Aclaración al Acuerdo por el que se reforman, adicionan y derogan diversos numerales de las Reglas de Operación del Fideicomiso 2106 Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos 1942-1964

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Gobernación

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Fideicomiso de Administración del Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos fid. 2106. ACLARACION AL ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSOS NUMERALES DE LAS REGLAS DE OPERACION DEL FIDEICOMISO 2106 FONDO DE APOYO SOCIAL PARA EX TRABAJADORES MIGRATORIOS MEXICANOS 1942-1964, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EN SU EDICION VESPERTINA EL DIA 14 DE OCTUBRE DE 2008, EN SUS NUMERALES 4.1. DE LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS; 6.1. RECEPCION DE DOCUMENTOS; 6.3.1. DESIGNACION DEL SERVIDOR PUBLICO FACULTADO; 6.3.2. DOCUMENTACION QUE SE DEBERA PRESENTAR A LA FIDUCIARIA PARA INSTRUIR LA ENTREGA DE APOYOS SOCIALES; 6.3.3, ENTREGA DE APOYO SOCIAL; TRANSITORIO CUARTO; Y EL ULTIMO PARRAFO.

Página 4

Dice:

4.1 DE LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS.

Si de la revisión y cotejo que realice la DEPENDENCIA COORDINADORA se encontraran inconsistencias en los nombres o apellidos del Ex Trabajador Migratorio, del Cónyuge o del hijo o hija, en la documentación presentada, ésta se considerará procedente para efecto de la entrega de apoyo social, siempre y cuando se sitúen en los siguientes supuestos:

I) Cuando el ex trabajador migratorio mexicano tenga dos o más nombres y en el documento probatorio a que se refiere la fracción III del numeral cuarto, sólo aparezca uno de ellos y en la identificación aparezcan los dos o viceversa.

II) Cuando por error ortográfico, no coincidan los nombres o apellidos en el documento probatorio a que se refiere la fracción III del numeral cuarto con la identificación oficial, se deberá anexar carta o constancia de identidad, en los términos de la legislación federal y/o estatal aplicable.

III) Cuando el nombre o los apellidos del ex trabajador migratorio mexicano estén compuesto por la letra ñ y en el documento probatorio a que se refiere la fracción III del numeral cuarto, en el nombre o los apellidos del ex trabajador migratorio mexicano no se contemple, pero si en la identificación oficial.

IV) Cuando en cualquiera de los documentos probatorios, Actas del Registro Civil que hubiere exhibido el ex trabajador migratorio, o bien su cónyuge o hijos según sea el caso, no coincidan sus apellidos por estar estos invertidos, o exista error mecanográfico o aparezca una letra o un conjunto de letras que presuman la abreviatura del resto de sus nombres, pero de los mismos se desprendan los apellidos reales, así como el verdadero orden de estos, y exista coincidencia con los plasmados en la identificación oficial, se tendrán como documentos válidos, teniendo como prueba indubitable de la personalidad jurídica, aquel que se desprende de la identificación oficial.

Debe decir:

4.1 DE LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS

...

I) ...

II) Cuando por error ortográfico, mecanográfico o bien, por abreviaturas en los nombres, no coincidan los nombres o apellidos en el documento probatorio a que se refiere la fracción III del numeral cuarto con la identificación oficial, se deberá anexar carta o constancia de identidad, o en su caso la resolución emitida por autoridad jurisdiccional competente en términos de la legislación federal y/o estatal aplicable.

III)...

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