Anexo de asignación y transferencia de recursos para la modernización integral del Registro Civil, que para el ejercicio fiscal 2017, celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Nayarit.

Fecha de disposición26 Diciembre 2017
Fecha de publicación26 Diciembre 2017
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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ANEXO de asignación y transferencia de recursos para la modernización integral del Registro Civil, que para el ejercicio fiscal 2017, celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Nayarit.

ANEXO DE ASIGNACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RECURSOS PARA LA MODERNIZACIÓN INTEGRAL DEL REGISTRO CIVIL, QUE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017 CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN EN ADELANTE "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA POR EL LIC. HUMBERTO ROQUE VILLANUEVA, SUBSECRETARIO DE POBLACIÓN, MIGRACIÓN Y ASUNTOS RELIGIOSOS Y POR EL LIC. JORGE ROJO GARCÍA DE ALBA, DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO NACIONAL DE POBLACIÓN E IDENTIFICACIÓN PERSONAL; Y POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE NAYARIT, EN ADELANTE "EL GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR EL LIC. JORGE ARMANDO GÓMEZ ARIAS, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, CON LA PARTICIPACIÓN DEL MTRO. MARIO ALBERTO PACHECO VENTURA, SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, DEL ING. GERARDO SILLER CÁRDENAS, SECRETARIO DE PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO Y DEL C.P. LUIS ANTONIO APASEO GORDILLO, SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA GENERAL, CON LA ASISTENCIA DEL LIC. EDUARDO NAYA VIDAL, DIRECTOR DEL REGISTRO CIVIL; A QUIENES AL ACTUAR CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y BASES

ANTECEDENTES

Con fecha 4 de diciembre de 2002, "Las Partes", celebraron el Acuerdo de Coordinación para la Modernización Integral del Registro Civil, que tiene por objeto, dar continuidad al desarrollo de los programas para sistematizar y eficientar la operación de los Registros Civiles, así como coadyuvar a elevar la calidad de los servicios que proporciona a la sociedad y obtener información de manera confiable, homogénea y oportuna, que permita la integración y conformación del Registro Nacional de Población.

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula Segunda del mencionado Acuerdo de Coordinación, "Las Partes", se comprometen en el ámbito de sus respectivas competencias a fomentar el desarrollo de las diferentes vertientes que comprenden la Modernización Integral del Registro Civil.

En la cláusula Vigésima Quinta del Acuerdo de Coordinación, "Las Partes" convienen apoyar la Modernización Integral del Registro Civil con recursos federales y estatales, de conformidad al presupuesto que se asigne a cada una de "Las Partes". Asimismo, señala que dicha asignación se establecerá a través de la firma de un Anexo de Ejecución con las ampliaciones necesarias para la continuidad de las acciones y la consolidación de la Modernización Integral del Registro Civil en el Estado.

Con fecha 6 de diciembre de 2002, "Las Partes", suscribieron el Anexo de Ejecución del Acuerdo de Coordinación para la Modernización Integral del Registro Civil.

Con fecha 28 de octubre de 2003, "Las Partes", suscribieron el primer Anexo de Transferencia de Recursos, el cual en su Base Quinta señala que "Las Partes" están de acuerdo en que podrán realizar aportaciones económicas posteriores, lo que se formalizará a través de Anexos de Transferencia y Convenios Modificatorios subsecuentes, por ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y en su Reglamento.

A partir del Anexo de Ejecución mencionado, a la fecha se han suscrito seis Anexos de Transferencia de Recursos, siendo el último el Anexo correspondiente al ejercicio fiscal 2016, mediante el cual "La Secretaría" aportó a "El Gobierno del Estado", la cantidad de $1'322,966.00 (Un millón trescientos veintidós mil novecientos sesenta y seis pesos 00/100 M.N.) para dar continuidad al Programa de Modernización Integral del Registro Civil del Estado de Nayarit.

Con fecha 5 de enero de 2015, "Las Partes", celebraron el Convenio de Coordinación y Colaboración para implementar la consulta e impresión de las actas del registro del estado civil de las personas en línea, que tiene por objeto, establecer los mecanismos y acciones para implementar la consulta e impresión de actas del registro del estado civil de las personas en línea a través de las oficialías o juzgados del Registro Civil; dando inicio formal a la conexión interestatal.

En la cláusula Séptima del convenio anterior "Las Partes" pactaron que para el cumplimiento del Objeto del mismo suscribirían Anexos Técnicos de Ejecución así como los Anexos de Asignación y Transferencia de Recursos en los que se determinarán las particularidades de la operación. Asimismo en el convenio de mérito se previó que estos anexos de Asignación y Transferencia de Recursos debían incluir una cláusula con la que se dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley de Planeación.

DECLARACIONES

  1. "La Secretaría" declara que:

    I.1. Es una dependencia de la Administración Pública Federal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).

    I.2. De conformidad al artículo 27, fracción XXXVI de la LOAPF, cuenta con facultades para manejar el Servicio Nacional de Identificación Personal.

    I.3. La Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos es parte integrante de "La Secretaría" y que su titular, Lic. Humberto Roque Villanueva, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos, de conformidad con lo establecido por los artículos 2, apartado A, fracción III, 6, fracciones IX y XII del RISEGOB, y por lo establecido en el numeral 1.4 del Manual de Organización General de la Secretaría de Gobernación publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 25 de junio de 2015.

    I.4. La Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal (DGRNPIP), es una Unidad Administrativa dependiente de "La Secretaría", de conformidad con el artículo 2, inciso B fracción XXII, del RISEGOB.

    I.5. El Lic. Jorge Rojo García de Alba, Director General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal cuenta con las atribuciones para participar en el presente instrumento, de conformidad con los artículos 9, fracción V y 22 fracciones I y IV del RISEGOB.

    I.6. Para efectos legales del presente instrumento, señala como su domicilio el ubicado en la calle de Bucareli, No. 99, piso 1, Edificio Cobián, Colonia Juárez, Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de México.

    I.7. Cuenta con los recursos suficientes, en la partida 438011 para hacer la asignación prevista en este instrumento, como consta en la suficiencia presupuestal 313306.

  2. "El Gobierno del Estado" declara que:

    II.1 Que de conformidad con los artículos 40, 41, primer párrafo, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 1 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, es un Estado autónomo, Libre y Soberano en su régimen interior;

    II.2 Que las Secretarías General de Gobierno; de Administración y Finanzas; de Planeación, Programación y Presupuesto; y de la Contraloría General son dependencias de la Administración Pública Centralizada, de conformidad con lo estipulado por los artículos 1, 21 y 31 fracciones I, II, III y VI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit;

    II.3 El titular de la Secretaría General de Gobierno, el Lic. Jorge Armando Gómez Arias; está facultado para suscribir el presento Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos, conforme a lo establecido por los artículos 26, 30 fracción I, X; 32, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit; y artículos 3, 4 fracciones III, VI y XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.

    II.4 El titular de la Secretaría de Administración y Finanzas, el Mtro. Mario Albero Pacheco Ventura; está facultado para suscribir el presento Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos, conforme a lo establecido por los artículos 26, 30 fracción I, X; 33, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit; y artículos 2, 6 fracciones II, XXV, XLIV y LXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración y Finanzas.

    II.5 El titular de la Secretaría de Planeación, Programación y Presupuesto, el Ing. Gerardo Siller Cárdenas; está facultado para suscribir el presento Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos, conforme a lo establecido por los artículos 26, 30 fracción I, X; 32, 34 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit; y artículos 4, 5 y 6 fracciones I, VII y XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación, Programación y Presupuesto.

    II.6 El titular de la Secretaría de la Contraloría General, el C.P. Luis Antonio Apaseo Gordillo, está facultado para suscribir el presento Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos, conforme a lo establecido por los artículos 26, 30 fracciones I y X; 37 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit; y artículos 1, 6 y 7 fracciones VI, X, XVI y XXVII del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría General.

    II.7 La Dirección Estatal de Registro Civil es una Dependencia de la Secretaría General de Gobierno, es la institución de carácter público y de interés social, por medio de la cual, el Estado inscribe y da publicidad a los actos constitutivos o modificativos del estado civil de las personas; así lo estipula el artículo 35 del Código Civil para el Estado de Nayarit;

    II.8 Para efectos del presente Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos, se designa al Lic. Eduardo Naya Vidal, titular de la Dirección del...

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