Acuerdo Secretarial número 166/2020 por el que se hace del conocimiento público, las prórrogas en trámites y los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en la Autoridad Marítima Nacional, con motivo de la contingencia coronavirus (COVID-19).

Fecha de disposición08 Abril 2020
Fecha de publicación08 Abril 2020
EmisorSECRETARIA DE MARINA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Marina.- Secretario.

ACUERDO SECRETARIAL NÚM. 166/2020

JOSÉ RAFAEL OJEDA DURÁN, Almirante Secretario de Marina, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 90, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2o., fracción I, 12, 14, primer párrafo, 18 y 30, fracciones V, incisos a), b) y d), VII, VII Ter y XXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 1, 6, fracciones I, XIX y XX, 16 Bis, 16 Ter y 16 Quáter del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina, y

CONSIDERANDO

Que la Secretaría de Marina como dependencia de la Administración Pública Federal centralizada, a través de la Ventanilla de Gestión de Trámites de la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos, así como de las Capitanías de Puerto ubicadas en ambos litorales del Estado mexicano, lleva a cabo actos, trámites y procedimientos administrativos;

Que, ante los niveles de propagación del brote de neumonía denominado como la enfermedad por coronavirus COVID-19, el once de marzo de dos mil veinte, la Organización Mundial de la Salud, declaró que la referida enfermedad pasó de ser una epidemia a una pandemia y recomienda que los países con base en su legislación interna y en pleno ejercicio de su soberanía, tomen medidas tempranas y firmes de contención y control para detener, contener, controlar, retrasar y reducir el impacto del virus, como son la cuarentena nacional, estado de emergencia, entre otras;

Que, como parte de las acciones tomadas por el Gobierno Federal, el Consejo de Salubridad General por Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, del treinta de marzo de dos mil veinte, declaró como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) y la Secretaría de Salud mediante Acuerdo que publicó en el mencionado periódico oficial, el treinta y uno del mismo mes y año, estableció como acción extraordinaria para atender la emergencia, la suspensión inmediata, del treinta de marzo al treinta de abril del año en curso, de las actividades no esenciales, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión...

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