Sentencia pronunciada en el juicio agrario número 498/96, relativo a la ampliación de ejido, promovido por campesinos del poblado El Rosario, Municipio de Ayotlán (antes Ayo el Chico), Jal

Fecha de disposición21 Enero 2000
Fecha de publicación21 Enero 2000
EmisorTRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 498/96, relativo a la ampliación de ejido, promovido por campesinos del poblado El Rosario, Municipio de Ayotlán (antes Ayo el Chico), Jal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.- Secretaría General de Acuerdos.

Visto para resolver el juicio agrario número 498/96, que corresponde al expediente 2484, relativo a la solicitud de ampliación de ejido, promovida por un grupo de campesinos del poblado El Rosario , ubicado en el Municipio de Ayotlán (antes Ayo el Chico), Estado de Jalisco, y

RESULTANDO:

PRIMERO.- Por Resolución Presidencial de treinta y uno de enero de mil novecientos cuarenta, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el veintiuno de marzo del mismo año, se concedió a los campesinos del poblado que nos ocupa, por la vía de dotación de tierras, una superficie de 890-92-00 (ochocientas noventa hectáreas, noventa y dos áreas) de diferentes calidades, para beneficiar a veintinueve campesinos capacitados, fallo que fue ejecutado el diecinueve de abril de mil novecientos cuarenta.

SEGUNDO.- Mediante escrito de trece de octubre de mil novecientos cuarenta y dos, un grupo de campesinos del poblado referido, solicitó al Gobernador del Estado de Jalisco, ampliación de ejido sin señalar predios de probable afectación.

TERCERO.- La Comisión Agraria Mixta en el Estado de Jalisco, instauró el procedimiento el veintidós de octubre de mil novecientos cuarenta y dos, registrándolo bajo el número 2484, habiéndose publicado la referida solicitud, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Jalisco, en el ejemplar 12, tomo CLV, el veintiséis de noviembre de mil novecientos cuarenta y dos.

CUARTO.- El Comité Particular Ejecutivo quedó integrado por Juvenal Alvarez, Miguel Alvarez y Refugio Guzmán, como presidente, secretario y vocal, respectivamente, a quienes el Gobernador del Estado les expidió sus nombramientos, el siete de mayo de mil novecientos cuarenta y tres.

QUINTO.- La Comisión Agraria Mixta mediante oficio 1262, de diez de septiembre de mil novecientos cincuenta y ocho, designó a Manuel Díaz de Sandi, a efecto de que investigara si las tierras concedidas en dotación se encontraban debidamente aprovechadas y los trabajos censales, quien rindió su informe el veinte de febrero de mil novecientos cincuenta y nueve, señalando que por lo que se refiere a las tierras concedidas en dotación, éstas se encontraron total y debidamente aprovechadas, en cuanto a los trabajos censales informó que, resultaron ochenta y un campesinos capacitados en materia agraria.

SEXTO.- La Comisión Agraria Mixta, por oficio 829 de cinco de marzo de mil novecientos setenta y tres, designó al topógrafo Carlos García Curiel, a efecto de que realizara trabajos técnicos informativos, quien rindió su informe el dieciséis de agosto de mil novecientos setenta y tres, del cual se desprende que previa notificación personal a los dueños o encargados de los predios ubicados dentro del radio legal de afectación, localizó los ejidos definitivos La Isla , El Maluco , Ayo el Chico , El Rosario , La Resolana , Santa Elena , El Guayabo , La Víbora , Huascato y Tinajera , así como cuarenta predios de propiedad particular, respecto de los cuales aportó superficies, propietarios, calidad, así como datos de su inscripción, en el Registro Público de la Propiedad, de entre los cuales destacan los siguientes:

Predio La Mezquitera , con superficie de 11-04-51 (once hectáreas, cuatro áreas, cincuenta y una centiáreas) de temporal propiedad de Eduardo, Raúl y Gustavo Reyes Bustos, amparado con la escritura pública 240, inscrito en el Registro Público de la Propiedad de Atotonilco, Jalisco, bajo el libro 55, sección primera de veintitrés de octubre de mil novecientos cincuenta y nueve.

Predio Fracción de la Era , con superficie de 8-30-00 (ocho hectáreas, treinta áreas) de riego, propiedad de José Miranda Córdoba, amparado con la escritura pública 108, inscrito en el Registro Público de la Propiedad de Arandas, Jalisco, bajo el libro 45, sección primera, de nueve de abril de mil novecientos cincuenta y tres.

Predio Fracción de la Era , con superficie de 1-70-66 (una hectárea, setenta áreas, sesenta y seis centiáreas) de riego, propiedad de Francisco Romero Peña, amparado con la escritura pública 15, inscrito en el Registro Público de la Propiedad de Arandas, Jalisco, bajo el libro 33, sección primera de veinticinco de septiembre de mil novecientos cuarenta y cinco.

Predio Fracción de la Era , con superficie de 1-12-94 (una hectárea, doce áreas, noventa y cuatro centiáreas) de riego, propiedad de José María López, amparado con la escritura pública 7, inscrito en el Registro Público de la Propiedad de Arandas, Jalisco, bajo el libro 68, sección primera de dieciséis de marzo de mil novecientos sesenta y uno.

Predio Fracción de la Era , con superficie de 1-47-50 (una hectárea, cuarenta y siete áreas, cincuenta centiáreas) de riego, propiedad de José María López Miranda, amparado con la escritura pública 8, inscrita en el Registro Público de la Propiedad de Arandas, Jalisco, bajo el libro 68, sección primera de dieciséis de marzo de mil novecientos sesenta y uno.

Predio Fracción de la Era , con superficie de 1-00-00 (una hectárea) de riego, propiedad de Ernesto León, amparado con la escritura pública 2381, inscrita en el Registro Público de la Propiedad de Arandas, Jalisco, bajo el libro 87, de la sección primera, de catorce de enero de mil novecientos sesenta y nueve.

Predio Fracción de la Era , con superficie de 1-10-65 (una hectáreas, diez áreas, sesenta y cinco centiáreas) de riego, propiedad de Ponciano Gómez, amparado con la escritura pública 193, inscrita en el Registro Público de la Propiedad de Degollado, Jalisco, bajo la partida 1203, de dieciocho de julio de mil novecientos cincuenta y ocho.

Predio Mezquitera , con superficie de 35-00-00 (treinta y cinco hectáreas) de riego, propiedad de Servelio Valadez Vázquez, amparado con la escritura pública 189, inscrita en el Registro Público de la Propiedad de La Barca, Jalisco, bajo el libro 53, sección primera de seis de octubre de mil novecientos cincuenta y siete, además cuenta con Certificado de Inafectabilidad Agrícola 2172 de treinta de diciembre de mil novecientos cuarenta y dos.

Predio El Rosario , con superficie de 12-00-00 (doce hectáreas) de temporal, propiedad de Ignacio Gómez, amparado con la escritura pública 101, inscrita en el Registro Público de la Propiedad de Atotonilco el Alto, Jalisco, bajo el libro 84, sección primera de trece de enero de mil novecientos sesenta y ocho.

Predio Fracción de la Era con superficie de 1-00-00 (una hectárea) de riego, propiedad de Luis Gómez Murillo, amparado con la escritura pública 89, inscrita en el Registro Público de la Propiedad de Arandas, Jalisco, bajo el libro 97, sección primera de trece de enero de mil novecientos setenta y dos.

Predio Fracción de Huascato , con superficie de 1-67-62 (una hectárea, sesenta y siete áreas, sesenta y dos centiáreas) de riego, propiedad de Ponciano Gómez Bravo, adquirido por compra de Luis Cazares Rodríguez, el veintidós de abril de mil novecientos cincuenta y dos, según escritura pública 19, inscrita en el libro 44, sección primera, de doce de agosto de mil novecientos cincuenta y dos.

Predio Fracción de Huascato , con superficie de 80-00-00 (ochenta hectáreas) de las que 57-20-00 (cincuenta y siete hectáreas, veinte áreas) son de riego y el resto de temporal, propiedad de Eduardo Rincón, adquirido por compra en varias ventas, una a María del Carmen Pesado de Solórzano y fue registrada el catorce de noviembre de mil novecientos setenta y dos y la otra compra la hizo al señor Cristóbal Martínez Zorrilla.

Los vendedores adquirieron por compra que hicieron a Eduardo Solórzano Dávalos el seis de septiembre de mil novecientos cincuenta y cinco y registradas el trece de febrero de mil novecientos cincuenta y seis; a su vez el señor Eduardo Solórzano Dávalos y su esposa María Luz Fernández del Valle de Solórzano, adquirieron por compra a Manuel Fernández del Valle, el ocho de febrero de mil novecientos cuarenta y cinco, registradas el dieciséis de junio de mil novecientos...

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