Acuerdo por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Acuerdo por el que se crea con carácter permanente la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación.

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EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, con fundamento en los artículos 21, 31, 32, 32 Bis, 33, 34, 36, 37 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 19 de la Ley de Planeación, y

CONSIDERANDO

Que el 31 de diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se crea con carácter permanente la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación, reformado mediante los diversos publicados en el mismo órgano de difusión oficial el 25 de noviembre de 2013 y el 30 de marzo de 2016;

Que dicha Comisión es una instancia colegiada que cuenta con facultades para dar seguimiento, entre otras cuestiones, a los asuntos en materia de gasto público federal, en particular los de inversión, pudiendo hacer recomendaciones para su óptimo desarrollo;

Que de igual manera la Comisión tiene, entre sus funciones, las de coordinar y supervisar los procesos de desincorporación de entidades paraestatales de la Administración Pública Federal, así como de hacer recomendaciones a las dependencias coordinadoras de sector para el mejor desarrollo de dichos procesos;

Que es necesario que existan políticas que fomenten la planeación estratégica en materia de infraestructura, y que las instancias competentes de la Administración Pública Federal se encuentren al tanto del desarrollo de proyectos de infraestructura a largo plazo, a fin de dar puntual seguimiento a sus avances y conclusión y, en su caso, emitir las recomendaciones que estimen pertinentes;

Que asimismo, resulta pertinente fortalecer las funciones de la Comisión respecto de la vigilancia en el desarrollo de los procesos de desincorporación de entidades paraestatales, así como determinar el papel que deben desempeñar las dependencias coordinadoras de sector respecto de los mismos;

Que es importante precisar que el propósito de la inclusión de los procesos de desincorporación en el Fondo de Desincorporación de Entidades es para que éste funja como un vehículo de pago, dada la propia naturaleza de ese instrumento, y

Que en ese sentido, resulta conveniente que la Comisión cuente con instancias de trabajo que permitan fomentar la...

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