Acuerdo relativo a diversos aspectos inherentes a la presentación de las declaraciones de situación patrimonial y de intereses 2020, en sus modalidades inicial, modificación y conclusión.

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EmisorConsejo de la Judicatura Federal

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Contraloría del Poder Judicial de la Federación.- Dirección General de Substanciación, Registro y Seguimiento de la Evolución Patrimonial. En sesión ordinaria del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, celebrada el veintiocho de octubre de dos mil veinte, se aprobó por unanimidad de siete votos, el siguiente:

ACUERDO RELATIVO A DIVERSOS ASPECTOS INHERENTES A LA PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES 2020, EN SUS MODALIDADES INICIAL, MODIFICACIÓN Y CONCLUSIÓN.

"PRIMERO.- Se instruye a la Dirección General de Tecnologías de Información para que, en coordinación con la Contraloría del Poder Judicial de la Federación ajuste el formato de la modalidad de Modificación para las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses, a fin de incorporar un campo relativo al monto total de pagos anuales realizados a cada una de las tarjetas de crédito y/o departamentales reportadas.

SEGUNDO.- Se instruye que las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses, en la modalidad de Modificación 2020, correspondiente al ejercicio 2019, se presenten del 3 de noviembre al 31 de diciembre de 2020.

TERCERO.- A partir del 3 de noviembre de 2020, se reanudan los plazos para la presentación de las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses en sus modalidades de Inicio y Conclusión, en los términos siguientes:

Para los servidores públicos que, al 25 de marzo de 2020, ya les había comenzado a correr el plazo, éste se reanudará a partir del próximo 3 de noviembre, únicamente por el remanente correspondiente a los 60 días naturales que prevé el artículo 41, fracciones I y III, del Acuerdo General del Pleno de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas, vigente.

Ahora bien, para quienes causaron alta y/o baja durante el periodo de suspensión de los plazos para presentar las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses en sus modalidades de Inicio y Conclusión, esto es, entre el 25 de marzo y el 2 de noviembre de 2020, el plazo de 60 días naturales a que se refieren la disposición citada en el párrafo que antecede, empezará a computarse a partir del próximo 3 de noviembre.

Con relación a los servidores públicos que presentaron las Declaraciones de Situación Patrimonial y de...

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