Acuerdo por el que se suspenden las labores del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial durante el periodo diciembre 2020-enero 2021.

EdiciónMatutina
EmisorInstituto Mexicano de la Propiedad Industrial

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. JUAN ALFREDO LOZANO TOVAR, Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con fundamento en los artículos 17, 22 y 59 fracciones I, V y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 6, 8, 10 y 21 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; 4o. del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial; 1o., 3o. fracción II, 4o. y 6o. BIS del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y 1o., 4o., 5o. fracción II, y 10 de su Estatuto Orgánico, y

CONSIDERANDO

Que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, autoridad administrativa en la materia, tiene adscrito al personal requerido para el desarrollo y cumplimiento de las facultades conferidas por la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial;

Que la legislación en materia de trabajo establece como derecho de los trabajadores el gozar de vacaciones, mismas que son divididas en dos periodos al año, cada uno de diez días hábiles, y que serán señalados anualmente;

Que desde la creación del Instituto, el segundo periodo vacacional de sus trabajadores ha coincidido con el mismo periodo vacacional del mes de diciembre establecido por el Calendario Escolar de la Secretaría de Educación Pública, en concordancia con el artículo 76 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, disposición que rige de manera transversal para toda la Administración Pública Federal;

Que para el ejercicio 2020 el Calendario Escolar fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de agosto de 2020, mediante Acuerdo número 15/08/20 por el que se establecen los calendarios escolares para el ciclo lectivo 2020-2021, aplicables en toda la República para la educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica;

Que el empatar el segundo periodo vacacional de este Organismo con el Calendario Escolar redunda en el bienestar de sus trabajadores, ya que facilita el desarrollo de actividades de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR