Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria

Fecha de disposición05 Abril 2010
Fecha de publicación05 Abril 2010
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-051-SCFI/SSA1-2010, ESPECIFICACIONES GENERALES DE ETIQUETADO PARA ALIMENTOS Y BEBIDAS NO ALCOHOLICAS PREENVASADOS-INFORMACION COMERCIAL Y SANITARIA.

La Secretaría de Economía y la Secretaría de Salud, por conducto de la Dirección General de Normas y de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXXI y 39 fracción XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3 fracción XXIV, 13 apartado A fracciones I, II y IX, 17 Bis fracción III y VI, 194, 195, 210, 212, 213, 215, 216, 217 y 393 de la Ley General de Salud; 39 fracción V, 40 fracción XII, 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 28 y 31 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 25 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios; 19 fracciones I, XIV y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 2 literal C fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y 3 fracción I inciso c y d y II y 10 fracciones IV y VIII del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y

CONSIDERANDO

Que es responsabilidad del Gobierno Federal procurar las medidas que sean necesarias para garantizar que los productos que se comercialicen en territorio nacional cumplan con la información comercial que debe exhibirse en su etiqueta o envase, con el fin de garantizar una efectiva protección del consumidor;

Que con fecha 20 de julio de 2009, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio (CCNNSUICPC) y el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario (CCNNRFS), aprobaron la publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-051-SCFI/SSA1-2009, "Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadosInformación comercial y sanitaria", la cual se realizó en el Diario Oficial de la Federación el 26 de agosto de 2009, con objeto de que los interesados presentaran sus comentarios;

Que la manifestación de impacto regulatorio a que hace referencia el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, fue sometida a la consideración de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, emitiéndose el dictamen final aprobatorio por parte de dicha Comisión el 30 de julio de 2009.

Que durante el plazo de 60 días naturales contados a partir de la fecha de publicación de dicho proyecto de Norma Oficial Mexicana, los interesados presentaron comentarios sobre el contenido del citado proyecto, mismos que fueron analizados por el CCNNSUICPC y el CCNNRFS, realizándose las modificaciones conducentes.

Que con fecha 4 de febrero de 2010, los CCNNSUICPC y CCNNRFS aprobaron por unanimidad la norma referida;

Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece que las normas oficiales mexicanas se constituyen como el instrumento idóneo para la protección de los intereses del consumidor, expide la siguiente:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-051-SCFI/SSA1-2010, ESPECIFICACIONES GENERALES DE ETIQUETADO PARA ALIMENTOS Y BEBIDAS NO ALCOHOLICAS PREENVASADOS-INFORMACION COMERCIAL Y SANITARIA

México, D.F., a 18 de febrero de 2010.- El Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, Francisco Ramos Gómez.- Rúbrica.- El Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, Miguel Angel Toscano Velasco.- Rúbrica.

PREFACIO

En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana participaron las siguientes empresas e instituciones:

SECRETARIA DE ECONOMIA

Dirección General de Normas

Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO).

Dirección General de. Verificación y Vigilancia

Laboratorio Nacional de Protección al Consumidor.

SECRETARIA DE SALUD

Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios

Dirección General de Asuntos Jurídicos

  1. Aranal, S.A. de C.V.

  2. Arcor Saic.

  3. Asociación Internacional de la Goma de Mascar (International Chewing Gum Association, ICGA).

  4. Asociación de Almacenes Generales de Depósito, A.C.

  5. Asociación Mexicana de Nutriología.

  6. Asociación Nacional de Fabricantes de Productos Aromáticos (ANFPA).

  7. Asociación Nacional de Importadores y Exportadores de la República Mexicana, A.C. (ANIERM).

  8. Asociación Nacional de Industriales de Aceites y Mantecas Comestibles, A. C. (ANIAME).

  9. Asociación Nacional de Productores de Refrescos y Aguas Carbonatadas, A.C. (ANPRAC).

  10. Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio, A.C. (ANTAD).

  11. Barroso Abogados y Asociados, S.C.

  12. Beneo Group.

  13. Benermex, A.C.

  14. Bufete Químico, S.A. de C.V.

  15. Cámara Nacional de Industriales de la Leche (CANILEC).

  16. Calorie Control Council.

  17. Cámara Nacional de la Industria de Transformación (CANACINTRA).

  18. Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Ciudad Juárez (CANACO JUAREZ).

  19. Cámara Nacional de la Industria de Aceites y Grasas Comestibles (CANIAG).

  20. Cámara Nacional de la Industria Molinera de Trigo (CANIMOLT).

  21. Cámara Nacional del Maíz Industrializado (CANAMI).

  22. Casa Cuervo, S.A. de C.V.

  23. Comercializadora de Lácteos y Derivados, S.A. de C.V.

  24. Confederación de Cámaras Industriales de México (CONCAMIN).

  25. Consejo Mexicano de la Carne (COMECARNE).

  26. Consejo de Exportación de Productos Lácteos de Estados Unidos.

  27. Consejo Mexicano de la Industria de Productos de Consumo (CONMEXICO).

  28. Consejo Mexicano Vitivinícola.

  29. Consejo Nacional Agropecuario (CNA).

  30. Consejo para el Fomento de la Calidad de la Leche y sus Derivados, A.C. (COFOCALEC).

  31. Corporate Affairs Cargill México.

  32. Dirección de Supervisión Operativa del Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero (FEESA) /Promotora Azucarera, S.A. de C.V. (PROASA).

  33. DSM Nutritional Products.

  34. Dra. María del Carmen Durán Domínguez de Bazúa, Profesora de la Facultad de Química de la UNAM.

  35. Ganaderos Productores de Leche Pura, S.A. de C.V.

  36. Grecargo, S.C.

  37. Grupo BIMBO.

  38. Hershey de México, S.A. de C.V.

  39. Dr. Gabriel Eduardo Cuevas González Bravo

    Instituto de Química, UNAM.

  40. Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán (INCMNSZ).

  41. Instituto Nacional de Salud Pública.

  42. Kellog Company México.

  43. Kraft Foods de México.

  44. Liconsa, S.A. de C.V.

  45. Logo Banuet Consultores.

  46. Logre International Food Science Consulting.

  47. Nacional de Alimentos y Helados, S.A. de C.V. (NAYHSA).

  48. Ministerio de Economía, Industria y Comercio del Gobierno de Costa Rica.

  49. Ministerio de Economía, Industria y Comercio del Gobierno de Guatemala.

  50. Normalización y Certificación Electrónica, A.C. (NYCE).

  51. Paralelo 20, S. P. R. de R.L.

  52. Pepsico México.

  53. Rich Products Corporation.

  54. Terana, S.A.

  55. Unión Nacional de Avicultores (UNA).

  56. Unión Nacional de Cañeros.

    INDICE

    CAPITULOS

  57. - Objetivo y campo de aplicación

  58. - Referencias

  59. - Definiciones, símbolos y abreviaturas

  60. - Especificaciones

  61. - Cálculos

  62. - Declaración de propiedades

  63. - Leyendas

  64. - Verificación y vigilancia

  65. - Evaluación de la conformidad

  66. - Bibliografía

  67. - Concordancia con Normas Internacionales

    Artículos Transitorios

    NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-051-SCFI/SSA1-2010 ESPECIFICACIONES GENERALES DE ETIQUETADO PARA ALIMENTOS Y BEBIDAS NO ALCOHOLICAS PREENVASADOS - INFORMACION COMERCIAL Y SANITARIA

  68. Objetivo y campo de aplicación

    1.1 Objetivo

    Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer la información comercial y sanitaria que debe contener el etiquetado de los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados de fabricación nacional o extranjera, así como determinar las características de dicha información.

    1.2 Campo de aplicación

    Esta Norma Oficial Mexicana es aplicable a todos los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados de fabricación nacional y extranjera destinados al consumidor en territorio nacional.

    La presente Norma Oficial Mexicana no se aplica a:

    a) Los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados que estén sujetos a disposiciones de información comercial y sanitaria contenidas en normas oficiales mexicanas específicas, o en alguna otra reglamentación federal vigente que explícitamente excluya de su cumplimiento al presente ordenamiento.

    b) Los productos a granel

    c) Los alimentos y bebidas no alcohólicas envasados en punto de venta.

    d) Los demás productos que determine la autoridad competente, conforme a sus atribuciones.

  69. Referencias

    Esta Norma Oficial Mexicana se complementa con las siguientes normas vigentes:

    NOM-002-SCFI-1993, Productos preenvasados-Contenido neto-Tolerancias y métodos de verificación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de octubre de 1993.

    NOM-008-SCFI-2002, Sistema General de Unidades de Medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2002.

    NOM-030-SCFI-2006, Información comercial-Declaración de cantidad en la etiqueta-especificaciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de noviembre de 2006.

    NOM-043-SSA2-2005, Servicios básicos de salud. Promoción y educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar orientación, publicada en el Diario Oficial de la

    Federación el 23 de enero de 2006.

    NOM-086-SSA1-1994 Bienes y servicios - Alimentos y bebidas no alcohólicas con modificaciones en su composición. Especificaciones nutrimentales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 1996.

  70. Definiciones, símbolos y abreviaturas

    Para los efectos de esta Norma Oficial Mexicana, se establecen las siguientes definiciones, símbolos y abreviaturas:

    3.1 Acuerdo

    Se entiende por Acuerdo al "Acuerdo por el que se determinan las sustancias permitidas como...

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