Acuerdo por el que se reforman diversas disposiciones del Estatuto Orgánico del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

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EmisorConsejo Nacional de Ciencia y Tecnología

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

ACUERDO POR EL QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL ESTATUTO ORGÁNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

Con fundamento en los artículos 6, fracción XV y 9, fracción XIII de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; y 58, fracción VIII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, la Junta de Gobierno del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología en su Primera Sesión Ordinaria del 2020, aprobó y expidió el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL ESTATUTO ORGÁNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Artículo Único

Se reforma los artículos 3; 8; 9; 21, fracciones XXII y XXIII; 22, fracción X; 25; 26, fracción XXIII; 27, fracción I; 28, fracciones II, V, VI, IX, XIII, XVII, XXIII y XXIV; 30; 31, fracción IX y XXIII; 38, fracción III, inciso l), m), n), ñ) y o); 39, y Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo y Décimo tercero transitorios, para quedar como sigue:

Artículo 3 ...

...

No podrán ser miembros de los órganos colegiados, ni ser invitados a sus sesiones, las personas que tengan litigios o procedimientos pendientes en contra del Consejo.

Artículo 8 ...
  1. ...

    ...

    ...

  2. ...

    1. ...

      1. ...

      2. ...

    2. Unidades:

      1. ...

      2. ...

      3. ...

      4. ...

    3. Secretaría Ejecutiva de la CIBIOGEM.

    4. Coordinaciones:

      1. Coordinación de Apoyos a Becarios e Investigadores

      2. Coordinación de Comunicación.

      3. ...

    5. Órgano Interno de Control.

  3. ...

  4. ...

    1. ...

    2. ...

Artículo 9 Las Unidades Administrativas estarán adscritas a la Dirección General, con excepción de

la Coordinación de Apoyos a Becarios e Investigadores y la Coordinación de Comunicación, que estarán adscritas a la Dirección Adjunta de Desarrollo Científico y a la Unidad de Planeación, Comunicación y Cooperación Internacional, respectivamente.

Las Unidades Administrativas, a su vez, estarán integradas de las áreas que abajo se enuncian, cuyas facultades se establecerán en los Manuales de Organización que al efecto se expidan.

La estructura básica del Consejo será la siguiente:

  1. Dirección General

...

  1. Coordinación de Repositorios, Investigación y Prospectiva

    ...

    ...

    ...

    ...

    1. Dirección Adjunta de Desarrollo Científico

    ...

    ...

    ...

  2. Coordinación de Apoyos a Becarios e Investigadores

    ...

    ...

    ...

    ...

    1. Dirección Adjunta de Desarrollo Tecnológico, Vinculación e Innovación

      ...

      ...

      ...

    2. Unidad de Articulación Sectorial y Regional

      ...

      ...

      ...

      ...

      ...

      ...

      ...

      ...

    3. Unidad de Planeación, Comunicación y Cooperación Internacional

      Dirección de Planeación y Evaluación

      Dirección de Acceso Universal al Conocimiento

      Dirección de Cooperación Internacional

  3. Coordinación de Comunicación

    Dirección de Contenidos, Producción Editorial y Audiovisual

    1. Unidad de Asuntos Jurídicos

      ...

      ...

    2. Unidad de Administración y Finanzas

      ...

      ...

      ...

      ...

    3. Secretaría Ejecutiva de la CIBIOGEM

      ...

      ...

    4. Órgano Interno de Control

      ...

      ...

      ...

Artículo 21

Corresponde a los titulares de las Unidades Administrativas las siguientes facultades:

  1. a XXI. ...

  2. Las anteriores y todas las facultades que tenga atribuidas podrá realizarlas la Unidad Administrativa por sí o a través de la estructura orgánica bajo su cargo, sin perjuicio de conservar su ejercicio directo.

    En su caso, supervisar la operación de las coordinaciones que se encuentren a su cargo.

  3. Las demás que establezcan las disposiciones legales y administrativas aplicables, el presente Estatuto Orgánico y las que le sean encomendadas por el Director General y, en su caso, el titular de la Dirección Adjunta o Unidad a la que se encuentren adscritos, en el ámbito de sus competencias.

Artículo 22 ...
  1. a IX. ...

  2. En conjunto con la Unidad de Planeación, Comunicación y Cooperación Internacional impulsar programas de formación de vocaciones científicas y coadyuvar en el desarrollo de programas destinados a la difusión y apropiación social del conocimiento y la promoción de la cultura científica, tecnológica y de innovación.

  3. a XII. ...

Artículo 25

Corresponde a la Unidad de Planeación, Comunicación y Cooperación Internacional:

  1. a V. ...

  2. Elaborar anualmente los indicadores de las Actividades Científicas y Tecnológicas, así como la Cuenta Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.

  3. a XI. ...

  4. Dirigir la instrumentación, coordinación, ejecución, operación, seguimiento y evaluación anual del Programa Especial.

  5. Coordinar la implementación y presentación de resultados del Programa Anual de Evaluación del Consejo.

  6. Coordinar las actividades relacionadas con el diseño, revisión y seguimiento de la Matriz de Indicadores de Resultados de los programas presupuestarios del Consejo.

  7. Establecer y verificar la aplicación y resultados de la metodología, lineamientos e indicadores de evaluación de programas y fondos científicos y tecnológicos.

  8. Coordinar la alineación de reglas de operación de programas y fondos con la política de ciencia, tecnología e innovación del país, así como con los sistemas de información del Consejo y los programas anuales de evaluación.

  9. Planear la coordinación del Comité lntersecretarial para la Integración del Presupuesto Federal en materia de ciencia, tecnología e innovación.

  10. Conducir y administrar el SINECYT, fijando sus objetivos, funciones y forma de organización dentro de las disposiciones normativas que al efecto se expidan.

  11. Representar al Consejo en materia de planeación, elaboración de estadísticas e indicadores, así como en los ámbitos en que sea requerido, con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, entre otros.

  12. Planear prioridades y criterios de asignación del gasto en ciencia, tecnología e innovación del Ramo Presupuestal del Consejo, en coordinación con las Unidades Administrativas correspondientes.

  13. Determinar, en coordinación con la Unidad de Administración y Finanzas, la integración de la propuesta de estructura programática y la elaboración de la exposición de motivos del Presupuesto de Egresos de la Federación a emplear en cada ejercicio presupuestal.

  14. Establecer vínculos con los proyectos, organismos y editores asociados a las publicaciones científicas periódicas y coordinar acciones para conformar una política de desarrollo en este ámbito a nivel nacional.

  15. Integrar y coordinar la implementación del Programa Anual de Evaluación del Consejo, vigilando el cumplimiento de la normativa establecida en la materia para los programas públicos federales, así como para las dependencias y entidades de la administración pública federal.

    Diseñar la estrategia de evaluación de los resultados y el...

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