Acuerdo por el que se reforma el diverso por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción y Operación del Sistema de Ciudadanos Alertadores Internos y Externos de la Corrupción.

Fecha de disposición11 Junio 2020
Fecha de publicación11 Junio 2020
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública. IRMA ERÉNDIRA SANDOVAL BALLESTEROS, Secretaria de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 26 y 37, fracciones XVIII, XIX y XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 91 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 12 fracción VI, 28 fracción II y 30 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública

CONSIDERANDO

Que el pasado 6 de septiembre de 2019, la Secretaría de la Función Pública expidió el ACUERDO por el que se establecen los "Lineamientos para la Promoción y Operación del Sistema de Ciudadanos Alertadores Internos y Externos de la Corrupción" (en lo sucesivo los "Lineamientos"), con objeto de establecer las bases conforme a las cuales se creará, promoverá, operará, dará seguimiento y coordinará dicho Sistema.

Que la Organización Mundial de la Salud declaró el pasado 11 de marzo de 2020, como pandemia global al coronavirus COVID-19, por lo que el 30 de marzo siguiente, el Consejo de Salubridad General expidió el "Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)", motivo por el cual se suspendieron las actividades no esenciales de la Administración Pública Federal.

Que el pasado 16 de abril, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el nuevo "Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública", por lo cual es necesario actualizar en los "Lineamientos" la competencia de las unidades administrativas de la dependencia en materia de la promoción y operación del sistema de ciudadanos alertadores internos y externos de la corrupción.

Que, en adición a lo anterior, durante la emergencia no ha sido posible atender a cabalidad lo ordenado por los "Lineamientos", por lo que es necesario establecer las medidas a adoptar ante imprevistos como la pandemia provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE REFORMA EL DIVERSO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA PROMOCIÓN Y OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CIUDADANOS ALERTADORES INTERNOS Y EXTERNOS DE LA CORRUPCIÓN

ARTÍCULO ÚNICO

Se Modifican los lineamientos PRIMERO; SEGUNDO, fracciones III en su primer párrafo, IV y XII; SEXTO; OCTAVO, tercer párrafo; DÉCIMO, segundo párrafo; DÉCIMO QUINTO, primero, segundo y tercer párrafos y, en el cuarto párrafo, la fracción I, párrafos primero, segundo y tercero y la fracción II, inciso b), párrafos primero, segundo y tercero; DÉCIMO SEXTO, primer y segundo párrafos; DÉCIMO OCTAVO, primero, segundo y cuarto párrafos; VIGÉSIMO SEGUNDO; VIGÉSIMO TERCERO, primer párrafo; VIGÉSIMO QUINTO; VIGÉSIMO OCTAVO, segundo párrafo; y VIGÉSIMO NOVENO; y se Adicionan los lineamientos SEGUNDO, con una fracción XIII; DÉCIMO, con un tercer párrafo; DÉCIMO QUINTO, con un segundo párrafo, pasando el actual párrafo segundo a ser el...

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