Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-027- PESC-2000, Pesca responsable en la presa Adolfo López Mateos El Infiernillo, Michoacán y Guerrero. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros

Fecha de disposición04 Diciembre 2008
Fecha de publicación04 Diciembre 2008
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SecretarÃa de Agricultura, GanaderÃa, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. WOLFGANG RODOLFO GONZALEZ MUÑOZ, Coordinador General JurÃdico de la SecretarÃa de Agricultura, GanaderÃa, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en el artÃculo 35, fracciones XXI incisos d) y e), y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. y 9o. de la Ley de Planeación; 8o., fracciones I, III, IV, VI, VII, XI, XII, XIV, XVI, XVII, XIX, XXXVIII y XL de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; 38, fracciones II y IX, 40, fracciones I, X, XIII y XVIII, y último párrafo, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 50, 51, 52, 56, 62, 63, 64, 70, 71, 73 y 74 de la Ley Federal sobre MetrologÃa y Normalización; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre MetrologÃa y Normalización; y 1o., 2o., fracciones I, IV, XXV y XXVI, 3o., fracciones I y III, 4o., 15, fracciones I, III, IV, XXX y XXXI, 32, 33, fracciones V, VI y XII, 35, fracción XVI, 37, 39, fracciones I, III, IV, VII, VIII, IX, X, XIII, XV, XVI y XVII, y 42, fracciones I, II, III, IX y X del Reglamento Interior de la SecretarÃa de Agricultura, GanaderÃa, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, expido el siguiente:

PROYECTO DE MODIFICACION A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-027-PESC-2000. PESCA RESPONSABLE EN LA PRESA ADOLFO LOPEZ MATEOS EL INFIERNILLO, MICHOACAN Y GUERRERO. ESPECIFICACIONES PARA EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS PESQUEROS

El presente Proyecto de Modificación fue aprobado en la Sesión Ordinaria del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Pesca Responsable, efectuada el 22 de noviembre de 2007; y se somete a consulta pública de conformidad con la Ley Federal sobre MetrologÃa y Normalización, a efecto de que dentro de los siguientes 60 dÃas naturales, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, los interesados presenten comentarios al citado Comité en la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y AcuÃcola de la CONAPESCA, sita en avenida Camarón Sábalo sin número, esquina avenida Tiburón, fraccionamiento Sábalo Country Club, código postal 82100, de Mazatlán, Sinaloa, teléfono 01 669 913 09 24, fax 01 669 915 69 56, correo electrónico: mbotellor@conapesca.sagarpa.gob.mx, para que en los términos de la Ley dichos comentarios sean considerados.

Durante este lapso los documentos que sirvieron de base para la elaboración del Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana, asà como la manifestación de impacto regulatorio a que se refiere el artÃculo 45 de la Ley Federal sobre MetrologÃa y Normalización, pueden ser consultados en la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y AcuÃcola de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca de la SecretarÃa de Agricultura, GanaderÃa, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, sita en el domicilio señalado en el párrafo anterior.

PREFACIO

El Instituto Nacional de Pesca, Unidad Pátzcuaro, realizó el trabajo de investigación titulado "Estudio socioeconómico y biológico pesquero de la presa Lic. Adolfo López Mateos "El Infiernillo", en base al cual se generaron las propuestas de modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-027-PESC-2000.

Las propuestas de regulación fueron analizadas por el Grupo de Trabajo Técnico número 5, "PesquerÃa en Embalses", y aprobado por los miembros del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Pesca Responsable, el cual estuvo integrado por las dependencias e instituciones que se enlistan a continuación:

La SecretarÃa de Agricultura, GanaderÃa, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, por conducto de la:

Dirección General de Ordenamiento Pesquero y AcuÃcola de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca.

El Instituto Nacional de Pesca.

La Subdelegación de Pesca de la Delegación de la SecretarÃa de Agricultura, GanaderÃa, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en el Estado de Sonora.

La Subdelegación de Pesca de la Delegación de la SecretarÃa de Agricultura, GanaderÃa, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en el Estado de Chihuahua.

La Subdelegación de Pesca de la Delegación de la SecretarÃa de Agricultura, GanaderÃa, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en el Estado de Jalisco.

La Subdelegación de Pesca de la Delegación de la SecretarÃa de Agricultura, GanaderÃa, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en el Estado de Michoacán.

La Subdelegación de Pesca de la Delegación de la SecretarÃa de Agricultura, GanaderÃa, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en el Estado de Guerrero.

La SecretarÃa de Medio Ambiente y Recursos Naturales por conducto de la Dirección General del Sector Primario y Recursos Naturales Renovables.

El Gobierno del Estado de Sonora a través del Instituto de Acuacultura.

La Universidad Nacional Autónoma de México por conducto de la Facultad de Estudios Superiores Iztacala.

La Confederación Nacional Cooperativa Pesquera, S.C. de R.L.

Industria Mexicana de Equipo Marino, S.A. de C.V.

A continuación se presenta el texto de la Modificación de Norma Oficial Mexicana que se pretende publicar:

"WOLFGANG RODOLFO GONZALEZ MUÑOZ, Coordinador General JurÃdico de la SecretarÃa de Agricultura, GanaderÃa Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en el artÃculo 35, fracciones XXI incisos d) y e), y XXII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. y 9o. de la Ley de Planeación; 8o., fracciones I, III, IV, VI, VII, XI, XII, XIV, XVI, XVII, XIX, XXXVIII y XL de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; 38, fracciones II y IX, 40, fracciones I, X, XIII y XVIII, y último párrafo, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 50, 51, 52, 56, 62, 63, 64, 70, 71, 73 y 74 de la Ley Federal sobre MetrologÃa y Normalización; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal Sobre...

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