Acuerdo Secretarial número 396/2019 mediante el cual se emiten las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios de la Secretaría de Marina.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEMAR.- Secretaría de Marina.- Secretario.

ACUERDO SECRETARIAL NÚM. 396/2019

JOSÉ RAFAEL OJEDA DURÁN, Almirante Secretario de Marina, con fundamento en los artículos 2o, fracción I y 30, fracción XXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 1, 5, 6, fracciones XVI y XX del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina; y

CONSIDERANDO

Que la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, establece que los titulares de las secretarías emitirán las políticas, bases y lineamientos en las materias que regula dicha ley, en las cuales se definen los criterios para la adquisición, arrendamiento de bienes muebles y la prestación de servicios de cualquier naturaleza, dictaminados por Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la dependencia;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el doce de julio de dos mil diecinueve, en su objetivo nacional "Política y Gobierno", tiene como propósito tipificar la corrupción como delito grave, prohibir las adjudicaciones directas, monitorear en línea y en tiempo real el dinero para adquisiciones y realizar verificaciones obligatorias de los precios de mercado antes de cualquier adquisición, y

Que en la Décima Primera Sesión Ordinaria celebrada el veintidós de marzo del dos mil diecinueve, el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de Marina, aprobó las Políticas, Bases y Lineamientos en esas materias; por lo que he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO

PRIMERO.- Se emiten las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios de la Secretaría de Marina (POBALINES), las cuales tienen el propósito de regular los procedimientos para la adquisición de bienes muebles, así como la contratación de arrendamientos y de los servicios previstos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

SEGUNDO.- Las POBALINES son de observancia obligatoria para las unidades y establecimientos de la Secretaría de Marina, que intervengan directa o indirectamente en los procedimientos de contratación que regula esas materias.

TERCERO.- Las POBALINES se encontrarán disponibles para su consulta en el siguiente enlace del portal de internet gob.mx www.semar.gob.mx/2019/pobalinessemar2019/Politicas,BasesyLineamientosenMateriadeAdquisiciones,ArrendamientosyServiciosdelaSecretariadeMarina.pdf

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Todos los procedimientos que hayan iniciado antes de la entrada en vigor del presente Acuerdo, continuarán su trámite en términos de las POBALINES vigentes al momento del inicio del procedimiento de contratación hasta su total conclusión.

TERCERO.- Se deja sin efectos el Acuerdo Secretarial 214 del ocho de abril de dos mil diecinueve.

"COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE"

Dado en la Ciudad de México, el veintinueve de julio de dos mil diecinueve.- El Secretario de Marina, Almirante José Rafael Ojeda Durán.- Rúbrica.

SEMAR

SECRETARÍA DE MARINA

POLÍTICAS, BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE LA SECRETARÍA DE MARINA

ÍNDICE

  1. INTRODUCCIÓN

  2. GLOSARIO DE TÉRMINOS.

  3. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y MATERIA QUE REGULA

  4. POLÍTICAS

  5. BASES Y LINEAMIENTOS

    1. Obligaciones y responsabilidades específicas de cada área de la SEMAR y de los servidores públicos que intervienen en las diferentes etapas de la contratación.

      1. Área responsable de elaborar y actualizar el programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios.

      2. Niveles jerárquicos de los servidores públicos autorizados para firmar requisiciones o solicitudes de bienes o servicios, así como forma en que se deberá documentar tal solicitud.

      3. Área encargada y criterios que deberán emplearse para realizar el estudio de factibilidad que se requiera para determinar la conveniencia de la adquisición, mediante arrendamiento con opción a compra.

      4. Área responsable de efectuar el estudio de costo beneficio y criterios para determinar la conveniencia de la adquisición de bienes muebles usados o reconstruidos, la solicitud del avalúo y nivel jerárquico del servidor público responsable de autorizar dicha contratación.

      5. Cargo de los servidores públicos y áreas responsables de realizar la investigación de mercado.

      6. Nivel jerárquico del servidor público responsable de autorizar la consolidación de adquisiciones, arrendamientos y servicios con otras dependencias y entidades, así como la consolidación de los bienes, arrendamientos o servicios de diversas Unidades y Establecimientos de la SEMAR.

      7. Nivel jerárquico del servidor público responsable de implementar Compras Consolidadas entre diferentes Unidades Administrativas de la SEMAR.

      8. Áreas responsables para determinar la conveniencia de celebrar contratos abiertos, criterios para determinar los bienes o servicios que pueden ser adquiridos o arrendados bajo la modalidad de contrato abierto y áreas responsables de supervisar el cumplimiento de dichos contratos.

      9. Niveles jerárquicos de los servidores públicos facultados para llevar a cabo los diversos actos de los procedimientos de contratación.

      10. Solicitud de cancelación de partidas o procedimientos de contratación.

      11. Responsable de llevar a cabo las evaluaciones técnica, legal y económica de las proposiciones.

      12. Área responsable y criterios para determinar los casos en que la contratación deberá ser plurianual o previa al inicio del ejercicio fiscal siguiente de aquél en que dicha contratación se formalice, así como la manera en que habrán de aplicarse, atendiendo a las previsiones presupuestales correspondientes.

      13. Forma en que deben acreditarse los supuestos de excepción a la licitación pública a que hace referencia el artículo 41 de la Ley y cargo del servidor público facultado para dictaminar su procedencia.

      14. Cargo del servidor público del área responsable de elaborar y dar seguimiento al programa de desarrollo de proveedores y a los programas que tengan por objeto promover la participación de las empresas nacionales, en especial de las MIPYMES.

      15. Área responsable de incorporar la información a CompraNet para que se integre y mantenga actualizado el Registro Único de Proveedores.

      16. Áreas responsables de la contratación, elaborar los modelos de convocatorias y contratos, y

        formalización.

      17. Plazo de vigencia.

      18. Plazo de ejecución.

      19. Plazo de entrega.

      20. Modificación.

      21. Criterios relativos a los contratos celebrados en el extranjero.

      22. De las encargadas de administrar los contratos.

      23. De la ejecución de los trabajos.

      24. Cargos de los servidores públicos facultados para autorizar el pago de suscripciones, seguros u otros servicios.

      25. Área y nivel jerárquico del servidor público responsable para determinar la conveniencia de incluir una cláusula de arbitraje en el contrato o para la firma del convenio escrito posterior a la suscripción de aquél.

      26. Cargo del servidor público responsable y criterios para determinar la cancelación de una licitación pública, invitación a cuando menos tres personas y adjudicación directa.

      27. Rescisión Administrativa de un contrato.

      28. Terminación Anticipada de un contrato.

      29. La suspensión del contrato de prestación de un servicio.

      30. Los gastos no recuperables a cubrir por una cancelación de licitación pública, invitación a cuando menos tres personas y adjudicación directa, por la falta de firma del contrato por causas imputables a la SEMAR.

      31. Las consideraciones necesarias para elaborar el finiquito en el caso de rescisión administrativa.

      32. Área responsable de determinar montos menores de las garantías de cumplimiento de los contratos, sustitución de las garantías señaladas en la Ley de Tesorería de la Federación y el mecanismo de comunicación a la TESOFE de los movimientos de las garantías presentadas por Proveedores.

      33. Áreas responsables de tramitar y formular la solicitud de pago de las facturas que presenten los proveedores y criterios aplicables.

      34. Nivel jerárquico de los servidores públicos que harán constar el cumplimiento de obligaciones derivadas del contrato.

      35. Nivel jerárquico de los servidores públicos encargados de proponer modificaciones a las POBALINES, así como la forma en que dichas propuestas serán atendidas por el comité de adquisiciones, arrendamientos y servicios de la SEMAR, el plazo en que serán sometidas a la consideración del titular de la SEMAR y su difusión en los términos del Reglamento correspondiente.

    2. Aspectos particulares aplicables durante los procedimientos de contratación.

      1. Forma en que se acreditará que la dependencia o entidad que funja como proveedor, cuenta con la capacidad para entregar los bienes o prestar los servicios materia de los contratos que celebra con los sujetos a que se refiere el artículo 1o. párrafo quinto de la Ley.

      2. Criterios que deberán emplearse para llevar a cabo el estudio de factibilidad que se requiera para determinar la conveniencia de la adquisición, arrendamiento, o arrendamiento con opción a compra de bienes, de conformidad con el artículo 12 de la Ley.

      3. Determinación de los bienes, arrendamientos o servicios de las unidades administrativas que pueden...

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