Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-070-SCT3-2010, Que establece el uso del Sistema de Advertencia de la Proximidad del Terreno (GPWS) en aeronaves de ala fija que operen en espacio aéreo mexicano, así como sus características

Fecha de disposición31 Agosto 2010
Fecha de publicación31 Agosto 2010
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.- 4.002/DGAC/PROY-NOM-070-SCT3-2010. HUMBERTO TREVIÑO LANDOIS, Subsecretario de Transporte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo, con fundamento en los artículos 36 fracciones I y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 38 fracción II, 40 fracciones I, III y XVI, 41, 45, 47 fracción I, 73 y 74 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1, 4, 6 fracción III y párrafo final, 7 fracciones I, V y VI, 7 bis fracciones IV y VII, 17, 32, 35 y 79 de la Ley de Aviación Civil; 28, 33, 80 al 82 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 34 fracción III, 116 fracción III, 127, 128, 129 fracción IX, 131, 132 al 134 del Reglamento de la Ley de Aviación Civil; 2 fracciones III y XVI, 6 fracción XIII y 21 fracciones XIII, XV, XXVI y XXXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y demás disposiciones aplicables, he tenido a bien ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-070-SCT3-2010 aprobado por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo el día 24 de marzo de 2010 y el cual establece el uso del sistema de advertencia de la proximidad con el terreno (GPWS) en aeronaves de ala fija que operen en espacio aéreo mexicano, así como sus características.

El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana se publica a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, los interesados presenten sus comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo, en sus oficinas correspondientes, sitas en Providencia número 807, 3er. piso, colonia Del Valle, código postal 03100, México, Distrito Federal, teléfono 50-11-64-08, fax 55-23-62-75, o al correo electrónico acanogal@sct.gob.mx.

Durante el plazo mencionado, los análisis que sirvieron de base para la elaboración del Proyecto de Norma Oficial Mexicana en cuestión y la Manifestación de Impacto Regulatorio, estarán a disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité antes señalado.

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-070-SCT3-2010, QUE ESTABLECE EL USO DEL SISTEMA DE ADVERTENCIA DE LA PROXIMIDAD DEL TERRENO (GPWS) EN AERONAVES DE ALA FIJA QUE OPEREN EN ESPACIO AEREO MEXICANO, ASI COMO SUS CARACTERISTICAS

PREFACIO

La Ley de Aviación Civil establece las atribuciones que en materia de aviación civil tiene la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, entre las cuales destaca la de expedir las Normas Oficiales Mexicanas y demás disposiciones administrativas en materia de aviación civil;

La Ley de Aviación Civil establece que la prestación de los servicios de transporte aéreo deben adoptar las medidas necesarias para garantizar las condiciones máximas de seguridad de la aeronave y de su operación, a fin de proteger la integridad física de los usuarios y de sus bienes, así como la de terceros, para lo cual atribuye a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la facultad de exigir a los concesionarios, permisionarios y operadores aéreos, que cumplan con ciertos requisitos, con el fin de mantener los niveles de seguridad señalados;

La Ley de Aviación Civil establece que los concesionarios, permisionarios y operadores aéreos, en el caso del servicio de transporte aéreo privado no comercial, los propietarios o poseedores de aeronaves, deben proveerse de equipos técnicos necesarios para la prevención de accidentes e incidentes aéreos;

La Ley de Aviación Civil señala que la navegación aérea en el espacio aéreo sobre territorio nacional se rige, además de por lo previsto en dicha ley, por los tratados en los que los Estados Unidos Mexicanos sea parte, siendo el caso que México es signatario del Convenio sobre Aviación Civil Internacional celebrado en la ciudad de Chicago, Illinois, Estados Unidos de América en 1944, en cuyo Anexo 6, Partes I, II y III, se establece que las aeronaves deben estar equipadas con sistemas de advertencia de la proximidad del terreno (GPWS);

Las operaciones aeronáuticas deben regularse de forma estricta y rápida mediante Normas Oficiales Mexicanas, a fin de garantizar la seguridad de las aeronaves, su tripulación y sus pasajeros;

Al disponer de una norma que establezca el uso del sistema de advertencia de la proximidad del terreno (GPWS) en aeronaves que operen en el espacio aéreo mexicano, así como sus características, podría beneficiar y garantizar la seguridad de las aeronaves y de su operación, además de la seguridad de las personas, evitando daños irreparables o irreversibles, ya que el impacto contra el terreno sin pérdida de control (CFIT), es uno de los principales tipos de accidentes de aviación, y el sistema de advertencia de la proximidad del terreno ayuda a la tripulación de vuelo a prevenir este tipo de accidentes, alertándola de forma automática, clara y oportuna cuando la proximidad del avión, con respecto a la superficie de la tierra, sea potencialmente peligrosa, lo que garantiza una operación segura para la prevención de accidentes e incidentes aéreos.

En la elaboración de esta Norma Oficial Mexicana participaron:

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES.

Dirección General de Aeronáutica Civil.

Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano.

INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL.

Escuela Superior de Ingeniería, Mecánica y Eléctrica-Unidad Ticomán.

PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA.

Dirección General de Servicios Aéreos.

COLEGIO DE INGENIEROS MEXICANOS EN AERONAUTICA, A.C.

COLEGIO DE PILOTOS AVIADORES DE MEXICO, A.C.

CAMARA NACIONAL DE AEROTRANSPORTES, A.C.

FEDERACION DE ASOCIACIONES DE PILOTOS Y PROPIETARIOS DE AVIONES AGRICOLAS DE LA REPUBLICA MEXICANA, A.C.

ASOCIACION DE INGENIEROS EN AERONAUTICA, A.C.

AEROENLACES NACIONALES, S.A. DE C.V.

AEROLITORAL, S.A. DE C.V.

AEROVIAS DE MEXICO, S.A. DE C.V.

CONCESIONARIA VUELA COMPAÑIA DE AVIACION, S.A. DE C.V.

SERVICIOS AERONAUTICOS Z, S.A. DE C.V.

TRANSPORTES AEROMAR, S.A. DE C.V.

INDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo y campo de aplicación

  3. Referencias

  4. Definiciones y abreviaturas

  5. Disposiciones generales

  6. Sistema de advertencia de la proximidad del terreno

  7. Grado de concordancia con normas y lineamientos internacionales y con las normas mexicanas tomadas como base para su elaboración

  8. Bibliografía

  9. Observancia de esta Norma

  10. De la evaluación de la conformidad

  11. Vigencia

    Apéndice "A" Normativo "Solicitud para certificar la instalación del equipo"

  12. Introducción

    Se ha determinado que el impacto contra el terreno sin pérdida de control (CFIT), es uno de los principales tipos de accidentes de aviación. El sistema de advertencia de la proximidad del terreno (GPWS) ayuda a la tripulación de vuelo a prevenir este tipo de accidentes.

    El tipo más común de impactos de aeronaves contra el terreno, ocurre cuando éstas son operadas en condiciones de visibilidad mínima o nula, pero funcionando de manera apropiada, e inadvertidamente son dirigidas hacia el terreno o hacia obstáculos que no son visibles. No obstante que muchos accidentes CFIT suceden en terreno montañoso, frecuentemente ocurren contra un terreno relativamente plano y lejos del sitio de aterrizaje previsto.

    La operación del GPWS, es lograda básicamente mediante la verificación constante de la altura de la aeronave sobre el terreno, a través de un radioaltímetro y otros datos de vuelo, lo que permite mantener registros utilizados para determinar situaciones peligrosas relacionadas con la proximidad del terreno o la configuración de vuelo de la aeronave. En esos casos se emiten alarmas audibles y visuales en la cabina de la tripulación de vuelo.

    Esto incluye situaciones como las siguientes:

    (a) Velocidad de descenso excesiva.

    (b) Velocidad de aproximación al terreno excesiva.

    (c) Pérdida de altitud excesiva después del despegue.

    (d) Margen vertical sobre el terreno que no es seguro y configuración de aterrizaje inadecuado de acuerdo a:

    - Tren de aterrizaje no desplegado en posición.

    - Aletas/Flaps no dispuestos en posición de aterrizaje.

    (e) Descenso excesivo por debajo de la trayectoria de planeo en aproximación por instrumentos.

    (f) Notificación de alturas en la aproximación final.

    (g) Angulo de inclinación lateral (banqueo) excesivo cerca del terreno.

    Estas situaciones son detectadas y reportadas en la mayoría de los equipos en el mercado, mediante los diferentes modos de operación del sistema. Comúnmente los equipos GPWS cuentan con cinco modos de operación, pero existen algunos que adicionan un sexto que alerta a la tripulación de circunstancias como las mencionadas en los incisos (f) y (g) anteriores, siendo este último de manera opcional para el caso de la presente Norma.

    El GPWS con una función de predicción de riesgos del terreno, es un sistema perfeccionado y desarrollado a partir del GPWS. Este nuevo sistema además de proporcionar lo antes mencionado, cuenta con:

    1. Una pantalla que muestra a la tripulación, los obstáculos naturales y artificiales dentro de un radio de 592.64 Km. (320 MN).

    2. Una alarma audible que, en promedio, es dada a un minuto o más de tiempo de vuelo antes del posible impacto contra el terreno, el GPWS tradicional da estas alarmas aproximadamente 30 segundos antes del posible impacto.

    3. Una base de datos mundial del terreno, en donde la superficie de la tierra es dividida en sectores y a cada uno de ellos le es asignado un valor, dependiendo del terreno más alto dentro de éstos.

    Lo anterior, junto con algunas otras mejoras como la detección y alerta de vientos cortantes, función que es incorporada mediante un modo más de operación de este sistema, es al igual que el modo que relaciona a las situaciones marcadas con los incisos (f) y (g) anteriores.

  13. Objetivo y campo de...

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