Acuerdo mediante el cual se modifica la fracción II del artículo segundo de la autorización otorgada a AFL de México, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, Grupo Financiero Ford Credit de México, por aumento de capital
Fecha de disposición | 18 Mayo 2000 |
Fecha de publicación | 18 Mayo 2000 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO mediante el cual se modifica la fracción II del artículo segundo de la autorización otorgada a AFL de México, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, Grupo Financiero Ford Credit de México, por aumento de capital.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Dirección General de Seguros y Valores.- Dirección de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.- 366-I-B-2833.- 723.1/316468.
AUTORIZACIONES A ORGANIZACIONES AUXILIARES DEL CREDITO.- Se modifica la otorgada a esa sociedad por aumento de capital.
AFL de México, S.A. de C.V. Organización Auxiliar del Crédito Grupo Financiero Ford Credit de México Paseo de la Reforma No. 333, 1er. piso Col. Cuauhtémoc 06500, México, D.F.
Esa sociedad con el objeto de acreditar haber dado cumplimiento al punto décimo, segundo párrafo del Acuerdo por el que se establecen los capitales mínimos pagados con que deberán contar las organizaciones auxiliares del crédito y las casas de cambio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 1999, remitió el primer testimonio de la escritura número 73,619 del 13 de enero pasado, otorgada ante la fe del Notario Público número 99, licenciado Joaquín F. Oseguera, con ejercicio en esta ciudad, misma que contiene la protocolización del acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de esa sociedad, celebrada el 23 de diciembre de 1999, en la que acordaron el aumento a su capital mínimo fijo sin derecho a retiro, totalmente suscrito y pagado de $21 671,000.00 (veintiún millones seiscientos setenta y un mil pesos 00/100 M.N.) a $25 702,000.00 (veinticinco millones setecientos dos mil pesos 00/100 M.N.), modificando al efecto el artículo séptimo de sus estatutos sociales, por lo que esta Secretaría, con base en el artículo 6o. fracción XXII de su Reglamento Interior y con fundamento en los artículos 5o. y 45 Bis 3 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, ha resuelto dictar el siguiente:
ACUERDO
Se modifica la...
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