Acuerdo SS/16/2020 por el que se da a conocer el Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

EdiciónMatutina
EmisorTribunal Federal de Justicia Administrativa

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Pleno General de la Sala Superior.

ACUERDO SS/16/2020.

REGLAMENTO INTERIOR DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA

El Pleno General de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 16, fracción III, de su Ley Orgánica, y

CONSIDERANDO

Que en razón del Decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; La Ley General de Responsabilidades Administrativas, y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016, surge la necesidad de emitir una nueva reglamentación interna que permita llevar a la práctica las disposiciones de la Ley.

Que, en ese sentido, el Reglamento Interior de este Tribunal se ocupará, entre otras materias dispuestas por la Ley Orgánica, de determinar las regiones, sede y número de Salas Regionales, Especializadas, Auxiliares y Mixtas del Tribunal; así como de la distribución de funciones y competencias entre el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior y sus Secciones.

Que con la finalidad de que el Tribunal pueda hacer frente a emergencias sanitarias o circunstancias de urgencia que lo ameriten, se establecen las bases normativas que permiten la realización de las actividades esenciales relativas a la impartición de justicia administrativa y el trabajo a distancia haciendo uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, así como realizar sesiones de resolución a través de plataformas tecnológicas que posibiliten a las partes y al público en general seguir su desarrollo en tiempo real.

Que con la nueva reglamentación se propone dotar al Tribunal de normas internas que le permitan realizar los estudios requeridos que provean de mayor y mejor información para la toma de decisiones jurisdiccionales, administrativas y técnicas; que descanse en una planeación estratégica dinámica, y que garantice un manejo de los recursos presupuestales, materiales y técnicos que cumpla estrictamente los requerimientos legales de eficiencia y transparencia.

Que es necesario que la reglamentación propuesta contenga los preceptos básicos que sirvan de marco a las normas técnicas, acuerdos, lineamientos, criterios, programas y demás disposiciones obligatorias que deba emitir la Junta de Gobierno y Administración para garantizar el buen funcionamiento del Tribunal, así como para el cumplimiento efectivo de las competencias que le señala el artículo 23 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, preservando la autonomía técnica y de gestión que la propia Ley le ha conferido a sus actos;

Que, habida cuenta que la Ley contiene una serie de preceptos que presuponen la concurrencia de los diversos Órganos que integran el Tribunal en la función de impartición de justicia administrativa, se estima necesario distinguir con precisión las áreas de competencia de cada uno de ellos y fijar principios y definiciones que regulen su participación coordinada, cuando la Ley así lo determine, y, de esta forma, garantizar la eficacia y transparencia de las tareas encomendadas;

Que, toda vez que la Junta de Gobierno y Administración, en cumplimiento de la función que le asigna expresamente la Ley, ha remitido a esta instancia el Proyecto de Reglamento Interior, mismo que ha sido objeto de estudio, aclaraciones, modificaciones y adiciones que se estimaron pertinentes por parte de las y los integrantes del Pleno General de la Sala Superior, este Órgano Colegiado ha tenido a bien expedir el siguiente:

REGLAMENTO INTERIOR DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA.

Título Primero

Órganos del Tribunal.

Capítulo I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 138
Artículo 1 El presente ordenamiento establece las normas jurídicas que regulan la organización y funcionamiento del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, para el despacho de los asuntos que le encomienda su Ley Orgánica y demás ordenamientos legales y administrativos, así como para el ejercicio de su autonomía presupuestaria.

Este Reglamento norma la forma de operación de las Comisiones Consultivas, y establece las bases de la Planeación Estratégica del Tribunal y de los instrumentos programáticos para su seguimiento y evaluación.

Los órganos superiores que instituye este Reglamento, así como sus titulares e integrantes, se coordinarán para cumplir con las facultades y deberes institucionales que les competen.

Artículo 2

Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

  1. Centro de Estudios: El Centro de Estudios Superiores en Materia de Derecho Fiscal y Administrativo del Tribunal Federal de Justicia Administrativa;

  2. Estatuto: El Estatuto del Sistema Profesional de Carrera Jurisdiccional del Tribunal;

  3. Juicio tradicional: El juicio contencioso administrativo federal que se substancia recibiendo las promociones y demás documentales en manuscrito o impresos en papel, y formando un expediente también en papel, donde se agregan las actuaciones procesales, incluso en los casos en que sea procedente la vía sumaria, o el juicio de resolución exclusiva de fondo;

  4. Juicio en línea: Substanciación y resolución del juicio contencioso administrativo federal en todas sus etapas, así como de los procedimientos previstos en el artículo 58 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, a través del Sistema de Justicia en Línea, incluso en los casos en que sea procedente la vía sumaria;

  5. Juicio en la vía ordinaria: El juicio contencioso administrativo federal en todos los casos que prevé la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo con excepción de los supuestos referidos en el Capítulo XI del Título II de dicha Ley;

  6. Juicio en la vía Sumaria: El juicio contencioso administrativo federal en aquellos casos a los que se refiere el Capítulo XI del Título II de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo;

  7. Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo: El juicio contencioso administrativo federal a que se refiere el Capítulo XII del Título II de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo;

  8. Junta: La Junta de Gobierno y Administración;

  9. Ley: La Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa;

  10. Ley de Transparencia: La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública;

  11. Ley de Protección de Datos Personales: La Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados;

  12. Pleno General: El órgano que se conforma por el Presidente del Tribunal, por los trece Magistrados que integran las Secciones de la Sala Superior y por los dos Magistrados de la Sala Superior que forman parte de la Junta de Gobierno y Administración;

  13. Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior: El órgano integrado por el Presidente del Tribunal y por los diez Magistrados integrantes de la Primera y Segunda Secciones de la Sala Superior;

  14. Presidente: El Presidente del Tribunal, de la Sala Superior, del Pleno General, del Pleno Jurisdiccional y de la Junta;

  15. Reglamento: El presente Reglamento Interior;

  16. Revista: El medio de comunicación electrónico, a través del cual se dan a conocer las jurisprudencias, los precedentes o las tesis aisladas, emitidos por el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior o las Secciones, así como los criterios aislados emitidos por las Salas Regionales, Especializadas o Auxiliares del Tribunal; también se podrán realizar ediciones impresas de la Revista para una mayor difusión de las resoluciones mencionadas;

  17. Manuales y otras normativas emitidas por el Pleno General o la Junta: Son las disposiciones, lineamientos, instructivos o circulares, que obliguen a los servidores públicos del mismo a partir de su publicación en los medios electrónicos de la institución y/o en el Diario Oficial de la Federación;

  18. Salas Regionales: Las Salas a que se refiere el artículo 28 de la Ley, que podrán ser Ordinarias, Auxiliares, Especializadas o Mixtas;

  19. Salas Regionales Ordinarias: Las Salas Regionales a que se refiere el artículo 28, fracción I, de la Ley;

  20. Salas Auxiliares: Las Salas Regionales a que se refiere el artículo 28, fracción II, de la Ley;

  21. Salas Especializadas: Las Salas Regionales a que se refiere el artículo 28, fracción III, de la Ley;

  22. Salas Regionales Mixtas: Las Salas Regionales a que se refiere el artículo 28, fracción IV, de la Ley;

  23. Sala Superior: El órgano integrado por los dieciséis Magistrados que opera en términos de lo dispuesto por los artículos 7 y 8 de la Ley;

  24. Secciones: Integradas por la Primera y Segunda del Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior, y la Tercera relativa a Responsabilidades Administrativas Graves de la Sala Superior;

  25. Sistema de Control y Seguimiento de Juicios: La plataforma tecnológica del Tribunal donde se registrarán electrónicamente las demandas, promociones, acuerdos, sentencias y demás actuaciones jurisdiccionales que realicen el Pleno Jurisdiccional, las Secciones, las Salas Regionales Ordinarias, Especializadas, Auxiliares y/o Mixtas del Tribunal, así como los Magistrados Instructores y demás personal que cuente con un usuario y clave de acceso, tal y como se prevé en el Título Cuarto, capítulo I de este...

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