Oficio-Circular por el que se establecen modificaciones, adiciones y derogaciones al Acuerdo por el que se expide el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal
Fecha de disposición | 26 Diciembre 2002 |
Fecha de publicación | 26 Diciembre 2002 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
OFICIO-Circular por el que se establecen modificaciones, adiciones y derogaciones al Acuerdo por el que se expide el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Egresos.
OFICIO CIRCULAR 801.1.- 0946
CC. Titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal Presentes.
Con fundamento en los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 5o. y 38 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 3o. del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 7o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y 1 párrafo segundo del Acuerdo por el que se expide el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir las siguientes:
MODIFICACIONES, ADICIONES Y DEROGACIONES AL ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL MANUAL DE NORMAS PRESUPUESTARIAS PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
Se MODIFICAN los artículos 5 fracción IV; 11 párrafo segundo; 12 fracción III; 13 párrafo primero, fracciones III, IV y párrafo segundo; 14 párrafo segundo; 17; 18 fracciones II a XIII del párrafo primero y párrafo segundo; 20 fracción III; 42 fracciones I inciso d) y párrafo segundo de esta fracción, y III incisos c), e) subincisos i) a iv), f), g) subinciso iii), h) subinciso ii) y l); 43 fracción II inciso c) y párrafo tercero; 54 párrafo primero; 77 fracciones I y II; 92 fracción I; 101 párrafo primero; 119 párrafo cuarto; 121 párrafo segundo; 126 párrafo primero, fracciones I y II, y 133 fracción I; se ADICIONAN los artículos 18 fracciones II y XIV, quedando las anteriores II a XII como III a XIII, respectivamente, y la anterior XIII como XV, y un párrafo cuarto; 42 fracción III inciso e), subincisos iv) y vi), y el anterior subinciso iv) pasa a ser v), y párrafos segundo y tercero a dicho artículo; 121 último párrafo; 126 fracciones I párrafo tercero y II párrafos segundo y tercero; 131 fracción I inciso h), y 159 párrafo tercero y los actuales tercero a quinto pasan a ser cuarto a sexto, respectivamente; y se DEROGAN los artículos 12 fracción I, recorriéndose las fracciones II a V como I a IV, respectivamente; 13 fracción II y las actuales fracciones III y IV pasan a ser II y III, respectivamente, y 126 párrafo segundo, del Acuerdo por el que se expide el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, publicado el 3 de septiembre de 2002 en el Diario Oficial de la Federación, y de sus adiciones y modificaciones al mismo, publicadas en dicho órgano oficial de difusión el día 10 de diciembre de 2002, en los términos siguientes:
I. a III. ...
IV. Abstenerse de contraer obligaciones que impliquen comprometer recursos de los subsecuentes ejercicios fiscales en los términos de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, así como celebrar contratos, otorgar concesiones, permisos, licencias y autorizaciones, o cualquier otro acto de naturaleza análoga, que impliquen un gasto o contraer obligaciones futuras, si para ello no cuentan con la autorización previa de la Secretaría a través de las Direcciones Generales de Programación y Presupuesto sectoriales y, en su caso, del órgano de gobierno, y estén debidamente justificadas conforme a lo dispuesto en los artículos 77 y 126 de este Manual;
V. a XIX. ...
...
La clave presupuestaria se integra de nueve componentes y veinticuatro dígitos, conforme a la tabla siguiente:
COMPONENTE | ABREVIATURA | LONGITUD DE REGISTRO | |
RAMO | Registra el ramo administrativo, general o autónomo en el que se autoriza y/o ejerce el Presupuesto de Egresos. | RA | 2 |
UNIDAD RESPONSABLE | Establece la unidad administrativa comprendida en el Reglamento Interior y/o en la estructura orgánica básica de una dependencia responsable de ejercer la asignación presupuestaria correspondiente; asimismo, quedan comprendidas en este componente como unidades administrativas, las entidades del sector paraestatal con base en los Acuerdos o Decretos de su creación, para efectos de las asignaciones relacionadas con los subsidios y/o las transferencias que canaliza el Gobierno Federal a éstas o a los órganos administrativos desconcentrados, como instancias encargadas de la administración y ejercicio de los recursos presupuestarios. | UR | 3 |
FUNCION/ Subfunción | Función: Identifica el campo de acción del sector público para el cual se aplica la asignación presupuestaria correspondiente; (2 dígitos) | F / SF | 4 |
Subfunción: Establece un mayor detalle del campo de acción con la desagregación en dos niveles; | |||
Subfunción Agrupada: Permite integrar conjuntos homogéneos de subfunciones específicas que reflejen información agregada sobre las acciones que realizan las dependencias y entidades (1 dígito), y | |||
Subfunción Específica: Permite identificar las acciones que de manera particular y concreta realizan las unidades responsables para cumplir con el cometido que los ordenamientos legales les imponen (1 dígito). | |||
PROGRAMA | Identifica las acciones en las que participan las dependencias y entidades, de acuerdo con las directrices contenidas en el PND. Para efectos de este Manual se identificarán tres modalidades: Sectoriales: Especifican los objetivos, prioridades y políticas que regirán el desempeño del sector administrativo de que se trate; Regionales: Identifica las acciones que se llevarán a cabo en las regiones del país que se consideren prioritarias o estratégicas y cuya extensión territorial rebase el ámbito jurisdiccional de una entidad federativa, y Especiales: Identifica las acciones y prioridades del desarrollo integral fijadas en el PND o a las actividades relacionadas con dos o más dependencias coordinadoras de sector. A través de estos programas se podrán identificar las acciones orientadas a la atención de demandas de núcleos de población específicos. Adicionalmente, con base en lo previsto en el PND, se incorporan las modalidades de programas siguientes: Subsectoriales: Identifican los objetivos, prioridades y políticas correspondientes a un subsector administrativo, con base en la desagregación de los temas previstos en los programas sectoriales respectivos, y Temáticos: Programas que desarrollan las dependencias, entidades u organismos autónomos, con el fin de dar cumplimiento a la ejecución de acciones de carácter estratégico u operativo que no son susceptibles de reflejarse a través de los programas anteriores. | PG | 4 |
GRUPO INSTITUCIONAL | Permite agrupar los proyectos y procesos que realizan las unidades responsables del ejercicio presupuestario para dar cumplimiento a la misión que tienen encomendada. | GI | 1 |
PROYECTOS Y PROCESOS | En la categoría de Proyectos y Procesos se establecen cuatro modalidades: Proyectos de Inversión (K): Identifica las acciones de construcción, ampliación o modificación de la infraestructura física de la |
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