Acuerdo por el que se reforma el diverso por el que se establecen los Lineamientos para el otorgamiento de apoyos a las entidades federativas en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. MIGUEL ÁNGEL OSORIO CHONG, Secretario de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21, párrafos noveno y décimo, incisos c) y d) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 3, 4 y 12 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 3 de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia; 27, fracciones VIII, X, XII, XVIII y XLIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 7 y 9 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016; así como 4, 5 y 6, fracciones IX y XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y

CONSIDERANDO

Que como producto de un entorno externo complejo y volátil, lo cual se observa principalmente en la caída de los precios internacionales del petróleo, así como en la depreciación de la moneda nacional, el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ha manifestado que el impacto inmediato ha sido una menor disponibilidad de recursos para el Ejercicio Fiscal 2016.

Que el monto de los subsidios radicados en el programa presupuestario U006, denominado "Programa Nacional de Prevención del Delito" sufrió una reducción líquida por la cantidad de $263,400,000.36 (doscientos sesenta y tres millones, cuatrocientos mil pesos 36/100 M.N.), realizada mediante folio de adecuación presupuestaria número 2016-4-811-2075 de fecha 26 de mayo de 2016.

Que en las fechas previstas en el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el otorgamiento de apoyos a las entidades federativas en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 15 de febrero, no fue posible disponer de la primera ministración de los recursos federales correspondientes al Ejercicio Fiscal 2016.

Que derivado de lo anterior, resulta necesario extender los plazos previstos en los artículos 10 y 12 del referido Acuerdo, así como modificar el artículo 11 para establecer la forma en que las entidades federativas deberán cumplir con las obligaciones correspondientes para acceder a la segunda ministración.

Que igualmente es necesario modificar los Convenios de Coordinación y Adhesión suscritos por la Secretaría de Gobernación con cada una de la entidades federativas, a efecto de que éstas cuenten con un plazo más amplio para solicitar la transferencia de la segunda ministración de los recursos federales mencionados, y dar a conocer el monto de la misma, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE REFORMA EL DIVERSO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO

ÚNICO.- Se reforman el último párrafo del artículo 10; el primer párrafo del artículo 11, así como las fracciones II y III del segundo párrafo y el tercer párrafo del artículo 12, del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el otorgamiento de apoyos a las entidades federativas en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de febrero de 2016, para quedar como sigue:

Artículo 10

...

  1. a IV. ...

La solicitud de transferencia deberá ser entregada a la Subsecretaría a partir del 15 de junio y hasta el 11 de octubre de 2016.

Artículo 11

La segunda ministración será entregada a partir del 15 de junio de 2016, previa acreditación por la entidad federativa del cumplimiento de las obligaciones establecidas en los presentes Lineamientos, en cuyo caso las entidades federativas deberán suscribir el Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión de conformidad con las disposiciones aplicables, que incluya el remanente de los recursos por ejercer después de la reducción líquida al subsidio realizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante folio de adecuación 2016-4-811-2075 de fecha 26 de mayo de 2016, conforme a los montos señalados en el Anexo 2 del Acuerdo por el que se reforma el diverso por el que se establecen los Lineamientos para el otorgamiento de apoyos a las entidades federativas en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito, el cual formará parte de los Lineamientos.

...

...

...

Artículo 12

...

...

  1. ...

  2. Solicitar el recurso a más tardar el 11 de octubre de 2016;

  3. Presentar el acta de aprobación del proyecto que hace referencia la fracción III del artículo 9 de los Lineamientos;

  4. a V. ...

La Subsecretaría, a través de la Dirección General de Coordinación para la Operación Territorial, determinará a más tardar el 18 de octubre de 2016 las entidades federativas que podrán recibir los recursos no ministrados, mismos que serán transferidos a partir de esa fecha.

...

...

...

...

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Ciudad de México, a 13 de septiembre de 2016.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.

ANEXO 1 DEL ACUERDO POR EL QUE SE REFORMA EL DIVERSO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO.

CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO (PRONAPRED), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, POR CONDUCTO DE LA SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR __________________________, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE COORDINACIÓN PARA LA OPERACIÓN TERRITORIAL, ___________________________, Y EL DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN ESTRATÉGICA PARA LA PREVENCIÓN SOCIAL, ______________________, A LA CUAL EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA"; Y POR LA OTRA, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE _____________, EN SU CARÁCTER DE BENEFICIARIO, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR, EL _____________; EL SECRETARIO DE GOBIERNO (U HOMÓLOGO), _____________ Y EL

SECRETARIO DE FINANZAS (U HOMÓLOGO), _____________ , AL CUAL EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD"; A LOS CUALES ACTUANDO CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES"; DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 15 de febrero de 2016, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el...

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