Acuerdo por el que se adoptan las rectificaciones técnicas a los anexos 300-B, 308.1, 401 y 403.1 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, para adecuarlos a las modificaciones al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías de 2007, según Acuerdo de la Comisión de Libre Comercio del propio Tratado (Continúa en la Tercera Sección)
Fecha de disposición | 01 Octubre 2009 |
Fecha de publicación | 01 Octubre 2009 |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo |
Emisor | SECRETARIA DE ECONOMIA |
Sección | SEGUNDA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 34 fracción XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5 fracción X de la Ley de Comercio Exterior; y 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que la Convención Internacional por la que se establece el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de las Mercancías, de la cual son parte los Estados Unidos Mexicanos, Canadá y los Estados Unidos de América, establece una nomenclatura común para agilizar los trámites aduaneros y facilitar el intercambio comercial internacional;
Que el Consejo de Cooperación Aduanera (Organización Mundial de Aduanas), siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 16 de la citada Convención, realizó modificaciones al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (Sistema Armonizado), para reestructurar códigos arancelarios que reflejen los cambios en los patrones de comercio internacional;
Que las modificaciones al Sistema Armonizado inciden directamente en los Anexos 300-B, 308.1, 401 y 403.1 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte;
Que correspondió al Grupo de Trabajo sobre Reglas de Origen, establecido, de conformidad con el párrafo 1 del artículo 513 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, llevar a cabo el trabajo técnico para proponer a la Comisión de Libre Comercio las adecuaciones a los anexos de referencia;
Que la Comisión de Libre Comercio del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, establecida conforme a lo previsto en el artículo 2001 del propio tratado, acordó mediante intercambio de cartas, que las Partes adopten las rectificaciones técnicas a los Anexos 300-B, 308.1, 401 y 403.1 del Tratado a fin de reflejar las modificaciones al Sistema Armonizado, y
Que el 1 de octubre de 2009 entró en vigor el Decreto Promulgatorio de las Modificaciones al Anexo 401 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, formalizadas mediante intercambio de comunicaciones fechadas el 11 de abril de 2008, entre los Gobiernos de los Estados Unidos Mexicanos, Canadá y los Estados Unidos de América, se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ADOPTAN LAS RECTIFICACIONES TECNICAS A LOS ANEXOS 300-B, 308.1, 401 Y 403.1 DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMERICA DEL NORTE, PARA ADECUARLOS A LAS MODIFICACIONES AL SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACION Y CODIFICACION DE MERCANCIAS DE 2007, SEGUN ACUERDO DE LA COMISION DE LIBRE COMERCIO DEL PROPIO TRATADO
Se adoptan las rectificaciones técnicas al Anexo 300-B del Tratado de Libre Comercio de América del Norte...
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