Acuerdo por el que se señalan los días inhábiles para el Centro de Investigación y Asistencia en Tecnología y Diseño del Estado de Jalisco A.C., para el periodo que se indica.

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EmisorConsejo Nacional de Ciencia y Tecnología

Al margen un logotipo, que dice: Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.- Centro de Investigación y Asistencia en Tecnología y Diseño del Estado de Jalisco A.C.

ACUERDO POR EL QUE SE SEÑALAN LOS DIAS INHÁBILES PARA EL CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y ASISTENCIA EN TECNOLOGÍA Y DISEÑO DEL ESTADO DE JALISCO A.C., PARA EL PERIODO QUE SE INDICA

EUGENIA DEL CARMEN LUGO CERVANTES, Titular del Centro de Investigación y Asistencia en Tecnología y Diseño del Estado de Jalisco, A.C., Entidad Paraestatal de la Administración Pública Federal y Centro Público de Investigación del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, de conformidad en lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 74 de la Ley Federal del Trabajo, 1o., 3o., fracción II y 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal: 1o., 2o., 3o., 12, 37 y 59, fracción V de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 3o. de su Reglamento, 1o., fracción VII, 3o., fracción V y 47 de la Ley de Ciencia y Tecnología, así como del artículo 36 del Estatuto General del Centro de Investigación y Asistencia en Tecnología y Diseño del Estado de Jalisco, A.C. y

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo es el Ordenamiento legal que regula los actos, procedimientos y resoluciones de la Administración Pública y Federal, incluyendo a las entidades paraestatales, estableciendo en su artículo 28 que las actuaciones y diligencias deben ser practicadas en días y horas hábiles, señalando como inhábiles los días sábados, domingos, el 1 de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1 de mayo, 5 de mayo, 1 y 16 septiembre, 20 de noviembre, 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, y 25 de diciembre, así como los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspenderán las labores, los que se harán del conocimiento público mediante acuerdo del Titular, que será publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Que la Ley Federal del Trabajo establece en su artículo 74 como días inhábiles el 1 de enero; el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; el 1 de mayo; el 16 de septiembre; el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; el 1 de diciembre de cada seis año, cuando corresponda a la transmisión del...

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