Acuerdo por el que se crea el Sistema Nacional de Alerta de Tsunamis

Fecha de disposición08 Mayo 2012
Fecha de publicación08 Mayo 2012
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. ALEJANDRO POIRE ROMERO, Secretario de Gobernación, con fundamento en los artículos 12, 14, 16, y 27, fracción XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 12 de la Ley General de Protección Civil, 10, fracciones I y III del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y

CONSIDERANDO

Que conforme a la Ley General de Protección Civil corresponde a la Secretaría de Gobernación la coordinación ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Civil (SINAPROC), la cual tiene, entre otras atribuciones, la de crear las instancias, mecanismos, instrumentos y procedimientos de carácter técnico operativo, de servicios y logística que permitan prevenir y atender la eventualidad de un desastre;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 Eje 1, Estado de Derecho y Seguridad, se propuso en materia de protección civil, en su objetivo 13 "preservar la integridad física y el patrimonio de los mexicanos por encima de cualquier otro interés.". Asimismo, en su estrategia 13.2 establece fortalecer la concurrencia de las Fuerzas Armadas y de los gobiernos estatales y municipales en la preparación, ejecución y conducción de los planes de auxilio correspondientes en el marco del SINAPROC;

Que el Programa Nacional de Protección Civil 2008-2012 (Programa) establece en su objetivo específico 2: Investigación, Ciencia y Tecnología, Estrategia 3: Ciencia e Investigación, Meta 3, línea de acción 20 consolidar y ampliar las líneas de investigación del Centro Nacional de Prevención de Desastres para lograr medidas eficaces de prevención y mitigación de riesgos debidos a fenómenos naturales y antrópicos;

Que el Programa prevé en su línea de acción 22 propiciar el acercamiento entre investigadores, universidades, centros de educación superior, colegios de profesionistas y centros de investigación técnica y documental de todo el país para ampliar la base del conocimiento sobre el manejo integral de riesgos y para conocer y profundizar sobre las causas y consecuencias de los fenómenos perturbadores, la naturaleza de los riesgos y las acciones de mitigación;

Que el Programa en su línea de acción 28 establece que se deberán fortalecer y desarrollar tecnologías para el monitoreo y alertamiento de fenómenos perturbadores con el propósito de contar con más y...

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