Circular CONSAR 01-3, Modificaciones y adiciones a las reglas generales que establecen el procedimiento para obtener autorización para la constitución y operación de administradoras de fondos para el retiro y sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro

Fecha de disposición12 Mayo 2004
Fecha de publicación12 Mayo 2004
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

CIRCULAR CONSAR 01-3, Modificaciones y adiciones a las reglas generales que establecen el procedimiento para obtener autorización para la constitución y operación de administradoras de fondos para el retiro y sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

CIRCULAR CONSAR 01-3

MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL PROCEDIMIENTO PARA OBTENER AUTORIZACION PARA LA CONSTITUCION Y OPERACION DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO.

El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 5o. fracciones II y VI, 12 fracciones I, IV, VIII y XVI y 47 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, ha tenido a bien expedir las siguientes:

MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL PROCEDIMIENTO PARA OBTENER AUTORIZACION PARA LA CONSTITUCION Y OPERACION DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO

UNICA.- Se MODIFICAN las fracciones III y IV de la regla segunda, las fracciones IV y V de la regla trigésima primera y la regla trigésima segunda; se ADICIONA una fracción V a la regla segunda y un segundo párrafo a la regla trigésima primera, y se DEROGA la fracción VI de la regla trigésima primera de la Circular CONSAR 01-1, adicionada por la Circular CONSAR 01-2, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 10 de octubre de 1996, y 18 de agosto de 2000, respectivamente, para quedar en los siguientes términos:

SEGUNDA.- ...

  1. y II. ...

  2. Administradoras, a las Administradoras de Fondos para el Retiro;

  3. Sociedades de Inversión, a las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro, y

  4. Sociedades de Inversión Adicionales, a las Sociedades de Inversión cuya solicitud de autorización se presente por una Administradora en operación.

    TRIGESIMA PRIMERA.- ...

  5. a III. …

  6. Proyecto de escritura constitutiva de la Sociedad de Inversión adicional, y

  7. Proyecto de prospecto de información y folleto explicativo, los cuales deberán cumplir con los requisitos establecidos en las reglas aplicables a los mismos.

  8. (Se deroga).

    La Comisión remitirá un tanto de la solicitud e información adjunta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR