Anexo de asignación y transferencia de recursos para la modernización integral del Registro Civil, que para el ejercicio fiscal 2017, celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Querétaro.

Fecha de disposición27 Diciembre 2017
Fecha de publicación27 Diciembre 2017
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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ANEXO de asignación y transferencia de recursos para la modernización integral del Registro Civil, que para el ejercicio fiscal 2017, celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Querétaro.

ANEXO DE ASIGNACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RECURSOS PARA LA MODERNIZACIÓN INTEGRAL DEL REGISTRO CIVIL, QUE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017 CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN EN ADELANTE "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA POR EL LIC. HUMBERTO ROQUE VILLANUEVA, SUBSECRETARIO DE POBLACIÓN, MIGRACIÓN Y ASUNTOS RELIGIOSOS Y POR EL LIC. JORGE ROJO GARCÍA DE ALBA, DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO NACIONAL DE POBLACIÓN E IDENTIFICACIÓN PERSONAL; Y POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUERÉTARO EN ADELANTE "EL GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR EL M. EN D. JUAN MARTÍN GRANADOS TORRES, SECRETARIO DE GOBIERNO, CON LA PARTICIPACIÓN DEL ING. JUAN MANUEL ALCOCER GAMBA, SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS Y DEL LIC. ALFONSO CHÁVEZ FIERRO, SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA, Y DEL LIC. VÍCTOR ANTONIO DE JESÚS HERNÁNDEZ, SUBSECRETARIO DE GOBIERNO, A QUIENES AL ACTUAR CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y BASES

ANTECEDENTES

Con fecha 14 de diciembre 2004, "Las Partes", celebraron el Acuerdo de Coordinación para la Modernización Integral del Registro Civil, que tiene por objeto, dar continuidad al desarrollo de los programas para sistematizar y eficientar la operación de los Registros Civiles, así como coadyuvar a elevar la calidad de los servicios que proporciona a la sociedad y obtener información de manera confiable, homogénea y oportuna, que permita la integración y conformación del Registro Nacional de Población.

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula Segunda del mencionado Acuerdo de Coordinación, "Las Partes", se comprometen en el ámbito de sus respectivas competencias a fomentar el desarrollo de las diferentes vertientes que comprenden la Modernización Integral del Registro Civil.

En la cláusula Vigésima Quinta del Acuerdo de Coordinación, "Las Partes" convienen apoyar la Modernización Integral del Registro Civil con recursos federales y estatales, de conformidad al presupuesto que se asigne a cada una de "Las Partes". Asimismo, señala que dicha asignación se establecerá a través de la firma de un Anexo de Ejecución con las ampliaciones necesarias para la continuidad de las acciones y la consolidación de la Modernización Integral del Registro Civil en el Estado.

Con fecha 15 de diciembre de 2004, "Las Partes", suscribieron el Anexo de Ejecución del Acuerdo de Coordinación para la Modernización Integral del Registro Civil.

Con fecha 9 de diciembre de 2005, "Las Partes", suscribieron el primer Anexo de Transferencia de Recursos, el cual en su Base Quinta señala que "Las Partes" están de acuerdo en que podrán realizar aportaciones económicas posteriores, lo que se formalizará a través de Anexos de Transferencia y Convenios Modificatorios subsecuentes, por ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y en su Reglamento.

A partir del Anexo de Ejecución mencionado, a la fecha se han suscrito siete Anexos de Transferencia de Recursos, siendo el último el Anexo correspondiente al ejercicio fiscal 2016, mediante el cual "La Secretaría" aportó a "El Gobierno del Estado", la cantidad de $1'322,966.00 Un millón trescientos veintidós mil novecientos sesenta y seis pesos 00/100 M.N.) para dar continuidad al Programa de Modernización Integral del Registro Civil del Estado de Querétaro.

Con fecha 14 de noviembre de 2008, "Las Partes", suscribieron el Convenio de Coordinación, el cual tiene por objeto establecer las acciones a seguir por parte de "La Secretaría" y de "El Gobierno del Estado" para coordinar los métodos de identificación y registro de personas, así como el intercambio de información poblacional entre "Las Partes", en estricto apego al marco jurídico establecido por "La Secretaría".

Con fecha 5 de enero de 2015, "Las Partes", celebraron el Convenio de Coordinación y Colaboración para implementar la consulta e impresión de las actas del registro del estado civil de las personas en línea, que tiene por objeto, establecer los mecanismos y acciones para implementar la consulta e impresión de actas del registro del estado civil de las personas en línea a través de las oficialías o juzgados del Registro Civil; dando inicio formal a la conexión interestatal.

En la cláusula Séptima del convenio anterior "Las Partes" pactaron que para el cumplimiento del Objeto del mismo suscribirían Anexos Técnicos de Ejecución así como los Anexos de Asignación y Transferencia de Recursos en los que se determinarán las particularidades de la operación. Asimismo en el convenio de mérito se previó que estos anexos de Asignación y Transferencia de Recursos debían incluir una cláusula con la que

se dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley de Planeación

DECLARACIONES

  1. "La Secretaría" declara que:

    I.1. Es una dependencia de la Administración Pública Federal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).

    I.2. De conformidad al artículo 27, fracción XXXVI de la LOAPF, cuenta con facultades para manejar el Servicio Nacional de Identificación Personal.

    I.3. La Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos es parte integrante de "La Secretaría" y que su titular, Lic. Humberto Roque Villanueva, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos, de conformidad con lo establecido por los artículos 2, apartado A, fracción III, 6, fracciones IX y XII del RISEGOB, y por lo establecido en el numeral 1.4 del Manual de Organización General de la Secretaría de Gobernación publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 25 de junio de 2015.

    I.4. La Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal (DGRNPIP), es una Unidad Administrativa dependiente de "La Secretaría", de conformidad con el artículo 2, apartado B, fracción XXII del RISEGOB.

    I.5. El Lic. Jorge Rojo García de Alba, Director General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal cuenta con las atribuciones para participar en el presente instrumento, de conformidad con los artículos 9, fracción V y 22 fracciones I y IV del RISEGOB.

    I.6. Para efectos legales del presente instrumento, señala como su domicilio el ubicado en la calle de Bucareli, No. 99, piso 1, Edificio Cobián, Colonia Juárez, Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de México.

    I.7. Cuenta con los recursos suficientes, en la partida 43801 para hacer la asignación prevista en este instrumento, como consta en la suficiencia presupuestal 313310.

  2. "El Gobierno del Estado" declara que:

    II.1 De conformidad con los artículos 40, 41, primer párrafo, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 1 y 10 de la Constitución Política del Estado de Querétaro, es un Estado libre autónomo en su régimen interior;

    II.2 El Secretario de Gobierno M. en D. Juan Martín Granados Torres, cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 tercer párrafo de la Constitución Política del Estado de Querétaro, artículos 6, 19 fracción I y 21 fracciones XXXI y LIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y artículos 2 y 6 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno;

    II.3 Con fundamento en lo que señalan los artículos 19 fracción II y 22 fracciones XXVI y XLI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y artículos 5 y 6 fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas, suscribe el presente Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos, el Ing. Juan Manuel Alcocer Gamba, Secretario de Planeación y Finanzas;

    II.4 Con fundamento en lo que señalan los artículos 19 fracción III y 23 fracciones I, II, IV, X, XI, XII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y artículo 6 fracciones I, VI y XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría, suscribe el presente Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos, el Lic. Alfonso Chávez Fierro, Secretario de la Contraloría;

    II.5 El Lic. Víctor Antonio de Jesús Hernández, Subsecretario de Gobierno del Estado de Querétaro y servidor público en funciones de la Dirección Estatal de Registro Civil, mediante Acuerdo por el que se delegan facultades de la Dirección Estatal del Registro Civil, a favor del servidor público que se indica, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Querétaro "La Sombra de Arteaga", en la publicación No. 20 del Tomo CL, de fecha 04 de abril de 2017, tiene facultades para participar en el presente Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos, de conformidad con lo establecido en los artículos 19 fracción I y 21 fracción XXXVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, artículos 3 apartado B, fracción III, 8, fracción IX y XIV, 10, fracciones I y III, 20, fracciones I y VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno; y 48 del Código Civil del Estado de

    Querétaro; y

    II.1 II.5. Para fines y efectos legales del presente Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos, señala como su domicilio legal el ubicado en calle 5 de Mayo esquina con Luis Pasteur, sin...

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