Acuerdo por el que se reforman diversas disposiciones de los Lineamientos para el otorgamiento de medidas en materia de traslados.

Fecha de disposición02 Enero 2018
Fecha de publicación02 Enero 2018
EmisorCOMISION EJECUTIVA DE ATENCION A VICTIMAS

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LOS LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE MEDIDAS EN MATERIA DE TRASLADOS

SERGIO JAIME ROCHÍN DEL RINCÓN, Comisionado Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, con fundamento en los artículos 5, 6, fracción XV, 7, fracción VI, 8, 39, 39 Bis, 88, fracciones II, XXI y XXXVII, y 95, fracciones III, VII y XIV de la Ley General de Víctimas, y 21, fracciones I y XXII del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 39 Bis de la Ley General de Víctimas, así como el Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas, prevén que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas emita lineamientos para regular las medidas de traslado.

Que en este sentido, el 26 de mayo de 2017 la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas publicó en el Diario Oficial de la Federación los Lineamientos para el otorgamiento de medidas en materia de traslados.

Que resulta necesario reformar los citados Lineamientos con el propósito de garantizar la máxima protección de los derechos de las víctimas, haciendo aún más eficiente el proceso ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas para la obtención de las medidas de traslado, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LOS LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE MEDIDAS EN MATERIA DE TRASLADOS

ARTÍCULO ÚNICO

Se reforman los numerales Cuarto; Quinto, primer párrafo; Sexto, primer párrafo; Séptimo; Décimo Primero, segundo y tercer párrafo; Décimo Segundo, en lo que corresponde a la tabla de criterios; Décimo Tercero, y Décimo Sexto, primer párrafo, de los Lineamientos para el otorgamiento de medidas en materia de traslados, para quedar como siguen:

"Cuarto. Las víctimas que requieran trasladarse deberán presentar a la Comisión Ejecutiva el formato de solicitud de apoyo para traslados (ANEXO), o una solicitud mediante escrito libre, de conformidad con lo dispuesto en el artículo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR