Anexo 1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017, publicadas el 27 de enero de 2017. (Continúa en la Séptima Sección)

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ANEXO 1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017, publicadas el 27 de enero de 2017. (Continúa en la Séptima Sección) (Viene de la Quinta Sección)

2.7 Aparatos de comunicación.
La empresa debe contar con aparatos y/o sistemas de comunicación con la finalidad de contactar de forma inmediata al personal de seguridad y/o con las autoridades de emergencia y seguridad que se requieran. Adicionalmente, debe contar con un sistema de respaldo y verificar su buen funcionamiento de manera periódica.
Respuesta:
Notas explicativas:
Describa el procedimiento que el personal debe realizar para contactar al personal de seguridad de la empresa o en su caso, de la autoridad correspondiente.
Indique si el personal operativo y administrativo cuenta o dispone de aparatos (teléfonos fijos, móviles, botones de alerta y/o emergencia) para comunicarse con el personal de seguridad y/o con quien corresponda. (Estos deberán estar accesibles a los usuarios, para poder tener una pronta reacción).
Indique qué aparatos de comunicación utiliza el personal de seguridad en la empresa (teléfonos fijos, celulares, radios, sistema de alarma, etc.).
Describa el procedimiento para el control y mantenimiento de los aparatos de comunicación, asegúrese de incluir los siguientes puntos:
- Políticas de asignación de aparatos de comunicación móvil.
- Programa de mantenimiento de aparatos de comunicación fija y móvil.
- Indique si cuenta con aparatos de comunicación de respaldo, en caso de que el sistema permanente fallara, y, en su caso, detalle brevemente.
Recomendación:
El procedimiento podrá incluir:
a) Responsable del buen funcionamiento y mantenimiento de los aparatos de comunicación.
b) Registro de verificación y mantenimiento de los aparatos.
c) Forma de asignación de los aparatos de comunicación.

2.8 Sistemas de alarma y circuito cerrado de televisión y video vigilancia (CCTV).
Los sistemas de alarmas y de circuito cerrado de televisión (CCTV) se deben utilizar para vigilar, notificar o disuadir accesos no autorizados y actividades prohibidas en las instalaciones y notificar al área correspondiente, además de utilizarse como herramienta de prueba en investigaciones derivadas de algún incidente.
Estos sistemas deberán colocarse de forma sistemática de acuerdo a un análisis de riesgo previo y a la normatividad aplicable, de tal forma que permita una clara identificación del área o ambiente que vigila, monitorea y supervisa las áreas que impliquen el acceso y salida de persona autorizado, proveedores, áreas de carga, descarga guarda, custodia y almacenaje de mercancía de comercio exterior, patios de medios de transporte, patios de vehículos particulares y de carga, entre otras áreas consideradas críticas y/o sensibles de forma permanente e ininterrumpida de conformidad a su operación y a la coordinación establecida con la aduana, la ACIA y/o la AGCTI en su caso.
El recinto fiscalizado debe contar con procedimientos documentados de operación de los sistemas mencionados. Para el caso del sistema de circuito cerrado de televisión y video vigilancia (CCTV), debe incluir la supervisión del buen estado del equipo, la verificación de la correcta posición de las cámaras, el mantenimiento para el respaldo de las grabaciones al menos por sesenta días de conformidad con la regla 2.3.8 la continuidad en el funcionamiento en caso de fallas de suministro eléctrico, así como los responsables de su operación. Dichos sistemas deberán tener un acceso restringido.

Respuesta:
Notas explicativas

Indique si tiene contratado un servicio de central de alarmas externo, y en su caso, describa los siguientes puntos:
· Indique si las puertas y ventanas tienen sensores de alarma o sensores de movimiento.
· Procedimiento a seguir en caso de activarse una alarma.
Describa el procedimiento documentado para la operación del sistema de CCTV, asegúrese de incluir los siguientes puntos:
· Indique el número de cámaras de CCTV instaladas, características técnicas y su ubicación. (Detalle si cubre los puntos de entrada y salida de las instalaciones, para cubrir el movimiento de vehículos e individuos, así como el lugar de almacenajes de mercancías de comercio exterior).
· Señala la ubicación del sistema de CCTV, dónde se localizan los monitores, quién los revisa, así como los horarios de operación, y en su caso, si existen estaciones de monitoreo remoto.
· Indique si las grabaciones se revisan periódicamente y de qué forma. (aleatoria, cada semana, eventos especiales, áreas restringidas, etc.).
· Indique por cuánto tiempo se mantienen estas grabaciones. (Debiendo ser por lo menos de un mes).
· Indique si el sistema de CCTV se encuentra respaldado por una planta de poder eléctrica.
  1. Controles de acceso físico.

    Los controles de acceso físico, son mecanismos o procedimientos que previenen e impiden la entrada no autorizada a las instalaciones, mantienen control del ingreso de los empleados y visitantes y protegen los bienes de la empresa.

    Los controles de acceso deben incluir la identificación de todos los empleados, visitantes y proveedores en todos los puntos de entrada. Así mismo, se deben mantener registros y evaluar permanentemente los mecanismos o procedimientos documentados de ingreso a las instalaciones, siendo la base para comenzar a integrar la seguridad como una de las funciones primordiales dentro de cualquier empresa. La evaluación de lo dispuesto en el presente sub estándar, se realizará de acuerdo a las disposiciones normativas aplicables al Recinto Fiscalizado.

    3.1 Personal de seguridad.
    La empresa debe contar con personal de seguridad y vigilancia. Este personal desempeña un rol importante en la protección física de las instalaciones y de la mercancía durante su traslado y manejo dentro de la empresa, así como para controlar el acceso de todas las personas al inmueble.
    El personal de seguridad, deberá contar con un procedimiento documentado para llevar a cabo sus funciones y tener pleno conocimiento de los mecanismos y procedimientos en situaciones de emergencia, detección de personas no autorizadas o cualquier incidente en la instalación.
    Respuesta:
    Notas explicativas
    Describa el procedimiento documentado para la operación del personal de seguridad y asegúrese de incluir los siguientes puntos:
    - Indique el número de personal de seguridad que labora en la empresa.
    - Señale los cargos y/o funciones del personal y horarios de operación.
    - En caso de contratarse un servicio externo, proporcionar los datos generales de la empresa (RFC, Razón social, domicilio), y especificar número de personal empleado, detalles de operación, registros, reportes, etc.
    - En caso de contar con personal armado, describa el procedimiento para el control y resguardo de las armas.

    3.2 Identificación de los empleados.
    Debe existir un sistema de identificación de empleados con fines de acceso a las instalaciones. Los empleados sólo deben tener acceso a aquellas áreas que necesiten para desempeñar sus funciones. La gerencia o el personal de seguridad de la compañía deben controlar adecuadamente la entrega y devolución de insignias de identificación de empleados, visitantes y proveedores. Se deben documentar los procedimientos para la entrega, devolución y cambio de dispositivos de acceso (por ejemplo, llaves, tarjetas de proximidad, etc.).
    Respuesta:
    Notas explicativas

    Describa el procedimiento para la identificación de los empleados y asegúrese de incluir los siguientes puntos:
    - Mecanismos de identificación. (Credencial con foto, biométricos, etc.).
    - Indique cómo se identifica al personal contratado por un socio comercial, que labore dentro de las instalaciones. (Contratistas, Sub-contratados, servicios in house, personal de empresas de manejo de mercancías, etc.).
    Describa cómo la empresa entrega, cambia y retira las identificaciones y controles de acceso del empleado y asegúrese de incluir las áreas responsables de autorizarlas y administrar.
    Anexe el procedimiento documentado para el control de las identificaciones.

    3.3 Identificación de visitantes y proveedores.
    Para tener acceso a las instalaciones, los visitantes y proveedores deberán presentar identificación oficial con fotografía con fines de documentación a su llegada y se deberá llevar un registro. Todos los visitantes deberán estar acompañados por personal del recinto durante su permanencia en las instalaciones y asegurarse que el visitante porte siempre en un lugar visible la identificación provisional proporcionada. Este procedimiento deberá estar documentado. Para el caso de proveedores y usuarios que laboren de manera regular en el recinto, la empresa debe contar un sistema de validación físico de gafetes de identificación conforme a los lineamientos que establezca la Administración Local de Aduanas de su circunscripción para conceder las autorizaciones de entrada y de salida en su caso.
    Respuesta:
    Notas explicativas

    Describa el procedimiento para el control de acceso de los visitantes y proveedores, asegúrese de incluir los siguientes puntos:
    - Señale qué registros se llevan a cabo. (Formatos personales por cada visita, bitácoras).
    - Señale quién es la persona responsable de acompañar al visitante y/o proveedor y si existen áreas restringidas para su ingreso.

    3.4 Procedimiento de identificación y retiro de personas o vehículos no autorizados.
    La empresa debe contar con procedimientos...

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