Anexo de asignación y transferencia de recursos para el Programa de Registro e Identificación de Población, que para el ejercicio fiscal 2018 celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Morelos.

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ANEXO de asignación y transferencia de recursos para el Programa de Registro e Identificación de Población, que para el ejercicio fiscal 2018 celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Morelos.

ANEXO DE ASIGNACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RECURSOS PARA EL PROGRAMA DE REGISTRO E IDENTIFICACIÓN DE POBLACIÓN, QUE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018 CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, EN ADELANTE "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA POR LA LIC. PATRICIA MARTÍNEZ CRANSS, SUBSECRETARIA DE POBLACIÓN, MIGRACIÓN Y ASUNTOS RELIGIOSOS Y POR EL MTRO. ADRIÁN ESCAMILLA PALAFOX, DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO NACIONAL DE POBLACIÓN E IDENTIFICACIÓN PERSONAL; Y POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS EN ADELANTE "EL GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR EL C. ÁNGEL COLÍN LÓPEZ, SECRETARIO DE GOBIERNO, CON LA PARTICIPACIÓN DEL C. JORGE MICHEL LUNA, SECRETARIO DE HACIENDA, Y DE LA C. ADRIANA FLORES GARZA, SECRETARIA DE LA CONTRALORÍA, CON LA ASISTENCIA DE LA C. PAULINA TOLEDO COURET, DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO CIVIL DE LA ENTIDAD, A QUIENES AL ACTUAR CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y BASES:

ANTECEDENTES

Con fecha 21 de febrero de 2014, "LAS PARTES" celebraron el Convenio de Coordinación para la Modernización Integral del Registro Civil, que tiene por objeto dar continuidad al desarrollo de los programas para sistematizar y eficientar la operación de los Registros Civiles, así como coadyuvar a elevar la calidad de los servicios que proporciona a la sociedad y obtener información de manera confiable, homogénea y oportuna, que permita la integración y conformación del Registro Nacional de Población.

En la cláusula Vigésima Quinta del mencionado Acuerdo de Coordinación, "LAS PARTES" convinieron apoyar con recursos federales y estatales, de conformidad al presupuesto que se asignará a cada una de "LAS PARTES". Asimismo, se señaló que dicha asignación se establecería a través de la firma de un Anexo de Ejecución con las ampliaciones necesarias.

Con fecha 16 de mayo de 2014, "LAS PARTES" suscribieron el Anexo de Ejecución del Convenio de Coordinación antes citado, aportando recursos para la ejecución de las acciones relativas al desarrollo de las vertientes.

Con fecha 6 de agosto de 2014, "LAS PARTES" suscribieron el primer Anexo de Transferencia de Recursos, el cual en su Base Quinta señala que "LAS PARTES" están de acuerdo en realizar aportaciones económicas posteriores, lo que se formalizará a través de Anexos de Transferencia y Convenios Modificatorios subsecuentes, por ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y en su Reglamento.

El último Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos fue suscrito para el ejercicio fiscal 2017, mediante el cual "LA SECRETARÍA" aportó a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", la cantidad de $1,250,000.00 (Un millón doscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).

Con fecha 30 de abril de 2008, "LAS PARTES" suscribieron el Convenio de Coordinación, el cual tiene por objeto establecer las acciones a seguir por parte de "LA SECRETARÍA" y de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" para coordinar los métodos de identificación y registro de personas, así como el intercambio de información poblacional entre "LAS PARTES", en estricto apego al marco jurídico establecido por "LA SECRETARÍA".

Con fecha 5 de enero de 2015, "LAS PARTES" celebraron el Convenio de Coordinación y Colaboración para implementar la consulta e impresión de las actas del registro del estado civil de las personas en línea, que tiene por objeto establecer los mecanismos y acciones para implementar la consulta e impresión de actas del registro del estado civil de las personas en línea a través de las oficialías o juzgados del Registro Civil; dando inicio formal a la conexión interestatal.

En la cláusula Séptima de dicho convenio "LAS PARTES" pactaron que en cumplimiento del objeto de dicho instrumento jurídico suscribirían los Anexos Técnicos de Ejecución así como los Anexos de Asignación y Transferencia de Recursos en los que se determinarán las particularidades.

DECLARACIONES

  1. "LA SECRETARÍA" declara que:

    I.1. Es una dependencia de la Administración Pública Federal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 2o. fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).

    I.2. De conformidad al artículo 27 fracción XXXVI de la LOAPF, cuenta con facultades para manejar el Servicio Nacional de Identificación Personal.

    I.3. La Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos es parte integrante de "LA SECRETARÍA" y que su titular, Lic. Patricia Martínez Cranss, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo establecido por los artículos 2, apartado A, fracción III, 6 fracciones IX y XII del RISEGOB, y por lo establecido en el numeral 1.4 del Manual de Organización General de la Secretaría de Gobernación publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 25 de junio de 2015.

    I.4. La Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal (DGRNPIP) es una Unidad Administrativa dependiente de "LA SECRETARÍA", de conformidad con el artículo 2 apartado B, fracción XXII del RISEGOB.

    I.5. El Mtro. Adrián Escamilla Palafox, Director General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal, cuenta con las atribuciones para participar en el presente instrumento, de conformidad con los artículos 9 fracción V y 22 fracciones I y IV del RISEGOB.

    I.6. Para efectos legales del presente instrumento, señala como su domicilio el ubicado en la calle de Bucareli No. 99, piso 1, edificio Cobián, colonia Juárez, Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de México.

    I.7. Cuenta con los recursos suficientes, en la partida 43801 para hacer la asignación prevista en este instrumento, como consta en la suficiencia presupuestal 313751.

  2. "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:

    II.1. De conformidad con los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 1o de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, es un Estado Autónomo, Libre y Soberano en su Régimen Interior.

    II.2. El Secretario de Gobierno, C. Ángel Colín López, cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; en relación con los artículos 11, fracción II, 13, fracción VI, 14 y 21, fracciones XII y XXVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 10 y 11, fracciones XXII y XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno.

    II.3. El Secretario de Hacienda, C. Jorge Michel Luna, cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; en relación con los artículos 11, fracción III, 13 fracción VI, 14 y 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 11 y 12 fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda.

    II.4. La Secretaria de la Contraloría, C. Adriana Flores Garza, cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; en relación con los artículos 11, fracción IV, 13, fracción VI, 14 y 23, fracción IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 9 y 10, fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría.

    II.5. La Dirección General del Registro Civil, para efectos del presente instrumento es la Unidad Coordinadora Estatal (UCE), su titular, C. Paulina Toledo Couret, cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 4, fracción XII, 12 fracciones III y XVII y 22, fracciones VIII y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno y 3 del Reglamento del Registro Civil del Estado de Morelos.

    II.6. El presente instrumento es producto de la buena fe y no existe error, dolo, mala fe, ni cualquier otro vicio que pudiera afectar la validez o existencia del mismo, conforme el artículo 26 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos.

    II.7. Para fines y efectos legales del presente Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos, señala como su domicilio legal el ubicado en, Plaza de Armas S/N, Colonia Centro, Cuernavaca, Estado de Morelos, C.P. 62000.

  3. "LAS PARTES" declaran que:

    III.1 Ratifican los compromisos hechos en el Acuerdo de Coordinación citado en los Antecedentes del presente instrumento, y en el Convenio de Coordinación y Colaboración para implementar la consulta e impresión de actas del estado civil de las personas en línea.

    III.2 En toda la documentación relacionada con el presente Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos, y en las...

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