Acuerdo SNBP/001/2019 por el que se aprueba la creación del Mecanismo Extraordinario de Identificación Forense.

Fecha de disposición19 Marzo 2020
Fecha de publicación19 Marzo 2020
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional de Búsqueda.

ACUERDO SNBP/001/2019 POR EL QUE SE APRUEBA LA CREACIÓN DEL MECANISMO EXTRAORDINARIO DE IDENTIFICACIÓN FORENSE

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 6, 44, 45, 46, 49, fracciones VI, XII y XVII, 50, 53, fracciones XXVI y XXVII, 68, 70, fracciones XXI y XXV, 79, 99, 111, 112, 113, 115, 119, 126, 128, 129 y 135 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, así como artículos 12, fracción XIII, 19 y 21 de la Ley General de Víctimas, el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas tomó las siguientes:

CONSIDERACIONES

Que la Estrategia Nacional de Seguridad, la Prevención Especial de la Violencia y el Delito, contenida en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, prevé que se pondrá especial énfasis en el combate a los crímenes que causan mayor indignación social como los delitos sexuales, la violencia de género en todas sus expresiones, la desaparición forzada, el secuestro y el asalto en transporte público;

Que el país enfrenta una crisis en la operación de los servicios forenses, por el gran número de cuerpos que no han podido identificarse, lo cual dificulta la tarea de las instituciones encargadas de prestar estos servicios al no contar con los recursos técnicos, humanos y financieros necesarios;

Que el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas funciona de manera transversal, pues permite la articulación de las dependencias de seguridad pública y las de procuración de justicia para la búsqueda de personas, así como para la investigación de los delitos asociados. A pesar de que se cuenta con un marco normativo que regula la coordinación entre las distintas autoridades competentes para la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas y no localizadas, ante la grave crisis forense por la que atraviesa el país, se dificulta la tarea de las instituciones encargadas de prestar estos servicios al no contar con los recursos técnicos, humanos y financieros necesarios;

Que, en consecuencia, es necesario implementar una intervención extraordinaria y eficaz del Estado en materia de identificación forense, que requiere una actuación coordinada, planificada y participativa de todas las instituciones involucradas en la búsqueda e identificación de las personas desaparecidas;

Que el presente Gobierno ha tenido diálogo constante con las familias de las personas desaparecidas, organizaciones de la sociedad civil y organizaciones internacionales en relación, entre otros, con la crisis forense y la necesidad de combatirla de forma tanto ordinaria como extraordinaria, y

Que en ese contexto, las instituciones integrantes del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas adoptan por mayoría...

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