Acuerdo por el que se reforman y adicionan las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica para el Ejercicio Fiscal 2016

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EmisorSecretaría de Salud

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. JOSÉ RAMÓN NARRO ROBLES, Secretario de Salud, con fundamento en los artículos 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 29 y 30, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016 y 7, fracción XVIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 4o., párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho humano que toda persona tiene a la protección de la salud;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en su Meta Nacional México Incluyente, Objetivo 2.3. Asegurar el acceso a los servicios de salud, Estrategia 2.3.3. Mejorar la atención de la salud a la población en situación de vulnerabilidad, prevé como línea de acción, la relativa a fomentar el desarrollo de infraestructura y la puesta en marcha de unidades médicas móviles y su equipamiento en zonas de población vulnerable;

Que el Programa Sectorial de Salud 2013-2018, en su cuarto Objetivo Cerrar las brechas existentes en salud entre diferentes grupos sociales y regiones del país, Estrategia 4.3. Fortalecer los servicios de promoción y atención brindados a la población indígena y otros grupos en situación de vulnerabilidad, prevé como una de sus líneas de acción, la relativa a fortalecer la red de atención primaria a la salud, con énfasis en unidades móviles de salud;

Que el Decreto por el que se crea el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, establece la importancia de implementar acciones transversales, concretas y coordinadas en otros rubros que igualmente inciden en el problema de carencia alimentaria, como son la educación, salud, seguridad social, vivienda e ingreso de las familias, pues en todo caso, el derecho constitucional a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad no se satisface únicamente con la distribución de alimentos, sino que requiere de acciones integrales que coadyuven de manera amplia al abatimiento de la pobreza;

Que en términos de lo dispuesto por el artículo 29, párrafo primero y el Anexo 25, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2015, el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, estará sujeto a las reglas de operación que se emitan, de conformidad con el artículo 77, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;

Que el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica no se contrapone, afecta o presenta duplicidad con otros programas y acciones del Gobierno Federal, en cuanto a diseño, beneficios, apoyos otorgados y población objetivo;

Que los gastos indirectos del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el Ejercicio Fiscal 2016, se ajustarán a lo establecido en el Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicado el 10 de diciembre de 2012, en el Diario Oficial de la Federación y en los Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de enero de 2013;

Que acorde con lo anterior, esta Secretaría emitió mediante Acuerdo que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2015, las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica para el Ejercicio Fiscal 2016, y

Que con la finalidad de fortalecer los alcances del mencionado Programa, he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO

ARTÍCULO PRIMERO Se REFORMAN el apartado de Anexos del Índice, así como los numerales 5.1

Descripción, modalidades de atención y características del Programa, párrafo segundo; 5.4. Criterios de Inclusión; 5.6. Servicios que se otorgan, párrafos primero y tercero; 5.10.2.1. Servicios Estatales de Salud, párrafos tercero y quinto, viñeta novena; 5.10.2.2. Régimen Estatal de Protección Social en Salud; 6.5.

Unidades médicas móviles en situación de contingencia; 6.9.2. Perfil del personal, párrafo cuarto, viñetas décima y décima tercera; 7. Financiamiento, párrafo primero; 7.1.1. Programación, párrafo segundo, así como 7.1.2. Transferencia, párrafo primero, y se ADICIONA un párrafo quinto al numeral 7.1.2 Financiamiento, de las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el Ejercicio Fiscal 2016, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2015, para quedar como sigue:

Índice

  1. a 10. ...

    ANEXOS

    Anexo 1 Catálogo Universal de Servicios de Salud 2016.

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    Anexo 3 A Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales para la Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.

    Anexo 3 B Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales del Programa de Fortalecimiento a la Atención Médica, para el Funcionamiento del Centro Operativo para la Atención de Contingencias.

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    5.1.- Descripción, modalidades de atención y características del Programa

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    El Programa articula recursos humanos capacitados, medios de transporte, Casas de Salud, recursos materiales (medicamentos, insumos, dispositivos médicos) y recursos tecnológicos, que inciden en un espacio geográfico determinado, a través del establecimiento de rutas de atención que brindan servicios a la población en materia de promoción de la salud, prevención y control de enfermedades, atención de urgencias y algunas intervenciones de hospitalización establecidas en el CAUSES 2016. Asimismo, con la ejecución del Programa se busca la continuidad de la atención a través de la referencia de pacientes a unidades médicas de mayor Capacidad Resolutiva de la REDESS.

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    5.4.- Criterios de Inclusión

    · Localidades que no tienen cobertura efectiva de servicios de salud, o

    · Localidades que por su ubicación geográfica y dispersión poblacional no cuentan con servicios de salud, o

    · Localidades de alta y muy alta marginación de acuerdo al "Índice de marginación por localidad 2010", o

    · Localidades en municipios con bajo índice de desarrollo humano, de acuerdo con los registros del Consejo Nacional de Población, o

    · Localidades de los municipios indígenas comprendidos entre los más pobres del país.

    5.6.- Servicios que se otorgan

    La cartera de servicios de salud que otorga el Programa es de 154 intervenciones. Adicionalmente, se considerarán las intervenciones que se prestarán a través de los servicios de telemedicina. Estas intervenciones forman parte del CAUSES 2016.

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    Las intervenciones se describen de manera general a continuación y se pueden consultar de manera detallada en el Anexo 1 Catálogo Universal de Servicios de Salud 2016, de estas Reglas:

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    5.10.2.1.- Servicios Estatales de Salud

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    Los instrumentos consensuales del Programa se elaborarán conforme a los Anexos 3 A y Anexo 3 B, de las presentes Reglas, en los que se contemplan los aspectos relacionados con la administración, ejercicio, control, supervisión, transparencia y rendición de cuentas de los recursos presupuestarios federales transferidos para la operación de las unidades médicas móviles del Programa.

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    Corresponde a los SES:

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