Acuerdo mediante el cual se revoca la autorización otorgada a Afianzadora Santander Mexicano, S.A., Grupo Financiero Santander Mexicano, para funcionar como institución de fianzas

Fecha de disposición18 Mayo 2000
Fecha de publicación18 Mayo 2000
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO mediante el cual se revoca la autorización otorgada a Afianzadora Santander Mexicano, S.A., Grupo Financiero Santander Mexicano, para funcionar como institución de fianzas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría Particular.- 101.- 543.- 718.1/39043.

AUTORIZACIONES A INSTITUCIONES DE FIANZAS.- Se revoca la otorgada a esa sociedad para continuar funcionando con ese carácter, debido al convenio de cesión que celebraron con Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V.

Afianzadora Santander Mexicano, S.A. Grupo Financiero Santander Mexicano Paseo de la Reforma No. 211, piso 13 Col. Cuauhtémoc México, D.F., C.P. 06500

Esta Secretaría, con oficio 366-IV-A-4176 del 25 de agosto anterior, autorizó la cesión entre esa institución de fianzas y Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V., así como el convenio correspondiente celebrado el 30 de abril pasado, a través del cual cedieron y traspasaron todos los derechos y obligaciones, así como los activos y pasivos derivados de su actividad a favor de Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V. la que los adquirió en su carácter de cesionaria, por tal motivo, esa institución de fianzas ya no cuenta con activos y pasivos relacionados con el otorgamiento de fianzas, por lo que en su Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 1 de diciembre de 1999, se acordó llevar a cabo de manera anticipada su disolución y liquidación voluntaria, conforme al artículo 108 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, en relación con el capítulo XI de la Ley General de Sociedades Mercantiles, designando como sociedad liquidadora a Banco Santander Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander Mexicano, lo que se hizo constar en el testimonio de la escritura número 7,172 del 13 de diciembre citado, otorgada ante la fe del señor licenciado Uriel Oliva Sánchez, Notario Público número 215, del Distrito Federal, razón por la cual habiéndose cumplido con lo establecido en la fracción XI del artículo 15 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, esta propia Secretaría con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6o. fracción XXII de su Reglamento Interior, 15 fracción XII, 108, 109 y 109 Bis de la ley invocada, ha resuelto dictar el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Se revoca la autorización otorgada con oficio 102-E-366-DGSV-I-C-a-2355 del 6 de octubre de 1994 y modificada con los diversos...

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