Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 17-30-14 hectáreas de agostadero de uso común, de terrenos del ejido Llano de los Vela, Municipio de Hostotipaquillo, Jal.

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EmisorSecretaría de la Reforma Agraria

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 54, párrafo segundo de la Ley General de Bienes Nacionales; 93, fracción VII, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número AG/442/09 de fecha 12 de septiembre de 2009, la Comisión Federal de Electricidad solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 16-17-21 Has., de terrenos del ejido denominado "LLANO DE LOS VELA", Municipio de Hostotipaquillo del Estado de Jalisco, para destinarlos a la construcción de infraestructura hidráulica, específicamente para la edificación del embalse de la presa que forma parte integrante de las obras que constituyen el Proyecto Hidroeléctrico (P.H.) La Yesca, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción VII y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley, registrándose el expediente con el número 13419, notificando a los integrantes del Comisariado Ejidal del citado núcleo agrario, la instauración del procedimiento expropiatorio, mediante cédula de notificación número 2283 de fecha 22 de septiembre de 2009, recibida en el mismo día, sin que se haya manifestado inconformidad al respecto. Iniciado el procedimiento relativo de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 17-30-14 Has., de agostadero de uso común.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que la superficie que se expropia se encuentra delimitada por la Comisión Federal de Electricidad, en virtud de la anuencia otorgada mediante Acta de Asamblea de Ejidatarios de fecha 23 de abril de 2009, suscrita por el núcleo agrario "LLANO DE LOS VELA", Municipio de Hostotipaquillo, Estado de Jalisco.

RESULTANDO TERCERO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando primero y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 11 de abril de 1929, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de noviembre de 1929 y ejecutada el 15 de octubre de 1929, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido "EL LLANO DE LOS VELA", Municipio de Hostotipaquillo, Estado de Jalisco, una superficie de 1,074-40-00 Has., para beneficiar a 94 capacitados en materia...

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