES.

...

  1. a XIV. ...

  2. Debilidad(es) de control interno: la insuficiencia, deficiencia o inexistencia de controles en el Sistema de Control Interno Institucional, que obstaculizan o impiden el logro de las metas y objetivos institucionales, o materializan un riesgo, identificadas mediante la supervisión, verificación y evaluación interna y/o de los Órganos Internos de Control;

  3. a XXXVI. ...

  4. Se deroga;

  5. a LVI. ...

    4. DESIGNACIÓN DE COORDINADOR DE CONTROL INTERNO Y ENLACES.

    ...

    ...

    En los oficios de designación se deberá marcar copia al Titular del Órgano Interno de Control, con el propósito de que éste solicite la baja y alta para los designados de claves de acceso al sistema informático del Comité. Los cambios en las designaciones anteriores se informarán de la misma forma, dentro de los 10 días hábiles posteriores a que se efectúen.

    5. DE SU VIGILANCIA Y ASESORÍA.

    La Secretaría por sí o a través de los Órganos Internos de Control y los Delegados y Comisarios Públicos, conforme a sus respectivas atribuciones, serán responsables de vigilar la implementación y aplicación adecuada de las...

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