Sentencia pronunciada en el juicio agrario número 240/95, relativo a la ampliación de ejido, promovido por un grupo de ejidatarios del poblado Loma Verde, Municipio de Rosario, Sin

Fecha de disposición10 Noviembre 2000
Fecha de publicación10 Noviembre 2000
EmisorTRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 240/95, relativo a la ampliación de ejido, promovido por un grupo de ejidatarios del poblado Loma Verde, Municipio de Rosario, Sin.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.- Secretaría General de Acuerdos.

Visto para resolver, en cumplimiento de la ejecutoria D.A. 7133/98, dictada por el Tercer Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia Administrativa, el veinticinco de junio de mil novecientos noventa y nueve, el juicio agrario número 240/95, que corresponde al expediente 2777/88, relativo a la solicitud de ampliación de ejido, promovida por un grupo de ejidatarios del poblado denominado Loma Verde , ubicado en el Municipio de Rosario, del Estado de Sinaloa, y

RESULTANDO:

PRIMERO.- Por Resolución Presidencial de dieciséis de octubre de mil novecientos ochenta, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el veintinueve del mismo mes y año, se concedió al poblado de referencia, por concepto de dotación de tierras, una superficie total de 174-27-00 (ciento setenta y cuatro hectáreas, veintisiete áreas) de agostadero con porciones susceptibles de cultivo al temporal, para beneficiar a noventa y dos campesinos capacitados; siendo ejecutada dicha resolución el veintisiete de octubre de mil novecientos ochenta y cinco.

SEGUNDO.- Mediante escrito de dos de mayo de mil novecientos ochenta y ocho, los ejidatarios del núcleo de población que nos ocupa, solicitaron dotación complementaria de tierras, al Gobernador del Estado de Sinaloa, para satisfacer sus necesidades agrarias, señalando como predios de probable afectación los lotes, propiedad de Ricardo Heriberto Crespo Lizárraga, Francisco Echegaray y Rodolfo Echegaray.

TERCERO.- La Comisión Agraria Mixta, con oficio número 270 de ocho de junio de mil novecientos ochenta y ocho, designó al topógrafo Jaime Hugo López Gutiérrez, para investigar si los terrenos concedidos por concepto de dotación de tierras se encuentran debidamente aprovechados. El comisionado rindió su informe el veinticuatro de junio del mismo año, en el cual señala que los terrenos entregados en definitiva se encuentran en total explotación agrícola y ganadera. Agregando haber localizado tres fincas rústicas, las cuales podrían ser presuntamente afectables:

...Finca rústica, propiedad de Ricardo Heriberto Crespo Lizárraga, con superficie de 254-60-00 (doscientas cincuenta y cuatro hectáreas, sesenta áreas) de terrenos formados por monte alto susceptible de cultivo al temporal en estado ocioso con pequeñas porciones abiertas al cultivo en una superficie de 8-00-00 (ocho hectáreas), aproximadamente, mismas que trabaja y explota Elpidio Aguilar.

Lote propiedad de Rodolfo Echegaray, con superficie de 174-27-00 (ciento setenta y cuatro hectáreas, veintisiete áreas) de terrenos de monte alto susceptible de cultivo al temporal, abiertas al cultivo en una superficie de 6-00-00 (seis hectáreas), mismas que trabaja Manuel Rivera.

Lote propiedad de Francisco Salgado Echegaray, con superficie de 174-27-00 (ciento setenta y cuatro hectáreas, veintisiete áreas) formado por monte alto susceptible de cultivo al temporal, abiertas al cultivo en una superficie de 6-00-00 (seis hectáreas), mismas que vienen siendo aprovechadas por Elías Rendón... .

CUARTO.- El expediente respectivo, fue instaurado por la Comisión Agraria Mixta en la entidad, el veintiocho de junio de mil novecientos ochenta y ocho, registrándose con el número 2777/88, habiéndose girado los correspondientes avisos de inicio.

QUINTO.- La solicitud se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Sinaloa, el veinte de julio de mil novecientos ochenta y ocho, bajo el número 87, tomo LXXX, segunda época.

SEXTO.- Mediante oficio numero 341, de tres de agosto de mil novecientos ochenta y ocho, la Comisión Agraria Mixta en la entidad, designó al topógrafo José Ramón Montes Ramírez, para efectuar los trabajos técnicos e informativos correspondientes, quien rindió su informe el seis de febrero de mil novecientos ochenta y nueve, del cual se desprende lo siguiente:

...Una vez constituidos en el poblado y de acuerdo a la investigación preliminar que efectuó el suscrito, sobre los terrenos enclavados dentro del radio legal de afectación, se llegó a la siguiente conclusión: que al situarse en los terrenos de Francisco Echegaray, quien es propietario de un lote de terreno con superficie de 174-27-00 has., susceptibles de cultivo al temporal, ubicado en el predio Loma Barrigona , de Rosario, Sinaloa, misma que adquirió mediante compraventa, según consta en la escritura pública número 50, volumen III, del protocolo a cargo del licenciado y notario público Enrique Prado, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad de Rosario, Sinaloa, bajo el número 16 de la sección primera, de nueve de julio de mil novecientos treinta y cuatro, se encontró que no existe explotación por parte de su propietario, pero sí por parte de los solicitantes, quienes explotan superficies que varían de 2-00-00 has. a 6-00-00 has... Debiendo señalar que los alegatos formulados en defensa de sus intereses y presentados por la Asociación de la Pequeña Propiedad, presenta una copia de certificado de inafectabilidad, proporcionado por el C. MANUEL AVILA CAMACHO, Presidente de la República Mexicana, dictado a favor de RODOLFO ECHEGARAY, quien vendió a MAXIMO ROJO SALIDO, expedido el 22 de noviembre de 1944, y publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 4 de octubre de 1945... .

...Finca propiedad de Máximo Rojo Salcido, con superficie de 174-27-00 (ciento setenta y cuatro hectáreas, veintisiete áreas), susceptibles de cultivo al temporal, ubicadas en el predio Loma Barrigona , Sindicatura de El Pozole , Municipio de Rosario, Sinaloa, misma que adquirió por compraventa, según consta en la escritura pública de quince de agosto de mil novecientos cuarenta y nueve, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad del Municipio de Rosario, Sinaloa, bajo el número 99 y 100 del Libro número 95, de veinticinco de agosto de mil novecientos cuarenta y cuatro, y que en base a la inspección ocular practicada, se encontró que no es explotada por su propietario desde hace muchos años, no así por los solicitantes quienes explotan superficies que varían de 2-00-00 (dos hectáreas) a 6-00-00 (seis hectáreas)...

...Finca propiedad de Ricardo Heriberto Crespo Lizárraga, con una superficie total de 254-60-00 (doscientas cincuenta y cuatro hectáreas, sesenta áreas), con porciones susceptibles de cultivo al temporal, ubicadas en el predio Loma Barrigona , Sindicatura de El Pozole , Municipio de Rosario, Sinaloa, misma que adquirió por compraventa hecha a Consuelo Echegaray de Watson, representada por su apoderada María Ernestina Lizárraga de Echegaray, según consta en la escritura pública de veintiuno de agosto de mil novecientos setenta y cinco, a cargo del Licenciado y Notario Público Juan Bautista Lizárraga Osuna, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad del Municipio de Rosario, Sinaloa, bajo el número 150, del Libro número 50, sección primera, de cinco de septiembre de mil novecientos setenta y cinco, y que después de haber realizado una inspección ocular se detectó que dicha propiedad no es explotada por su propietario desde hace varios años, pero sí explotada por parte de algunos solicitantes en porciones que varían de 2-00-00 (dos hectáreas) a 6-00-00 (seis hectáreas)...

...Cabe hacer mención que de las extensiones que existen en estos tres lotes descritos anteriormente, suman una cantidad de aproximadamente 250-00-00 (doscientas cincuenta hectáreas) las que son aprovechadas por campesinos que quedaron con derechos a salvo en la dotación de ejido del poblado que nos ocupa y por los ejidatarios en pleno goce de sus derechos, informando además que estos tres lotes son colindantes entre sí pero no existe una división material que los divida uno de otro... .

Asimismo informa, que dentro del radio legal de afectación del poblado solicitante se encuentran constituidos los ejidos definitivos: Laguna de Beltrán , Nieblas , El Pozole , Chametla , Apoderado , Monte Alto , Duranguito , Chilillos , Pueblo Nuevo , Ponce , Rincón Verde y Rincón del Verde , además del propio ejido solicitante; así como pequeñas propiedades en explotación agrícola, frutícola y ganadera, las cuales se considerarían inafectables de conformidad con los artículos 249, 250, 251 y 252 de la Ley Federal de Reforma Agraria.

SEPTIMO.- El diecinueve de septiembre de mil novecientos ochenta y ocho, la Federación de la Pequeña Propiedad del Estado de Sinaloa, presentó escrito a nombre de sus asociados Francisco Echegaray, Máximo Rojo Salido, Ricardo Heriberto Crespo Lizárraga, María de Jesús Osuna Béjar, Ignacio E. Quevedo Osuna, Angeles María Quevedo Osuna, Gloria Eugenia Quevedo Osuna, Georgina de Jesús, Trudi Belina y Viviana Abigaíl Quevedo, solicitando que al momento de resolver el expediente en cuestión sea declarada improcedente la acción agraria intentada, por ser inafectables los predios propiedad de sus representados, en virtud de ser pequeñas propiedades en explotación tanto agrícola como ganadera; acompañando a su escrito copias fotostáticas de las escrituras que amparan sus respectivas propiedades, planos de los predios, recibos de impuesto predial, constancias sobre la antigüedad de la explotación por sus respectivos propietarios expedidas por el Ayuntamiento de Rosario, Sinaloa, así como copias de los certificados de inafectabilidad agrícola número 9240, 9714 y 9547, expedidos a favor de Francisco Echegaray Solano, Rodolfo Echegaray y Consuelo Echegaray Watson, cuyos acuerdos presidenciales datan del cuatro de octubre de mil novecientos cuarenta y cuatro, publicados en el Diario Oficial de la Federación, el veintisiete de julio de mil novecientos cuarenta y cinco, veintidós y ocho de noviembre de mil novecientos cuarenta y cuatro, publicados en el Diario Oficial de la...

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