Modificaciones y Adiciones a las Reglas de Operación del Programa de Estímulos a la Productividad Ganadera (PROGAN), publicadas el 17 de junio de 2003, así como de la nota aclaratoria a las Reglas de Operación del 19 de junio de 2003 y a las modificaciones y adiciones del 20 de julio de 2004
Fecha de disposición | 16 Noviembre 2004 |
Fecha de publicación | 16 Noviembre 2004 |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
JAVIER BERNARDO USABIAGA ARROYO, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION
ModificaciónES y Adiciones a las Reglas de Operación del Programa de Estímulos a la Productividad Ganadera (PROGAN), publicadas el 17 de junio de 2003, así como de la nota aclaratoria a las Reglas de Operación del 19 de junio de 2003 y a las modificaciones y adiciones del 20 de julio de 2004.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
JAVIER BERNARDO USABIAGA ARROYO, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 9o. de la Ley de Planeación; 22 fracción IX, 31 fracciones IV, V, VI, VII, VIII, IX y X, 32 fracciones I, IV, V, VIII, IX y XI, 37, 91, 92, 134, 137, 138, 140, 144, 145, 146, 148, 164, 165, 172, 188, 189, 190 fracción V y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 1o., 2o. fracción XXVII, 52, 53, 54, 55, 56 primer párrafo y fracciones I y II, 61, 62 fracciones I y V, y octavo transitorio del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004 (PEF),1o., 2o. y 3o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, he tenido a bien expedir las siguientes:
MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE ESTIMULOS A LA PRODUCTIVIDAD GANADERA (PROGAN), PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 17 DE JUNIO DE 2003, ASI COMO DE LA NOTA ACLARATORIA A LAS REGLAS DE OPERACION DEL 19 DE JUNIO DE 2003 Y A LAS MODIFICACIONES Y ADICIONES DEL 20 DE JULIO DE 2004
PRIMERO.- Se adiciona una fracción al ARTICULO 2. DEFINICIONES, y se modifican las fracciones XIV y XXV del mismo artículo, conforme a lo siguiente:
…
XIV. Evaluación Técnica: Documento elaborado por un Técnico Autorizado por la SAGARPA, en el que se muestra el avance de las obligaciones del productor establecidos en su Carta Compromiso, y que será de carácter anual.
XVIII-BIS. Pie de Cría: Se considera a las hembras y machos bovinos seleccionados, cuya finalidad principal es el incremento de la población y calidad de la especie.
XXV. SINIIGA Sistema Nacional de Identificación Individual de Ganado: Identificar de manera individual a todo el ganado existente en la República Mexicana, conformando de manera simultánea un Banco Central de Información Básica de Ganado (BCI), que abarca desde su nacimiento hasta su sacrificio; y ser una herramienta indispensable para establecer procesos de rastreabilidad de los animales, sus productos y subproductos hasta el consumidor final, dando con ello la certeza de que se consumen productos de calidad; así como un instrumento para la...
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