Sentencia pronunciada en el juicio agrario número 242/96, relativo a la ampliación de ejido, promovido por campesinos del poblado Constitución, Municipio de Simojovel, Chis

Fecha de disposición25 Octubre 2004
Fecha de publicación25 Octubre 2004
EmisorTRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
SecciónSEGUNDA. Organismos Autonomos

SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 242/96, relativo a la ampliación de ejido, promovido por campesinos del poblado Constitución, Municipio de Simojovel, Chis.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.- Secretaría General de Acuerdos.

Visto, para resolver, el juicio agrario número 242/96, que corresponde al expediente administrativo número 3254-A, relativo a la solicitud de ampliación de ejido, hecha por un grupo de campesinos del poblado denominado Constitución, Municipio de Simojovel, Estado de Chiapas, en cumplimiento a la ejecutoria emitida en el juicio de amparo número D.A.- 422/2002, por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, y

RESULTANDO:

PRIMERO.- Por resolución presidencial de veinticinco de abril de mil novecientos ochenta, publicada en el Diario Oficial de la Federación el trece de junio del mismo año, se dotó de tierras al poblado Constitución, en una superficie de 612-82-52 (seiscientas doce hectáreas, ochenta y dos áreas, cincuenta y dos centiáreas), para beneficiar a ochenta y siete campesinos capacitados, más la parcela escolar y la unidad agrícola industrial para la mujer (fojas 3 a la 12, legajo I y 15, legajo III).

Para ejecutar la referida resolución presidencial, por oficio 183 de trece de enero de mil novecientos ochenta y uno, el Subdelegado de Procuración y Controversias Agrarias de la Secretaría de la Reforma Agraria, comisionó al topógrafo Gilberto Ramos Ruiz, a efecto de llevar a cabo el levantamiento topográfico de la superficie dotada, que de acuerdo a la resolución presidencial de veinticinco de abril de mil novecientos ochenta, estuvieran ocupando los ejidatarios del poblado Constitución (fojas 1 y 2, legajo III).

Dicho comisionado rindió informe el veintiocho de febrero de mil novecientos ochenta y uno, en el que manifestó:

...se procedió al levantamiento topográfico de los tres predios que tienen ocupados y todo lo que es laborable donde tienen sus trabajaderos los campesinos beneficiados con la Resolución Presidencial ya citada que son los siguientes: Ojo de Agua , San José el Naranjo y El Limonar , los cuales se encontró que son toda una superficie, ya que no existen linderos o mojoneras que dividan uno y otro predio, habiendo arrojado en total una Superficie Planimétrica de 780-00-00 hs., encontrándose que el predio El Limonar , tiene una Superficie de 153-00-00 hs., y no como dice la Escritura 240-00-00 hs., por lo que se proyecta toda esta Superficie para la Dotación de Ejidos al Poblado Constitución , de acuerdo con la Resolución Presidencial respectiva, siendo este el Polígono No. 1 y luego el Polígono No. 2, con una superficie de 459-71-46 hs., ambos Polígonos de Agostadero Cerril con 60% laborable y una parte del Limonar de temporal laborable colindando con el Río Santo Domingo, haciendo ambas superficie un total de 612-82-52 hs., que ordena la tantas veces mencionada Resolución Presidencial de 25 de abril de 1980. Dejándose una Superficie de 167-17-48 hs., que también tienen ocupado en su totalidad con sus trabajaderos los campesinos de Constitución , haciendo el total de 780-00-00 hs., localizadas...- - GENERALES - - Como dije, al medir toda la superficie de los supuestos Predios de OJO DE AGUA , SAN JOSE EL NARANJO y EL LIMONAR , no se encontraron linderos materializados ni mojoneras que dividan entre sí dichos predios, sino que se debe tomar como sólo una unidad y que la mayoría de esos terrenos lo vienen ocupando y trabajando los campesinos de CONSTITUCION , como consta también por las Actas levantadas por los comisionados Jorge Montesinos, Eloy Borraz y David Solís García y que obran en el Expediente respectivo, donde comprobaron que los que aparecían como propietarios abandonaron esos terrenos y que hoy lo tienen todo cultivado los referidos campesinos beneficiados con la Resolución Presidencial Dotatoria de Ejidos... - - El otro Polígono de 167-17-48 hs., sobrantes de las 612-82-52 hs., que ordena la Resolución Presidencial, según mi criterio, salvo el de esa Superioridad, debe entregarse a los Ejidatarios de Constitución , porque todo lo que es laborable, lo tienen ocupando con sus trabajaderos... (fojas 3 y 4, legajo III).

El trece de abril de mil novecientos ochenta y uno, fue ejecutada la resolución presidencial de veinticinco de abril de mil novecientos ochenta, entregándose al núcleo agrario Constitución la superficie de 612-82-53 (seiscientas doce hectáreas, ochenta y dos áreas, cincuenta y tres centiáreas). En la referida acta se asentó: ...Tienen también en posesión estos campesinos beneficiados, una superficie de 167-17-48 hs., ocupados con sus trabajaderos y colindante con estos Polígonos entregados en Definitiva... (fojas 6 a la 8, legajo III).

SEGUNDO.- El primero de junio de mil novecientos ochenta y dos, los campesinos del poblado Constitución formularon solicitud de ampliación de ejido; señalaron como predios probablemente afectables las fincas denominadas San Miguel Las Pilas, propiedad de Humberto del Carpio Mayorga; El Progreso El Encanto, propiedad de Ramón Pérez; El Nuevo Santo Domingo, propiedad de Daniel del Carpio Mayorga, y El Viejo Santo Domingo, propiedad de Lorenzo Sánchez (foja 16, legajo I).

El tres de agosto de mil novecientos ochenta y dos, la Comisión Agraria Mixta instauró el expediente respectivo, registrándolo con el número 3254-A (foja 25, legajo I).

El diez de agosto de mil novecientos ochenta y dos, se expidieron los nombramientos a Pedro Pérez Núñez, Antonio Guzmán Gómez y Manuel Gómez Sánchez, como Presidente, Secretario y Vocal del Comité Ejecutivo Agrario, respectivamente (fojas 48 a la 50, legajo I).

La precitada solicitud fue publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el dieciocho de agosto de mil novecientos ochenta y dos (foja 58, legajo I).

La Comisión Agraria Mixta en el Estado de Chiapas, mediante oficio número 2261, de catorce de septiembre de mil novecientos ochenta y dos, comisionó a Ramón Adalberto Solís Ruiz, para el efecto que realizara el levantamiento del censo general agrario, e inspeccionara si las tierras dotadas al ejido Constitución, estaban debidamente aprovechadas (foja 66, legajo I).

Dicho comisionado el diez de noviembre de mil novecientos ochenta y dos, informó respecto del resultado de los trabajos censales, lo siguiente: ...Los trabajos se efectuaron el día 4 de noviembre de 1982, dando como resultados los siguientes datos: HABITANTES. 598. JEFES DE FAMILIA 135. INDIVIDUOS CAPACITADOS 93... (fojas 69 y 70, legajo I).

El cuatro de noviembre de mil novecientos ochenta y dos, el referido comisionado levantó acta relativa a la explotación de las tierras otorgadas mediante dotación, en la que asentó lo siguiente: ...CUARTO:- En todas las partes accesibles de dichos terrenos se encontró que están totalmente abiertas al cultivo de maíz, frijol, café, Etc. Etc. que Mancumunalmente (sic) cultivan los ejidatarios básicos el resto de los terrenos se mantienen en potreros también mancomunados.-- QUINTO:- Con la investigación realizada la cual se describe el Ejido Constitución, Municipio de Simojovel, está total y debidamente aprovechada en todas sus partes... (foja 71, legajo I).

El comisionado Lucio Estrada Morales realizó inspección ocular el trece de diciembre de mil novecientos ochenta y dos en el predio San Miguel Las Pilas; en el acta correspondiente asentó que 20-00-00 hectáreas (veinte hectáreas), estaban cultivadas de maíz, por los comunales de Chenalhó, ...teniendo el resto del terreno ocioso, acahuales sin ninguna siembra... (foja 113, legajo I). Respecto del predio El Progreso El Encanto, practicó inspección ocular el tres de diciembre de mil novecientos ochenta y dos, en el acta correspondiente anotó que encontró 30-00-00 hectáreas (treinta hectáreas) cultivadas de maíz, y ...Este predio no tiene casco, encontrándose 4 familias que son que arreandas (sic) estos terrenos manifestando que dueño (sic) de este terreno llega a estos terrenos si más bien lo tiene ocioso tal como se comprobó al llevarse la inspección de este predio... (foja 135, legajo I). El dos de noviembre del año mencionado este comisionado realizó inspección ocular en el predio Santo Domingo, en el acta asentó: 40-00-00 hectáreas (cuarenta hectáreas) de temporal ...que lo tiene cultivado el poblado de las Lomas que tiene en gestión de dotación de tierras, teniéndolo el dueño Daniel del Carpio Mayorga en completo abandono, así como el casco de la finca en completo abandono, sin ningún viviente en dicho predio... (foja 189, legajo I).

Por oficio 2897, de veintitrés de noviembre de mil novecientos ochenta y dos, la Comisión Agraria Mixta encomendó a Lucio Estrada Morales, que realizara trabajos técnicos e informativos. Dicho comisionado rindió informe el tres de enero de mil novecientos ochenta y tres, en el que manifestó:

...Trabajos técnicos e informativos:- Para la formación del radio en estudio se localizó los predios San Miguel Las Pilas, Santo Domingo y El Progreso el Encanto y siendo estos predios a donde piden que se finque la Ampliación ya que cuando se recorrió estos predios se pudo comprobar que se encuentran completamente abandonados por sus propietarios, así también se levantó acta de inspección ocular que se llevó a cabo de cada predio que se encuentran ociosas en completo abandono.

Así como también se hace constar que desde años tienen en su poder una superficie de 167-17-48 Hs., de temporal con 50% de cerril y cultivados de maíz y frijol, estos terrenos los tienen en posesión y trabajados en su totalidad, no existiendo ningún problema con los colindantes tal como se puede comprobar en el acta de posesión y deslinde, cuando se llevó a cabo la Resolución Presidencial.

ESTUDIO DE LOS PREDIOS

SAN MIGUEL DE LAS PILAS.- Propiedad del Sr. Humberto del Carpio según escritura pública registrada bajo el número 76 de fecha 30 de Septiembre de 1940, amparando una...

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