Acuerdo por el que se adscriben las Representaciones Regionales, Especiales y Estatales de la Secretaría de la Reforma Agraria a la Oficialía Mayor del Ramo

Fecha de disposición11 Octubre 1999
Fecha de publicación11 Octubre 1999
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se adscriben las Representaciones Regionales, Especiales y Estatales de la Secretaría de la Reforma Agraria a la Oficialía Mayor del Ramo.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.

ACUERDO POR EL QUE SE ADSCRIBEN LAS REPRESENTACIONES REGIONALES, ESPECIALES Y ESTATALES DE LA SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA A LA OFICIALIA MAYOR DEL RAMO.

EDUARDO ROBLEDO RINCON, Secretario de la Reforma Agraria, con fundamento en lo establecido en los artículos 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 2o., 4o., 5o. fracción IX, 7o. fracciones XIII y XX, 24 y 25 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece que los titulares de las secretarías de Estado, podrán adscribir orgánicamente las unidades administrativas establecidas en el Reglamento Interior respectivo, a las subsecretarías, Oficialía Mayor y a las otras unidades de nivel administrativo equivalente.

Que en el artículo décimo transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1998, se estableció que derivado de los avances registrados en la atención de los asuntos considerados dentro del rezago agrario, se hacía necesaria la compactación de las estructuras administrativas de la Secretaría de la Reforma Agraria, y la reducción del gasto.

Que por decreto del cuidadano Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 1998, se reformó el Reglamento Interior de la dependencia, estableciendo la existencia de Representaciones Regionales de la Secretaría de la Reforma Agraria, que tendrían a su cargo la atención de los asuntos agrarios de las diversas entidades federativas del país, y de Representaciones Especiales cuando la problemática agraria local así lo requiriera.

Que por Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 27 de abril de 1998, el Titular del Ramo estableció la circunscripción territorial de cada una de las Representaciones Regionales de la Secretaría de la Reforma Agraria, y determinó la existencia de dos Representaciones Especiales, que atenderían a los estados de Chiapas y Oaxaca, tomando en consideración su problemática agraria y social, así como la creación en cada entidad federativa de un Representante Estatal...

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