Acuerdo por el que se reforma la Norma en materia de consolidación de Estados Financieros y demás información contable.

Fecha de disposición27 Septiembre 2018
Fecha de publicación27 Septiembre 2018
MateriaFinanciero
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se reforma la Norma en materia de consolidación de Estados Financieros y demás información contable. El Consejo Nacional de Armonización Contable con fundamento en los artículos 6, 7, 9 y 14 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, aprobó el siguiente:

Acuerdo por el que se reforma la Norma en materia de consolidación de Estados Financieros y demás información contable

CONSIDERANDO

Que el 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), que tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la Contabilidad Gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización, para facilitar a los entes públicos el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingreso públicos.

Que en este marco y en cumplimiento de sus funciones, el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) publicó en el Diario Oficial de la Federación el 6 de octubre de 2014, la Norma en materia de consolidación de Estados Financieros y demás información contable.

Que es necesario realizar las reformas para que la información financiera sea congruente con el Clasificador por Rubros de Ingresos emitido por el CONAC y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2009, así como su última reforma del 11 de junio de 2018.

Por lo expuesto, el Consejo Nacional de Armonización Contable aprobó el siguiente:

Acuerdo por el que se reforma la Norma en materia de consolidación de Estados Financieros y demás información contable

Se reforma el primer párrafo del punto "Transacciones y saldos a consolidar", asimismo se reforma el numeral 1 Flujo de Efectivo de las Actividades de Operación del inciso V del punto "Notas de Desglose", para quedar como sigue:

Objeto

...

Ámbito de aplicación

...

Objetivo de la consolidación

...

...

Estados financieros a consolidar

  1. ...

  2. ...

  3. ...

  4. ...

  5. ...

    ...

    Consolidación a presentarse

    ...

    1. ...

    2. ...

    3. ...

    ...

  6. ...

  7. ...

  8. ...

  9. ...

  10. ...

  11. ...

    ...

  12. ...

  13. ...

  14. ...

    Transacciones y saldos a consolidar

    Del Estado de Actividades Consolidado, se deben eliminar las transacciones generadas por una relación de Ingreso-Gasto por conceptos de Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Subvenciones, y Pensiones y Jubilaciones.

    ...

    ...

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