Acuerdo por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.

Fecha de disposición12 Mayo 2017
Fecha de publicación12 Mayo 2017
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.- México.

ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL ESTATUTO ORGÁNICO DEL INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN

La Junta de Gobierno del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3o., fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 24, 30, fracción V, 38, fracción I; 44, fracción VI, 60, 61, 62, 62 Bis, 62 Ter, 62 Quáter y 62 Quinquies de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación; 96, 97 y 98 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, expide el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL ESTATUTO ORGÁNICO DEL INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN

ARTÍCULO ÚNICO

Se reforman el primer párrafo del artículo 2; la fracción XLVII del artículo 3; el primer párrafo de la fracción V del artículo 4; la fracción XVIII del artículo 15; la fracción I del artículo 62; la fracción V del artículo 74; la fracción XVI del artículo 77; las fracciones I, VII y IX del artículo 78; la fracción II del artículo 79; las fracciones II y VI del artículo 80; la fracción II del artículo 81; la fracción IV del artículo 82; Capítulo XVII; artículo 84; artículo 85; artículo 86; artículo 87; artículo 88; artículo 89; artículo 90; artículo 93 y artículo 95; se adicionan la fracción XXXVI. Bis, XXXVI. Ter, XLII. Bis del artículo 3; último párrafo del artículo 4; las fracciones XVIII Bis. y XVIII Ter del artículo 15; las fracciones IX. Bis y IX Ter del artículo 18; la fracción I. Bis del artículo 74; se deroga la fracción III del artículo 3; del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de enero de 2017, para quedar como sigue:

Artículo 2

El presente Estatuto tiene por objeto establecer las facultades y funciones que corresponden a la Junta de Gobierno, al Consejero Presidente, las unidades administrativas, los órganos colegiados que integran al Instituto; así como al Órgano Interno de Control, en el marco de las atribuciones que les confiere la normatividad aplicable.

...

Artículo 3

...

III. Se deroga.

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XXXVI. Bis. OIC, al Órgano Interno de Control del Instituto, dotado de autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su funcionamiento y resoluciones. Tendrá a su cargo prevenir, corregir, investigar y calificar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas de servidores públicos del Instituto y de particulares vinculados con faltas graves, para sancionar aquellas distintas a las que son competencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia, aplicación de recursos públicos federales; presentar las denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivos de delito ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción;

XXXVI. Ter. Protocolos de actuación, documentos que establecen actos de coordinación, entre las unidades administrativas centrales y las direcciones del INEE en las entidades federativas, para llevar a cabo el desarrollo de sus actividades;

XLII. Bis. SPD, al Servicio Profesional Docente;

XLVII. Unidades Administrativas, las áreas que se señalan en el artículo 4, en donde se establece la adscripción y subordinación de las unidades, coordinaciones, direcciones generales y direcciones del INEE en las entidades federativas, excepto el Órgano Interno de Control.

Artículo 4

...

...

V. Órgano Interno de Control:

  1. ...

  2. ...

  3. ...

El Órgano Interno de Control tendrá un Titular que lo representará, contará con la estructura orgánica, el personal y los recursos necesarios para el cumplimiento de su objeto y determinará su organización interna de conformidad con la normatividad aplicable.

Artículo 15

...

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XVIII. Aprobar los proyectos de modificación o actualización de la estructura orgánica, personal y/o recursos del OIC de conformidad con la disponibilidad presupuestaria;

XVIII Bis. Aprobar a propuesta de su Titular, el anteproyecto de presupuesto del OIC;

XVIII Ter. Recibir del Titular del Órgano Interno de Control los informes respecto de los expedientes relativos a las faltas administrativas y, en su caso, sobre la imposición de sanciones en materia de responsabilidades administrativas; y

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Artículo 18

...

...

IX. Bis. Requerir la comparecencia del Titular del Órgano Interno de Control ante la Junta de Gobierno, derivado de los informes previo y anual de resultados de su gestión, así como hacerlos del conocimiento a la Junta;

IX. Ter. Recibir del Titular del Órgano Interno de Control los informes de las revisiones y auditorías que se realicen para verificar la correcta y legal aplicación de los recursos y bienes del Instituto, así como hacerlos del conocimiento a la Junta;

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Artículo 62

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I. Elaborar propuestas para el diseño de la Política Nacional de Evaluación de la Educación y dar seguimiento a su implementación, con la participación de las unidades administrativas que correspondan;

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Artículo 74

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I. Bis Definir los criterios y estándares técnicos para el diseño y desarrollo de indicadores para las mediciones y evaluaciones de componentes, procesos y resultados del Sistema Educativo Nacional, con la participación de las unidades administrativas que correspondan;

...

V. Participar en la definición de estándares para el análisis estadístico de los datos secundarios derivados de los resultados de las evaluaciones, con la participación de las unidades administrativas correspondientes;

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Artículo 77

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XVI. Apoyar el seguimiento de los operativos de levantamiento de datos de las evaluaciones de los componentes, procesos y resultados del Sistema Educativo Nacional, así como los relativos al SPD, implementados por las DINEE, y retroalimentar a las unidades correspondientes para la mejora de los procesos de evaluación, de conformidad con los protocolos que se establezcan de manera conjunta con la UNPE y UESEN;

...

Artículo 78

...

I. Apoyar el seguimiento de la Política Nacional de Evaluación de la Educación en la entidad federativa;

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VII. Apoyar el seguimiento de las directrices para la mejora educativa que se emitan, de conformidad con los protocolos que establezca la DGDME y la DGDFCE;

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IX. Apoyar acciones de formación y certificación de evaluadores, de conformidad con los protocolos que se establezcan de manera conjunta con las unidades administrativas que correspondan;

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Artículo 79

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II. Coordinar y proponer las disposiciones para llevar a cabo los procesos de planeación y programación, así como dar seguimiento a su implementación, con la participación de las unidades administrativas;

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Artículo 80

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...

II. Proponer el modelo, disposiciones e instrumentos de planeación, programación, presupuestación, organización y evaluación, así como los indicadores y lineamientos para el seguimiento y evaluación de los programas, planes y proyectos del Instituto, con la participación de las unidades administrativas;

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VI. Proponer disposiciones para integrar el Programa de Trabajo Anual y el proyecto de presupuesto anual del Instituto, en colaboración con la DGAF;

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Artículo 81

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II. Colaborar en la definición de las disposiciones para integrar el Programa de Trabajo Anual y el proyecto de presupuesto anual del Instituto, con la DGPEO;

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Artículo 82

...

...

IV. Presentar denuncias o querellas ante el Ministerio Público competente, respecto de hechos en los que el Instituto haya resultado ofendido o tenga interés; además de aquellos que así lo ameriten por conocimiento del Titular del Órgano Interno de Control; asimismo, coordinar la coadyuvancia con el Ministerio Público en...

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