Acuerdo por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la atención de solicitudes, peticiones y promociones presentadas conforme al Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas, ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

Fecha de disposición12 Febrero 2018
Fecha de publicación12 Febrero 2018
EmisorINSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
SecciónPRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. MIGUEL ÁNGEL MARGÁIN GONZÁLEZ, Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con fundamento en los artículos 17, 22 y 59 fracciones I, V, VI, IX y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1o., 6o., 7o., 7o. BIS 1 y 7o. BIS 2 de la Ley de la Propiedad Industrial; 3o. de su Reglamento; 1o., 3o. fracción II, 4o. y 6o. BIS del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y 1o., 4o., 5o. fracción II, y 10 de su Estatuto Orgánico, y

CONSIDERANDO

Que México es miembro del Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas, adoptado en Madrid el 27 de junio de 1989, modificado el 3 de octubre de 2006 y el 12 de noviembre de 2007 (en adelante, Protocolo);

Que con la finalidad de facilitar la operación y trámite de las solicitudes presentadas conforme al Protocolo, mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación del 12 de febrero de 2013, este Instituto dio a conocer el Acuerdo por el que se establecen los lineamientos para la atención de solicitudes, peticiones y promociones presentadas conforme al Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas, ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial;

Que es necesario hacer ajustes al citado Acuerdo, con la finalidad de clarificar su contenido, hacer precisiones acordes al Protocolo, disminuir el envío de oficios a la Oficina Internacional, entre otras adecuaciones de redacción;

Que con la finalidad de dar a conocer al público usuario las modificaciones que serán aplicables a las solicitudes y promociones presentadas conforme al Protocolo, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DE SOLICITUDES, PETICIONES Y PROMOCIONES PRESENTADAS CONFORME AL PROTOCOLO CONCERNIENTE AL ARREGLO DE MADRID RELATIVO AL REGISTRO INTERNACIONAL DE MARCAS, ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

ARTÍCULO ÚNICO

Se reforman los artículos 2, fracciones I y II; 4; 5; 7; 13, fracciones IV y V; 19; 20; 21; 22; 23, fracción II; 24; 25; 28; 29; 30; 31; 32 y 33; se adiciona el artículo 13 con una fracción VI, y se deroga el artículo 34 del Acuerdo por el que se establecen los lineamientos para la atención de solicitudes, peticiones y promociones presentadas conforme al Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas, ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, para quedar como sigue:

Artículo 2

. . .

  1. Denegación definitiva: el comunicado mediante el cual el Instituto informa a la Oficina Internacional que se niega el registro de una solicitud internacional.

  2. Denegación provisional: la comunicación por escrito por la que el Instituto informa al titular de un registro internacional que busca extender la...

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