Anexo de asignación y transferencia de recursos para el Programa de Registro e Identificación de Población, que para el ejercicio fiscal 2018 celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Tlaxcala.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Gobernación

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

ANEXO de asignación y transferencia de recursos para el Programa de Registro e Identificación de Población, que para el ejercicio fiscal 2018 celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Tlaxcala.

ANEXO DE ASIGNACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RECURSOS PARA EL PROGRAMA DE REGISTRO E IDENTIFICACIÓN DE POBLACIÓN, QUE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018 CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, EN ADELANTE "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA POR LA LIC. PATRICIA MARTÍNEZ CRANSS, SUBSECRETARIA DE POBLACIÓN, MIGRACIÓN Y ASUNTOS RELIGIOSOS Y POR EL MTRO. ADRIÁN ESCAMILLA PALAFOX, DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO NACIONAL DE POBLACIÓN E IDENTIFICACIÓN PERSONAL; Y POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE TLAXCALA, EN ADELANTE "EL GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR LIC. FERNANDO MONTIEL ANDRADE, ENCARGADO DE DESPACHO DE LA OFICIALÍA MAYOR DE GOBIERNO, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA ING. MARÍA ALEJANDRA MARISELA NANDE ISLAS, SECRETARIA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS, Y DE LA C.P. MARÍA MARICELA ESCOBAR SÁNCHEZ, CONTRALORA DEL EJECUTIVO, CON LA ASISTENCIA DE LA LIC. ELIZABETH PÉREZ BÁEZ, DIRECTORA DE LA COORDINACIÓN DEL REGISTRO CIVIL DE LA ENTIDAD, A QUIENES AL ACTUAR CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y BASES:

ANTECEDENTES

Con fecha 25 de noviembre de 2002, "LAS PARTES" celebraron el Acuerdo de Coordinación para la Modernización Integral del Registro Civil, que tiene por objeto dar continuidad al desarrollo de los programas para sistematizar y eficientar la operación de los Registros Civiles, así como coadyuvar a elevar la calidad de los servicios que proporciona a la sociedad y obtener información de manera confiable, homogénea y oportuna, que permita la integración y conformación del Registro Nacional de Población.

En la cláusula Vigésima Quinta del mencionado Acuerdo de Coordinación, "LAS PARTES" convinieron apoyar con recursos federales y estatales, de conformidad al presupuesto que se asignará a cada una de "LAS PARTES". Asimismo, se señaló que dicha asignación se establecería a través de la firma de un Anexo de Ejecución con las ampliaciones necesarias.

Con fecha 24 de octubre de 2003, "LAS PARTES" suscribieron el Anexo de Ejecución del Acuerdo de Coordinación antes citado, aportando recursos para la ejecución de las acciones relativas al desarrollo de las vertientes.

Con fecha 21 de noviembre de 2005, "LAS PARTES" suscribieron el primer Anexo de Transferencia de Recursos, el cual en su Base Quinta señala que "LAS PARTES" están de acuerdo en realizar aportaciones económicas posteriores, lo que se formalizará a través de Anexos de Transferencia y Convenios Modificatorios subsecuentes, por ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y en su Reglamento.

El último Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos fue suscrito para el ejercicio fiscal 2017, mediante el cual "LA SECRETARÍA" aportó a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", la cantidad de $1'000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N.).

Con fecha 10 de noviembre de 2006, "LAS PARTES" suscribieron el Convenio de Coordinación, el cual tiene por objeto establecer las acciones a seguir por parte de "LA SECRETARÍA" y de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" para coordinar los métodos de identificación y registro de personas, así como el intercambio de información poblacional entre "LAS PARTES", en estricto apego al marco jurídico establecido por "LA SECRETARÍA".

Con fecha 5 de enero de 2015, "LAS PARTES" celebraron el Convenio de Coordinación y Colaboración para implementar la consulta e impresión de las actas del registro del estado civil de las personas en línea, que tiene por objeto establecer los mecanismos y acciones para implementar la consulta e impresión de actas del registro del estado civil de las personas en línea a través de las oficialías o juzgados del Registro Civil; dando inicio formal a la conexión interestatal.

En la cláusula Séptima de dicho convenio "LAS PARTES" pactaron que en cumplimiento del objeto de dicho instrumento jurídico suscribirían los Anexos Técnicos de Ejecución, así como los Anexos de Asignación y Transferencia de Recursos en los que se determinarán las particularidades.

DECLARACIONES

  1. "LA SECRETARÍA" declara que:

    I.1. Es una dependencia de la Administración Pública Federal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 2o. fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).

    I.2. De conformidad al artículo 27 fracción XXXVI de la LOAPF, cuenta con facultades para manejar el Servicio Nacional de Identificación Personal.

    I.3. La Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos es parte integrante de "LA SECRETARÍA" y que su titular, Lic. Patricia Martínez Cranss, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo establecido por los artículos 2, apartado A, fracción III, 6 fracciones IX y XII del RISEGOB, y por lo establecido en el numeral 1.4 del Manual de Organización General de la Secretaría de Gobernación publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 25 de junio de 2015.

    I.4. La Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal (DGRNPIP) es una Unidad Administrativa dependiente de "LA SECRETARÍA", de conformidad con el artículo 2 apartado B, fracción XXII del RISEGOB.

    I.5. El Mtro. Adrián Escamilla Palafox, Director General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal, cuenta con las atribuciones para participar en el presente instrumento, de conformidad con los artículos 9 fracción V y 22 fracciones I y IV del RISEGOB.

    I.6. Para efectos legales del presente instrumento, señala como su domicilio el ubicado en la calle de Bucareli No. 99, piso 1, edificio Cobián, colonia Juárez, Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de México.

    I.7. Cuenta con los recursos suficientes, en la partida 43801 para hacer la asignación prevista en este instrumento, como consta en la suficiencia presupuestal 313763.

  2. "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:

    II.1. De conformidad con los artículos 40, 41 primer párrafo, 42 fracción I, 43 y 116 primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 1 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, es una entidad libre y soberana, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

    II.2. El Encargado de Despacho de la Oficialía Mayor de Gobierno, C. Fernando Montiel Andrade, cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11, 12, 17 párrafo segundo, 50 y 51 fracciones XI y XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala; 2, 5 fracción IV, 8 y 10 fracción XV del Reglamento Interior de la Oficialía Mayor de Gobierno.

    II.3. La Secretaria de Planeación y Finanzas, Ing. María Alejandra Marisela Nande Islas, cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11, 17 párrafo segundo, 31 y 32 fracción I incisos d) y e) de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala.

    II.4. La Contralora del Ejecutivo, C.P. María Maricela Escobar Sánchez, cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala, 2 y 7 fracciones

    IV y XXXII del Reglamento Interior de la Contraloría del Ejecutivo.

    II.5. La Dirección de Coordinación del Registro Civil, para efectos del presente instrumento es la Unidad Coordinadora Estatal (UCE), su titular, Lic. Elizabeth Pérez Báez, cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5 fracción IV y 16 del Reglamento Interior de la Oficialía Mayor de Gobierno y, 3, 7 fracción III, 9 y 11 del Reglamento del Registro del Estado Civil para el Estado de Tlaxcala.

    II.6. Para fines y efectos legales del presente Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos, señala como su domicilio legal el ubicado en la calle Plaza de la Constitución número 3, colonia Tlaxcala Centro, C.P. 90000, Tlaxcala, Tlaxcala.

  3. "LAS PARTES" declaran que:

    III.1 Ratifican los compromisos hechos en el Acuerdo de Coordinación citado en los Antecedentes del presente instrumento, y en el Convenio de Coordinación y Colaboración para implementar la consulta e impresión de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR